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Acreditar la convivencia no basta si falta el empadronamiento previo

Tribunal
Tribunal Superior de Justicia de País Vasco · Sala de lo Social
Fecha
4 de abril de 2025
Recurso
Recurso de suplicación
Texto oficial
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Sentencia · Alejandro Aradas García · 1 min de lectura

La doctrina, en una línea

El acceso a la renta de garantía de ingresos exige residencia efectiva previa acreditada mediante empadronamiento: un año continuo o cinco dentro de los diez anteriores. Acreditar la unidad de convivencia no suple ese requisito temporal.

La cuestión que se planteaba

TSJ País Vasco, 04/04/2025 , LANBIDE actuó conforme a derecho al denegar la RGI por falta de empadronamiento previo.

Qué pasó

Una madre solicitó la renta de garantía de ingresos alegando convivencia con su hija menor.

Lanbide se la denegó por no cumplir el requisito de empadronamiento de un año continuo o cinco años dentro de los diez anteriores.

La unidad de convivencia sí quedó acreditada.

Qué dice el tribunal

El tribunal valida la actuación administrativa.

Aunque se acreditó la unidad de convivencia, no se cumplía el requisito temporal de residencia previa que exige la normativa autonómica: un año continuo de empadronamiento, o cinco dentro de los diez anteriores.

Ese requisito no se suple con la prueba de la convivencia, de modo que la denegación fue conforme a derecho.

Recorrido del proceso judicial

  1. InstanciaJuzgado de lo Social: desestima la demanda
  2. SuplicaciónTribunal Superior de Justicia del País Vasco · 4 de abril de 2025: confirma la sentencia

El fallo

Desestima el recurso y confirma la denegación de la renta de garantía de ingresos.

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Normas y preceptos aplicados. Despliega cada uno para leer su texto.

  • Artículo 16Ley 18/2008exige residencia efectiva previa acreditada por empadronamiento, requisito que no se suple con la prueba de la convivencia

    [texto del artículo pendiente de cargar]

  • También se citan
  • Artículo 9Decreto 147/2010desarrollo del requisito de residencia previa

    [texto del artículo pendiente de cargar]

Resoluciones que cita esta sentencia.

  • TSJSentencia del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco 124/2025Reitera la necesidad de cumplir estrictamente los requisitos de empadronamiento