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El plus se pierde al dejar el puesto: es funcional, no de categoría

Tribunal
Tribunal Supremo · Sala de lo Social
Fecha
19 de mayo de 2026
Recurso
Recurso de casación
Texto oficial
Leer la sentencia

Sentencia · Alejandro Aradas García · 2 min de lectura

La doctrina, en una línea

El plus vinculado al desempeño efectivo de un puesto concreto es un complemento funcional y no un derecho consolidado por categoría o grupo profesional: quien pasa a otro puesto, aunque sea de mayor responsabilidad, queda sometido al régimen retributivo del nuevo.

La cuestión que se planteaba

Sentencia del Tribunal Supremo, 19 de mayo de 2026 , sobre la pérdida del plus de explotación cuando el especialista pasa a desempeñar funciones de jefe de turno.

Qué pasó

El conflicto afectaba a los técnicos especialistas de explotación de una empresa energética que son designados para realizar funciones de jefe de turno.

El sindicato demandante sostenía que, aunque pasaran a desempeñar esas funciones de especial responsabilidad, debían seguir percibiendo íntegramente el plus de explotación previsto en el convenio.

El convenio regula por separado un complemento para los puestos de mando y especial responsabilidad, entre ellos el de jefe de turno.

Qué dice el tribunal

La Sala se apoya en la propia estructura del convenio, que diferencia con claridad entre los puestos de actividad normal y los de mando y especial responsabilidad.

Dentro de estos últimos está el de jefe de unidad operativa o jefe de turno, con su complemento específico. El plus de explotación, en cambio, está reservado a quienes desempeñan efectivamente el puesto de especialista de explotación.

De modo que, cuando el especialista es nombrado jefe de turno, deja de desempeñar aquel puesto concreto y pasa a quedar sometido al régimen retributivo propio del nuevo.

Y ahí está la clave de la sentencia, que sirve más allá de este convenio: no se trata de un complemento consolidado por categoría o grupo profesional, sino de un complemento funcional, ligado al desempeño real de un puesto específico. Si se deja el puesto, se deja el complemento.

Recorrido del proceso judicial

  1. InstanciaAudiencia Nacional: desestima la demanda: el plus está vinculado al desempeño efectivo del puesto de especialista
  2. CasaciónTribunal Supremo · 19 de mayo de 2026: desestima el recurso del sindicato

El fallo

Desestima el recurso de casación del sindicato y confirma la sentencia de la Audiencia Nacional.

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Normas y preceptos aplicados. Despliega cada uno para leer su texto.

  • Artículo 97Convenio Colectivo de Exolumel plus de explotación es complemento funcional ligado al desempeño real del puesto, no un derecho consolidado por categoría o grupo

    [texto del artículo pendiente de cargar]

  • También se citan
  • Artículo 86Convenio Colectivo de Exolumcomplemento de los puestos de mando y especial responsabilidad, entre ellos el de jefe de turno

    [texto del artículo pendiente de cargar]

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