¿Cuándo y cómo se puede despedir a un trabajador indefinido o temporal?
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El despido en España
El artículo 49 del Estatuto de los Trabajadores regula las causas de extinción de la relación laboral, siendo una de ellas, el despido.
Aunque coloquialmente muchas veces se denomina despido a cualquier tipo de finalización de la relación laboral, el despido es la decisión adoptada por la empresa de forma unilateral de incumplir el contrato ya sea temporal o indefinido acordado por las partes.
El despido hay que diferenciarlo de la extinción por fin de contrato temporal, en la que la empresa cumple el contrato de trabajo, pero no desea continuar con la relación laboral, ya que no tiene otra necesidad temporal o no quiere hacer un contrato indefinido.
Sin embargo, el despido se puede producir tanto en contratos temporales como en indefinidos:
- El despido en un contrato temporal es aquél que se produce cuando el empresario quiere extinguir la relación laboral ANTES de que se cumpla el periodo pactado en el contrato o, antes de que finalice la causa que motivó el contrato. Por ejemplo, si el trabajador es contratado bajo un contrato eventual de seis meses de duración, si el empresario quiere finalizar el contrato a los cuatro meses se tratará de un despido, sin embargo si se produce a los seis meses, jurídicamente hablando no será un despido, sino una finalización de contrato. Podrá ser considerado como un despido si el contrato está en fraude de ley.
- El despido en un contrato indefinido se produce cuando el empresario quiere extinguir la relación laboral y alega como causa para ello la existencia de una causa objetiva o disciplinaria.
En resumen, y para que quede clara la diferencia en la extinción de la relación laboral por despido o por finalización del contrato temporal:
- Si estamos en un contrato indefinido y el empresario quiere extinguir la relación laboral, será a través del despido. No obstante, hay más causas que el despido por la cual se puede extinguir la relación laboral.
- Sin embargo, si el contrato es temporal, el empresario puede finalizar el contrato antes del tiempo establecido mediante un despido o, esperar a que el contrato finalice y extinguir la relación laboral por finalización del contrato temporal.
El fin de contrato temporal estando en fraude de ley
Si un contrato temporal está en fraude de ley, la relación laboral se considera indefinida.
Un contrato temporal puede estar en fraude de ley por diversos motivos, siendo dos los principales:
- El contrato temporal no cubre una necesidad temporal de la empresa. Es decir, sólo se puede hacer uno de los contratos temporales cuando existe una causa para ello.
- El contrato temporal ha superado la duración máxima establecida en el estatuto de los trabajadores o convenio colectivo para el tipo de contrato realizado.
La importancia de que el contrato temporal esté en fraude de ley es que no puede ser válido un fin de contrato temporal como causa de extinción de la relación laboral.
En dicho caso, el trabajador tendrá que impugnar la extinción de la relación laboral en un plazo de 20 días hábiles para solicitar la improcedencia o la nulidad.
¿Cuándo se puede despedir? ¿Cómo se puede proteger el trabajador?
Una cuestión que tiene que quedar clara es que un empresario siempre va a poder despedir a un trabajador si existe una causa para ello.
Es decir, es indiferente que la persona trabajadora esté con reducción de jornada, embarazada o de baja por incapacidad temporal, que si existe causa para ello, siempre se podrá extinguir la relación laboral.
La legislación laboral española recoge dos tipos de despidos con diferentes consecuencias para el trabajador:
- Despido objetivo. Las causas del despido objetivo son varias, pero las principales son aquellas relacionadas con causas económicas, técnicas, organizativas o de producción. El trabajador tiene derecho a una indemnización de 20 días por año trabajado y el preaviso de 15 días.
- Despido disciplinario, motivado por un comportamiento grave y culpable del trabajador. En este caso, el trabajador no tiene derecho a indemnización y tampoco es necesario el preaviso.
Ahora bien, aunque siempre que exista una causa se pueda proceder al despido, el trabajador puede protegerse si sospecha que la empresa está pensando en despedir a un trabajador
Determinadas circunstancias personales del trabajador determinan que, para el caso de que el despido no esté efectuado de manera adecuada, es decir, no sea considerado procedente por los tribunales, el despido sea declarado nulo, obligando a la empresa a readmitirle en su puesto de trabajo y abonando los salarios de tramitación.
La mayoría de dichas circunstancias personales están relacionadas con la conciliación de la vida laboral y familiar; reducción de jornadas, excedencias por cuidado de un menor de tres años, maternidad, paternidad…
Por ello, la posibilidad de que un despido sea declarado nulo va a provocar que la empresa tenga más precaución y miedo a la hora de proceder al despido.
En consecuencia, ¿Cuáles son las consecuencias para la empresa de despedir a una persona trabajadora cuyo despido puede ser declarado nulo?
De forma resumida, un mayor coste y riesgo para la empresa:
- Como explicamos en este artículo, el trabajador protegido por una causa de nulidad no tiene una preferencia absoluta en el puesto de trabajo, pero la empresa tendrá que acreditar que no existe una causa de discriminación en el despido. Por lo que, para proceder al despido de dicho trabajador, la empresa tendrá que acreditar no sólo la justificación del despido, sino como también la decisión de despedir a ese trabajador y no otro.
- Si finalmente el despido es declarado nulo, la empresa tendrá que abonar los salarios de tramitación. Estos salarios son todos aquellos salarios devengados desde el momento del despido hasta la sentencia del despido. Estos salarios deberán de ser abonados y cotizados por la empresa, por lo que el coste puede llegar a ser elevado. Hay que tener en cuenta que, en función de los juzgados, no es raro que un procedimiento judicial de impugnación del despido se alargue por un periodo de un año.
- Cualquier acción posterior tomada contra un trabajador que ha sido readmitido por un despido nulo, puede ser considerada como una acción de venganza, con las consecuencias que ello puede derivar.
- Es probable que en la impugnación del despido, si existen posibilidades de que el despido esté realizado de manera incorrecta, se negocie una indemnización con la persona trabajadora que incluso puede ser superior a la que le correspondería por despido improcedente.
En definitiva, esta protección no sólo funciona una vez se produce el despido, sino que es muy efectiva para prevenir que se llegué a producir el despido.
De acuerdo, y ¿como puede un trabajador situarse en alguna de las situaciones para que el despido sea declarado nulo?
El artículo 55 del Estatuto de los Trabajadores recoge las causas que determinan que un despido es nulo:
- Será nulo el despido que tenga por móvil alguna de las causas de discriminación prohibidas en la Constitución o en la ley, o bien se produzca con violación de derechos fundamentales y libertades públicas del trabajador.
- El de los trabajadores durante los periodos de suspensión del contrato de trabajo por maternidad, adopción, guarda con fines de adopción, acogimiento, paternidad, riesgo durante el embarazo o riesgo durante la lactancia natural.
- El de las trabajadoras embarazadas.
- Los trabajadores con una reducción de jornada por cuidado de un menor de doce años o de un familiar de segundo grado.
- El de las trabajadoras víctimas de violencia de género por el ejercicio de los derechos de reducción o reordenación de su tiempo de trabajo, de movilidad geográfica, de cambio de centro de trabajo o de suspensión de la relación laboral en los términos y condiciones reconocidos en esta ley.
- El de los trabajadores después de haberse reintegrado al trabajo al finalizar los periodos de suspensión del contrato por maternidad, adopción, delegación de guarda, acogimiento, o paternidad siempre que no hubieran transcurrido más de doce meses desde la fecha de nacimiento, adopción, delegación de guarda o acogimiento del hijo o del menor.
La forma de protección más común es la de solicitar una reducción de jornada por cuidado de un menor de doce años.
Consecuencias del despido
Las consecuencias de un despido son las siguientes:
- Derecho a prestación por desempleo, si han cotizado al menos un año en los últimos seis años. En caso contrario, puede que tengan derecho a subsidio en función de su situación personal y periodo cotizado.
- Derecho a finiquito, esto es, parte proporcional de las pagas extraordinarias si es que no están prorrateadas, vacaciones generadas y no disfrutadas así como la parte del mes trabajado.
- Derecho a indemnización, siempre y cuando el despido sea objetivo o posteriormente sea considerado improcedente por los tribunales.
- Derecho a impugnar el despido en un plazo de 20 días hábiles para conseguir una indemnización mayor o ser readmitido en el puesto de trabajo.
En los contratos temporales, si se produce un despido la empresa no está obligada a abonar los salarios que faltan hasta cumplir el tiempo pactado en el contrato, sino que simplemente se debe abonar una indemnización en función del tiempo que se ha cumplido de contrato y del salario del trabajador.
Por ejemplo, en un contrato con un año de duración, si la empresa extingue la relación a los tres meses, no tiene que abonar el salario de los nueve meses que incumple, sino que tendrá que abonar una indemnización por los tres meses cumplidos.
¿Cuál es el procedimiento que tiene que seguir la empresa? ¿Qué opciones tiene el trabajador?
Tenemos que distinguir entre fin de contrato temporal o despido.
En caso de fin de contrato temporal, la empresa tendrá que preavisar al trabajador con 15 días de antelación si el contrato temporal supera el año de duración como explico en este artículo.
Además, en los contratos de obra y servicio, eventuales o de relevo se tendrá que abonar una indemnización de 12 días por año trabajado. No es obligatorio abonar una indemnización en los contratos para la formación y el aprendizaje, prácticas o interinidad.
No es necesario que el fin de contrato temporal sea establecida por escrito.
Sin embargo, en caso de despido, la empresa sí que tiene la obligación de notificar por escrito mediante la correspondiente carta de despido, en el que se indiquen de manera clara e inequívoca las causas del despido, así como la fecha de efectos de la medida.
Sin la existencia de esa carta de despido, el despido no estará efectuado de manera correcta, por lo que será declarado nulo o improcedente por los tribunales.
En cualquier caso, sea un contrato temporal o indefinido, el trabajador tiene un plazo de 20 días hábiles para impugnar el despido, presentando en primer lugar una papeleta de conciliación laboral y después una demanda.
En esta entrada explicamos todo el procedimiento.
Si me despiden por causas objetivas alegando causas productivas y organizativas y que mi perfil no se ajusta a las mismas, y al mismo tiempo, en el mismo minuto del despido, tienen ofertas en portales y en la web, con perfil equivalente al mio. Se puede considerar que el despido es nulo??
En su caso sería improcedente, pero no nulo con los datos que me indicas.
Hola, enhorabuena por el blog, es de gran ayuda. Quería preguntar si en un despido realizado durante una baja temporal por enfermedad común, se podría demandar a la empresa por despido nulo. En este caso la empresa ha motivado el despido por causas ajenas a la baja médica, pero ha reconocido la improcedencia del despido en el acto de conciliación y están dispuestos a indemnizar lo que corresponde. Gracias
Que se despida en una baja médica no determina la nulidad, es algo más complejo, lo explico en este artículo.
Gracias por la rápida respuesta y por las referencias al artículo, es muy completo y está todo muy bien explicado. En relación a la ley 14/2022 ¿ se sabe qué interpretación han querido darle los legisladores al introducir «la enfermedad o condición de salud» como causa de discriminación? Por ejemplo, un despido durante una baja corta por patología no grave sería nulo? ¿Podría esta ley estar contradiciendo de alguna forma las Directivas europeas que no obligan a mantener en el puesto de trabajo a un trabajador poco competente (sin perjuicio de las causas de discriminación recogidas en la normativa europea)?
Desconozco como interpretarán lo de «enfermedad o condición de salud», ya que desde un punto de vista amplio, puede incluir a personas trabajadoras con alguna enfermedad aunque no estén de baja.
Buenas tardes,
Al finales de mayo de este año, se me contrato por ett, con un contrato fijo discontinuo, pero indefinido y sin que ponga fecha fin. La semana pasada, de un dia para otro, la ett me informa, via WhatsApp, de que se me despedia por bajo rendimiento (aunque esto no sea cierto). No firme ningun despido, ya que no me lo han pedido. Aun estoy a la espera de la nomina o la carta de despido.
Me pueden despedir sin previo aviso, sin mas? Tengo derecho a reclamar un despido nulo?
Gracias anticipadamente por su respuesta.
Saludos,
Si te despide, te tienen que dar una carta de despido en la que indiquen las causas que justifican el despido. Si no lo hacen, el despido será improcedente. De los datos que me das, no es posible conseguir la nulidad, pero si la improcedencia.
Hola!
Tengo contrato indefinido y llevo 3 meses trabajando en la empresa y mi jefe me dijo que no podía sostener mi sueldo.me dio 2 opciones que me despida y me pagaba las vacaciones y todo, O me pasaba a contrato media jornada de un día para otro.
Y no entiendo y nose que hacer. No sé si se puede hacer eso.
Que es lo mejor para mí
Muchas gracias.
La transformación de un contrato de jornada completa a parcial sólo es posible de común acuerdo entre las partes. Puede extinguir la relación laboral si existe causa para ello. Sobre que es mejor, depende de cada situación personal.
me falta un dia para cumplir el mes de trabajo con contrato indefinido y me avisan por mensaje que me pase que quiere hablr conmigo antes de mi horARIO de trabjo , cuando no he recibido carta de despido y me tengo que presentar a trabajar en otro horario
Hola Alejandro, mi caso es que mi jefe no deja de llamarme fuera de horario laboral, y esta última vez además me ha enviado un mail al correo de mi trabajo para informarme de la no superación del periodo de prueba. ¿Esto es legal, o me lo tiene que informar dentro de mi turno y por escrito?. Gracias
No es necesario que sea por escrito, y aunque debería de serlo durante la jornada de trabajo, entiendo que ese defecto formal no afecta a la calificación del despido.
Mi caso es un poco complicado.
En principio estaba contratada por el Ayuntamiento, después por una empresa competencia del mismo Ayuntamiento,en la cual obtuve mi plaza de laboral fija 2011 y en 2018 nos absorbió otra vez el Ayuntamiento con fecha de antigüedad desde 2010 con contrato indefinido. Trabajo en la Escuela Infantil Municipal y por falta de Natalidad se tiene que proceder a cerrar un aula y me gustaría recibir información si siendo indefinida me pueden despedir o tienen que reubicarme en otro departamento.
Espero vuestra pronta respuesta reciban un cordial saludo
En mi opinión, podrían proceder a un despido objetivo si existe causa para ello.
Pero sería improcedente o no?
No, si existe causa objetiva no sería improcedente, siempre que se siga el procedimiento adecuado para el despido.
Hola,buenas tengo contrato indefinido pero va con dos meses d prueba, y llevo un mes trabajando,si me echan me tendrían que dar algo?.
O si paso el periodo de prueba me tendrían que indemnizar?
No, por pasar el periodo de prueba no te tienen que indemnizar. Si extinguen la relación laboral durante el periodo de prueba, te tienen que pagar el tiempo que has estado trabajando.
Hola estoy en el ayuntamiento contrato por 6 meses a los días de trabajar me dieron de baja por qué me duele mucho el talón el médico de urgencias dice que es esguince diez días hasta el momento mi pregunta es me pueden despedir si sigo de baja
Sí, pueden extinguir la relación laboral aunque estés de baja.
Esto no es cierto, si es una baja justificada seria un despido improcedente
No, el hecho de estar de baja no impide que se pueda extinguir la relación laboral si existe causa para ello, sin que automáticamente sea un despido improcedente.
Hola! Tengo una compañera de trabajo que a su vez está cubriendo una baja por otra compañera . Es nefasta trabajando , se ausenta dos o tres días y al cuarto día presenta baja , nunca coge el teléfono cuando lo hace y si se da de baja no comunica el parte , no cumple objetivos . La historia es que mi jefa dice que no la puede despedir porque vsi ella quiere meter mano se les cae el pelo ,es esto cierto?? No puede ser que una tia se ría así de la empresa y sus compañeras ya que cuándo ella falta somos nosotras la que cubrimos sus bajas sin poder librar , gracias .
La jefa conocerá mejor la situación de la empresa y trabajadora y las posibilidades del despido. Siempre que exista causa se podrá despedir.
Buenas, me encontrado con esta página que me parece ideal para ayudar al trabajador. Mi pareja tenía un contrato indefinido, donde había estado 2 meses y dos semanas trabajando. Este lunes, hoy lo han echado con el motivo de que no ha pasado el tiempo de prueba. No quieren dar más motivo que este no quieren decir que ha hecho mal. Sospechamos que era solo para cubrir las vacaciones de los trabajadores. Era un contrato de peon/repartidor con 180 días de prueba. Es legal echar al trabajador si alegar concretamente los motivos?
Desgraciadamente, durante el periodo de prueba no es necesario alega ninguna causa para la extinción, sin perjuicio de que nunca puede ser una represalia ni atentar contra la igualdad y dignidad del trabajador. Dicho lo cual, con los datos que me comentas, poco se puede hacer si el periodo de prueba viene reflejado de manera correcta en el contrato de trabajo.
Hola,
Me gustaría saber si una empresa, pasa de contrato fin de obra a indefinido a un empleado, la empresa recibe una serie de ayudas por haber hecho un indefinido, puede despedir a ese empleado? Como le afecta a la empresa, con respecto a esas ayudas/subvenciones q ha recibido?
Muchas gracias
Depende de la regulación de dichas ayudas. Normalmente, se puede despedir al empleado, sin perjuicio de que en determinadas circunstancias tengan que devolverse las ayudas.
una de las modalidades que conozco: en la ley que aprueba la ayuda/subvención se determina un periodo de tiempo concreto previo a recibir la ayuda en el que no debe haber ningún despido en la empresa; suelen ser bonificaciones a las cuotas de la SS y no se controla de ninguna manera si luego ese trabajador bonificado es despedido o no, si causa baja en la empresa ya no hay nada que bonificar, sin más.
Tengo contrato de un año pero mi jefe no está cumpliendo con el contrato puede echarme antes
Sí, existen mecanismos para extinguir la relación laboral antes de la fecha acordada.
Hola, mi pareja ha tenido un accidente pero legalmente no estamos casados ni tenemos pareja de hecho, en la empresa me ha dado permiso y recuperar las horas, pero puede despedirte por falta injustificada
Si te ha dado permiso, nunca será una ausencia injustificada que motive una sanción.
Hola, llevo casi diez años en mi empresa, por causas económicas hemos estado en Erte y ahora quieren que trabajemos seis meses para poder después cambiarnos a fijos/discontinuos por ser una empresa marcada por terporada alta y temporada baja.
Se que puedo decir que no a este cambio, pero me gustaría saber qué opciones tiene la empresa respecto a mi. Despido o hay otra opción para ellos y que me puede afectar a mi?.
Gracias
Las opciones son varias en función de la situación empresarial, cambio de funciones, cambio de centro de trabajo, modificación de la jornada, reducción de salario si se cobra por encima de convenio… siempre que exista una causa que justifique este tipo de modificaciones.
Hola buenas tardes
Mi caso es el siguiente estoy
con contrato de almacén repartidor y conductor 20 Año en la empresa me han
diagnosticado
La mutua Quirónprevención
APTO con limitaciones para » conducir »
por 6 meces
Tiene solidez el despido tienen que adaptarme el puesto de trabajo antes de despedirme ..
Y si me despiden sería procedente. ???
Respuesta gracias
habría que ver las causas del despido para saber su solidez o si es procedente o no es procedente. En principio, si es apto con limitaciones, no se debe proceder al despido, sino a la adaptación del puesto de trabajo según las indicaciones realizadas por el servicio de prevención.
La empresa puede proivirme
Ho tomar replesarias por desplazamiento de mi casa al trabajo y viceversa lo que se llama desplazamiento itinere
Ho no tiene competencia directa
Gracias
La empresa no puede prohibirte usar tu vehículo particular … Cuestión diferente, y más discutible, es si puedes realizar actividades que puedan perjudicar tu situación médica o tus limitaciones y si se podría considerar una transgresión de la buena fe. Entiendo que no, pero podrían solicitar otra revisión por el equipo de prevención médica.
Trabajo en hostelería, mis jefes en marzo no se acogieron al ERTE con lo que nos despidieron y nos fuimos al paro. Cuándo se volvió a abrir la hostelería nos volvió a contratar.Aqui en la Comunidad Valenciana desde hoy se cierra toda la hostelería con lo que nuestros jefes nos han notificado hoy que desde ayer nos están tramitando los despidos a todos los trabajadores. Nos enteramos un día después y por WhatsApp ¿ Qué pasa con los 15 días de aviso? ¿ No tenemos derecho a ello? Gracias
Los 15 días depende de la causa de la extinción de la relación laboral. Lo cierto es que deberían de realizar un ERTE, no un despido.
Me acaban de enviar la carta de despido por WhatsApp hoy día 22 y viene con fecha del día 20 sin aviso y como motivo me ha puesto que porque he bajado mi ritmo de trabajo, cosa que no es cierta. ¿ Debo firmar la carta de despido?
En caso de duda no firmes, y tienes un plazo de 20 días hábiles para reclamar.
Tenemos un empleada de hogar con un contrato temporal de un año desde 12-02-2020 que hizo las vacaciones en el mes de diciembre y no se ha reincorporado a su puesto de trabajo. Envió un WhatsApp diciendo que estaba fuera del país y le habían cerrado el aeropuerto y no podía volver. Posteriormente envía otro WhatsApp diciendo que no vendría has el día 17-01-2020 que la agencia que le tramitaba el vuelo le había dejado colgada. No queremos renovarle el contrato ni hacerla indefinida. Que hay que hacer si no se presenta y hay que informar o comunicar el preaviso de fin de contrato. Se comunica a la seguridad social y de esta manera queda constancia? O hay que hacer otro tipo de documento? Los días que no trabaje en enero no se le pagarán, como se justifica. Gracias.
Si le dais de baja, además de la comunicación a la seguridad social, tenéis que comunicar la extinción de la relación laboral por la causa que consideréis oportuna con la indemnización que corresponda.
Hola tengo una duda llevo trabajado desde septiembre del 2020 y me han hecho un contrato de aprendía de camarera por un año a 40h jornada completa pero en realidad trabajo 27 y me pagan en efectivo, pero el contrato en realidad es 30 horas trabajadas y 10 de estudiadas ahí serían las 40 h ahora, he estado de baja por problemas de la columna desde el 16/12/20 hasta 20/01/2021 y tengo la sospecha de que me quieren botar después que me reintegre me podrían botar sin todavía no se me vence el contrato que tengo que hacer que me aconsejaría
Entiendo que te han hecho un contrato para la formación y el aprendizaje, y si existe causa para ello, podrían despedirte. No puede ser causa el hecho de estar de baja. Si al final te despiden, habría que ver la causa alegada para saber que opciones existen.
Hola buenos días,
Tengo una duda razonable, soy una empleada con contrato indefinido del ramo de hosteleria, por causas del COVI19 he estado en el ERTE desde el 17 de marzo hasta el 2 de diciembre, ahora disfruto de las vacaciones restantes de este año hasta el día 9 de este mes que me citan para hablar.
Por motivos que no se con exactitud la empresa quiere que realice funciones inferiores a mi cargo laboral en otro centro, habiéndome desplazado por otra compañera con menos antigüedad en mi puesto de trabajo.
Me gustaría saber si me puedo negar a ello y en el caso de despido que puedo hacer
Por otro lado si el dia 9 me presentan la nómina como despido la debo firmar o tiene que haber una carta con anterioridad que justifique el echo.
Atentamente
ESTER
No te recomiendo que te niegues, sino que si no estás conforme, lo mejor es que impugnes la medida ante los tribunales. si te dan una carta o algo que no sepas lo que es, ante la duda no firmes.
Hola buenos días,
Siento haber copiado el mensaje.
No en ningún momento me he negado a realizar trabajos inferiores a mi categoría, solo que he pedido que me hagan una carta con el lugar donde voy y con fecha de entrada y salida a ese centro, eso lo deberían hacer entiendo, no??
Por otro lado si grabo la conversación eso me podría ayudar en los tribunales si llegara la ocasión.
Un saludo
ESTER
La empresa debería dar las condiciones laborales por escrito, otra cosa que la empresa lo haga. Si las grabaciones pueden ayudar en un posterior juicio.
Hola
Soy indefinida , he pedido al sindicato del trabajo que me revisen la nómina ya que llevo contratada desde enero de 2020 y el salario base no me lo han modificado subiéndolo ninguna vez ,
¿Me pueden despedir por ello?
No debería ser motivo de despido el preguntar al sindicato una duda laboral.
Buenas tardes, en tu opinión, el hecho de que se mantenga a un trabajador con contrato eventual por circunstancias de la producción en plantilla incluso cuando se ordena el cierre del local por tema covid-19, lo convertiría en un contrato fraudulento por no existir esta causa eventual por la que fue contratado, aunque sea temporalmente? Habría que hacerle un despido para evitar que eso pasase?
Saludos
No lo consideraría indefinido por ese hecho ni en fraude de ley. En cualquier caso habría que ver el contrato, y entiendo que la empresa habría hecho un ERTE de suspensión.
Buenos días,
mientras estamos en Erte se ve que han cambiado la normativa y ahora para ejercer el puesto de trabajo en el que yo llevo 12 años, con contrato indefinido, piden una titulación superior a la mía, ¿cuando salgamos del erte y nos tengamos que incorporar a nuestros puestos de trabajo pueden despedirme?
un saludo y gracias de antemano.
Habría que saber más del caso, podría ser un despido objetivo por ineptitud sobrevenida.
Hola, mi ultima trabajo era Contrato Indefinido. Me ha dicho que en los primero 6 meses me a va pagar minimo salario del ESP y con un aumento de salario despues de eso.
Al final me despido en el ultimo dia de los 6 meses. sin preavisa, ni indemnización.
Eso se ha pasado a un compañero tambien en este febrero.
Somos Programmadores, nos manda trabajos imposibles en los ultimos dias y con technologias raras que no conocemos.
Nos pagan solamente los Dias Vacaciones que no hemos usado.
podemos pedir indemnización ?
Saludos y Muchas gracias de antemano.
nos avisa hasta el ultimo minuto de firmar despedimiento.
Los compañeros ya saben el despedimiento 2 dias antes salvo nosotros.
¿Realizan el despido en el periodo de prueba? Si lo hacen de manera habitual es un fraude, tendréis que demandar para conseguir el despido improcedente o nulo en función de los trabajadores afectados.
Hola!! Necesito saber,como puedo actuar con esta situacion . El dia 7 de mayo acudir con mi pareja a la empresa que trabajo, para pedir informacion sobre la reduccion de jornada. Por cuidada de mi niño de tres meses. La verdad no tenia idea como fucionaba y que direito me correspondia. Segun la jefa la ultima forma de coger el turno de mañana seria pedir una reducion de jornada, y segun ella a tener yo un contrato de 38:30, tenia que reduccir a 28 hora lo que me correspodia. Al ecuchar esto me quede sin palabra un minutos pensando si con lo que gano con 38:30 h me hacer cuerto y que voy hacer con 28:00 h. Le digo no Rosa es muy poco. Por motivo economico es mejor no hacer reducion de jornada puedo trabajar perfectamente de lunes a viernes por la mañana. Me contesto no no pude tinene que reduccir la jornada para queda por la mañana. Una vez más intente que no sacara tantas horas. Digo Rosa 28 es poco pues hace de 35 horas. Me contesto no no es por mi es que tenemos que respectar la Ley y lo que pone enel articulo me dado tanta informacion que yo no tengo idea. Ella misma ofereceu prepara todo asi no tenia que yo precuparme de hacer y tener que volver para firma. Antes de firmar la reduccion de jornada le pregunte Rosa esto es unos par de meses hasta mi niño este mas gradito, pienso oculpar mi puerto nortuno en setiembre, Rosa me contesto si no hay poblema cuando quiera volver a tu puesto solo tiene que manda una carta 15 antes para organizar todo. Bueno dia 2 de setiembre le comente dentro de poco quiero volver a mi puesto como fue conbinado, me contesto no espera un par de dias que va jubilar una compañera y tu ocupa tu puesto, bueno me quede🙄 me dado cuenta que no tenia intencion de dejar me ocupar mi puesto. Le mande una carta dia 6 martes miercules estaba reunida no despacho con la compañera que esta ocupado mi puerto que voy contratada cuando cogi la baja por riesgo de embarazo. Yo contenta penser que ella habia llamado la compañera para informar de mi incoparacion el 19. Viernes me contesto las 14:00 que la impresa no puede devolver mi puesto de trabajo por que echo una contrato indifinido la compañera que oculpa mi puerto. Que podia da mi otro horario por la mañana. Segun ella dia 7 de mayo me habia dicho que no podia trabajar mi 38:30. Ahora que organizado con mi pareja que el no cogese el trabajo que le ofereceo turno de noche para cuidar nuetros niño y yo trabaja en mi turno el de dia. A hora Rosa no me deja volver a mi turno norctuna. Me gustaria saber si tengo direto a volver mi turno. Tengo contrato indefinido des de 2017 en este puesto. Discupa por el libro que ecribe pero queria explica como susedio todo. UN SALUDE
Tienes derecho a volver a jornada completa, y en principio, a tu horario anterior, más cuando así te lo había indicado la empresa, ya que parece que tenías un acuerdo para cambiar el turno a la vez que reducir la jornada.
Buenas tardes, estoy en una situación en la que me encuentro muy desmotivada en mi empresa. Llevo un año y tres meses aguantando a responsables impresentables a la hora de dirigirse a uno, la empresa nunca ha hecho nada, lo he hecho porque me hacían el contrato indefinido a los seis meses y lo necesitaría para poder algún día tener mi casa. Hay una encargada que me tiene enfilada por envidias personales ya que los clientes preguntan por mí y le molesta, soy muy buena trabajadora, en definitiva trabajo muchísimo mejor que ella ya que es una persona que no está preparada para tener dicho puesto. He tenido varios enfrentamientos con ella porque me busca con tonterías para buscarme algún fallo, cada vez me busca más… cuando he tenido algún problema con otra encargada que hay, en vez de ayudar a resolver ese problema, corrió a llamar al supervisor que también es un impresentable. En algún momento esta señora puede para fastidiarme solicitar mi despido ya que yo siempre he acudido a mi puesto de trabajo y le fastidia que no haya podido quitarme de enmedio. ¿Qué puedo hacer al respecto?
Es una cuestión muy amplia y complicada. Un trabajador o compañero no puede despedir, sino que esta es una decisión que depende de la empresa.
Buenas alejandro! Necesito saver por que no me dejan cojer otros trabajadores, cuando al que teniamos lo emos tirado a la calle con finiquito y no lo quiero volver a cojer
Un saludo.
No se a que te refieres con que no te dejan tener trabajadores.
Buenas,
Voy a despedir disciplinariamente a un trabajador hijo de uno de los propietarios que además es administrador mancomunado porque ha montado un negocio con un objeto social similar al de nuestra empresa por abuso confianza y buena fe contractual. Lo voy a hacer con carácter preventivo porque todavía no ha habido perjuicios a la empresa. Yo lo veo muy claro pero que me puedo encontrar que diga en juicio para conseguir la indemnización por improcedencia. Desde luego no lo considero un trabajador al uso, ya que es el hijo de un propietario, y es probable que me encuentre con problemas a futuro. Muchas gracias
Habría que veer el caso para dar una opinión.
Buenos días,
Tengo un contrato temporal que finalizaba el día 31 de marzo (estoy en ERTE desde el día 14/03), el día 1 de abril me insinuaron por email que cuando se levante el estado de alarma me compensarán los días que no me han pagado desde el 14/3 hasta el 31/03 y que después no me renovaran el contrato. No me han dado de baja en seguridad social. Soy fija en la empresa? tienen derecho a despedirme con fecha de julio?? Esta era la segunda prórroga de 6 meses, en teoría el siguiente contrato sería fijo. Muchas gracias por vuestra ayuda.
Si no renuevan el contrato, aunque este dure más de un año excepcionalmente por el estado de alarma, no considero que se convierta en indefinido, salvo que se encuentre en fraude de ley por otro motivo.
Estoy en ERTE por causa objetivas. Me han enviado un email que debo presentarme para mi reincorporación el proximo lunes.
Como ya han despedido a alguno mas en estos dias mi pregunta es..
Estando en ERTE, me readmiten y al dia siguiente me despiden,,es legal? segun el Decreto no es posible no?
Que causas puden justificar y que puedo hacer ?
Gracias de antemano
Sobre el compromiso de mantenimiento del empleo, afecta a los ERTEs por fuerza mayor, no por causas objetivas.
Buenas tardes,
El día 14/03 me llamaron por teléfono diciendo que me despedían por la situación actual, que todos nos íbamos a la calle, mi contrato era en periodo de prueba hasta junio, el 17/03 recibí el mensaje de la S.S que mi baja se había realizado con fecha 13/03.
Datos:
-Me he enterado que un par de compañeros estaba en ERTE en esta empresa. Es decir la empresa se ha acogido a un ERTE.
-Yo deje un trabajo para irme a este pero el 21/04 se aprobó el decreto ley 15/2020 que dice que todos los despidos producidos a partir del 09/03 tiene derecho a prestación sin tener en cuenta la relación laboral anterior.
Pedí cita al SEPE y me han contestado por email que tengo concedida la prestación desde el 17/03 al 29/03, creo que es de un paro anterior que me quedan aporte cobrar.
Pero llevo 2 meses y medio sin trabajar y no tengo derecho a ninguna prestacion ?
Estaba obligado a meterme en el ERTE?
Me pueden meter ahora en el ERTE?
Que puedo reclamar y a quien ?
Gracias. Un saludo
No están obligados a meterte en el ERTE si la empresa no quiere. Lo que habría que mirar es si la extinción es correcta, es decir, revisar el contrato de trabajo, si puede existir causa de nulidad, lo que dice el convenio…
Buenas noches.
Tengo el contrato que se termina el dia 5 de mayo,y no me han avisado, si me hacen indefinida cuantos dias tiene que tener la empresa para avisarme.
No es necesario que te avise, es decir, que si no te avisa el contrato se entiende prorrogado.
Buenas tardes.
Trabajo desde el día 1-2-2018 para un centro penitenciario como personal de mantenimiento y el día 1-03-2020 entro otra empresa como ganadora del concurso.
La empresa primera me notifico y me etrego los documentos de surrogacion del Sevicio como pone en el pliego y en mi convenio.
Ami no me han surrogado y a mi compañero si con menos antigüedad que yo y menor categoría.
El caso es que no me surrogan porque la dirección dice que no me quiere y no me dicen el porqué y nadie me da la carta de despido ni finiquito.
No puedo solicitar el paro por estar de baja en la seguridad social pero no por despido y no puedo solicitar ninguna ayuda por no estar en paro.
Esto es normal.
No, no es normal. Demanda a las dos empresas y reclama una indemnización de daños y perjuicios por aquellos perjuicios que te puedan causar. La verdad, salvo que inspección o el SEPE te lo resuelvan, veo complicado que puedas cobrar paro. Solicita el paro de todos modos.
Buenas noches,
Estaba en un contrato temporal, pero no especificaba la fecha de finalización. Además, las tareas para las que se destinaban eran de contabilidad, las cuales se presupone no tienen fecha de fin.
Por otra parte, me encontraba contratado por una empresa del sector lácteo, con alta el 18/02/2018 como auxiliar, encuadrada dentro de un grupo empresarial. Ahora bien, desde el 01/01/2019 se decide pasarme a otra de las empresas del grupo, dedicada al sector inmobiliario, conservando antigüedad. Además, desde el 01/05/2019 me aumentan la categoría a oficial de segunda, hecho que ha constado en nómina. Mi sorpresa viene cuando accedo a la Seguridad Social y observo que me tienen comunicado con la categoría anterior (auxiliar) y otro convenio colectivo (oficinas y despachos).
Siempre me han aplicado el convenio de lácteas en nómina y condiciones, y mi duda proviene de si el convenio colectivo de la empresa principal también ha de seguirse en las otras empresas, aunque se dediquen a actividades diferentes. En todo caso, mis tareas no han cambiado. Lo reclamé en la empresa, pero alegan un error de comunicación en la Tesorería.
Me despidieron el 08/03/2020. Respecto al despido, alegan que no me dan indeminización y me han hecho firmar un acuerdo transaccional en la que renuncio a ella. A mi entender me corresponderían 12 días de salario por año trabajado; y además en las vacaciones no disfrutadas no me abonan la prorrata de paga extra que me venían abonando todos los meses.
No sé si tengo opción a reclamar algo, sobre todo en el caso de la diferencia de convenios y saber si tengo opción a recibir indemnización alguna.
Gracias, saludos.
En primer lugar habría que ver el acuerdo transaccional. Pero con lo que comentas, puedes reclamar las diferencias salariales con la aplicación del convenio además la diferencia de las vacaciones que te corresponden con las pagas extras prorrateadas.
Buenas tardes Alejandro,
Principalmente, agradecerte la respuesta inmediata, me sirve de gran ayuda.
Ahora bien, el caso es aún más confuso si cabe. Te cuento un poco más detallado, aunque parezca una película de los Hermanos Marx:
1. El acuerdo transaccional que me hicieron firmar no me lo entregaron, pero venía a decir que renunciaba a los importes anteriores y la indemnización. De lo contrario no me daban el cheque del finiquito, con los importes trabajados y las vacaciones no disfrutadas, y adicionalmente me hicieron firmar una baja voluntaria a la vez que el despido por finalización del contrato. Observando el Certificado de empresa se ha comunicado como Fin de Contrato Temporal. Aunque si bien está firmado el acuerdo, ¿es válido el que me hayan hecho firmar un documento renunciado a mis derechos, no mejorando las condiciones de la rescisión?
2. En cuanto el convenio colectivo, es donde me surge la duda de cuál es el que me deberían haber aplicado. Como comentaba, el 18.02.2018 me dieron de alta en una empresa con actividad en el sector lácteo, con CNAE 1053 – Fabricación de quesos. Es parte de un grupo de empresas, cuya principal tiene CNAE 6612 – Actividades de intermediación en operaciones con valores y otros activos. Ahí entiendo que es correcta la aplicación del convenio lácteo estatal. La duda me surge cuando, con fecha 01.01.2019 se decide cambiarme a otra de las empresas del grupo, con CNAE 6820-Alquiler de bienes inmobiliarios. Consultando la Seguridad Social, me registran en el cambio con un convenio diferente, el de oficinas y despachos; pero me indican que se trata de un error (nunca modificado sin embargo). En el cambio de empresa, ¿qué convenio me deberían haber aplicado? No conozco si por Estatutos aplican siempre el mismo convenio lácteo a todo el grupo, aunque si bien conozco otras filiales que se rigen por convenios diferentes.
3. Al cambiarme, me conservan la antigüedad. Además, he superado los 24 meses en el mismo grupo pero no se me reconoció nunca el hecho de ser indefinido. Este hecho no se si implica algo a la hora del despido, y si ha sido correcto el aplicar una baja por finalización de contrato. Además, como exponía antes, las tareas por las que fui contratado fueron «puesta al día de la contabilidad», tareas se supone que perduran y no han terminado. ¿Debería haberse aplicado otro tipo de finalización, como el despido objetivo, con el impacto en la indemnización que tiene? Todo ello teniendo en cuenta que por finalización no he percibido indemnización, y se me hizo renunciar a la misma mediante el acuerdo, desconociendo la legalidad de todo ello.
Siento lo enrevesado del asunto, si dispusiese de algún otro contacto vía e-mail podría explicarle el asunto más detalladamente. El despido se produce el 08.03.2020 y, como todo se ha paralizado a consecuencia de lo que estamos viviendo, entiendo que aún tengo opción a poder impugnar en todo caso; o al menos reclamar las cantidades que nunca percibí al aplicarme otro convenio (si procede).
Mil gracias de nuevo, saludos.
Habría que ver el caso más en profundidad, el acuerdo transaccional puede que este viciado en el consentimiento, te recomiendo este artículo sobre ello. Por otro lado, en cuanto al convenio, además del CNAE lo relevante es la actividad que realiza la empresa y, te recomiendo este artículo. Por el volumen de consultas que tengo, además del trabajo en el despacho, no puedo de forma gratuita revisar en profundidad los temas, te recomiendo que acudas a un abogado de tu localidad.
Buenas noches Alejandro,
De acuerdo, miraré los post para identificar posibles irregularidades, me ha servido de gran ayuda.
Sólo dos últimas preguntas:
– ¿El despido ha sido, según los datos, correctamente efectuado; o podría solicitar impugnación? En esencia el transaccional no ofrecía mejora, si no todo lo contrario renunciando a posibles reclamos.
– Respecto al convenio, según lo indicado, ¿aplicaría industrias lácteas o el de oficinas y despachos? La actividad de esta última es el alquiler de inmuebles.
No pretendía que la consulta fuese gratuita, de todas formas le agradezco en todo momento su respuesta.
Saludos.
Si no ofrecía mejora el acuerdo transaccional seguramente sea nulo. Seguramente el de oficinas y despachos.
Hola, llevo 4 años trabajando en una empresa con un contrato temporal, a raiz del covid la empresa me dio de baja el dia 27, la unica solución que me han dado que cobre el desempleo y que mi puesto de trabajo lo tengo para cuando esto vuelva a la normalidad. Que derechos tengo? Que corresponde a la empresa pagarme por esto? En el certificado de empresa pone que han dado baja por fin del contrato temporal. Hay alguna forma de conservar mi antigüedad si dentro de unos meses me vuelven a contratar?
Podrás demandar para reclamar un despido improcedente, pero no te asegura la reincorporación. Si llevas cuatro años, seguramente el contrato temporal está en fraude de ley y no te puede indicar un fin de contrato temporal, que lleva aparejado una indemnización de 12 días por año. La improcedencia son 33 días. Sobre la antigüedad te recomiendo este artículo.
Hola llevo seis meses con un contrato temporal y se me vence el día 10 de Abril. Me han notificado que me coja los días de vacaciones que me quedan (10 días naturales) a partir del 1 de abril hasta el 8 de abril. En este supuesto me quedarían sin disfrutar dos días.
Mi cuestión es si pueden obligarme a coger vacaciones o mi contrato tendría que finalizar el día 10 y las vacaciones me las tendrías que pagar?
Con todos los decretos que están saliendo nuevos, tengo alguna posibilidad de que me continúen por ley el contrato aunque sea temporal?
Gracias
Si la empresa ha realizado un ERTE, el contrato se debería prorrogar. Por otro lado, la empresa no puede, de manera unilateral obligar a coger vacaciones.
Buenos días una consulta estoy hace 8 meses trabajando en un geriátrico y desde el 15 enero estoy con licencia por esguince que me lo hice en mi trabajo y supuestamente empiezo a fines de abril que ya voy a tener el alta yo presente todos los certificados médicos siempre….tengo miedo que me echen por ser nueva y estar casi 3 meses sin trabajar….mi pregunta es por más que yo presente todo justificado por los médicos ellos si quieren pueden echarme?? Yo trabajo bien no falto y mi encargada está conforme conmigo pero nose si ellos pueden echarme por el tiempo q estuve sin trabajar no x mi culpa .
Gracias
buenos dias:
mi contrato finalizó el dia 29 de marzo y si no creo mal el dia 27 de marzo dijeron que no se podia despedir a nadie, varias personas me han dicho que no me pueden despedir (renovarme el contrato) por mucho que se me finalice el contrato y una de ellas trabaja en una cadena de comida rapida como yo y toda persona que se le finalizaba el contrato la han tenido que volver a contratar y meterla en el erte hasta que pase todo esto. Si pudieseis resolverme dicha duda os lo agradecería.
un saludo y muchisimas gracias de antemano.
Si estás dentro de un ERTE, efectivamente los contratos temporales se entienden prorrogados durante el ERTE.
Hola buenos días, me gustaría hacer una consulta, llevo en mi empresa desde el 2008, ayer día 27 he recibido un ingreso por parte de la empresa, que por el importe imagino ser la indemnización, pero no he recibido ninguna notificación, esto cuenta como despido? En caso de recibir notificación en los siguientes días desde cuando cuenta el despido? Ayer se aprobó una ley que decía que no se podía despedir en estos momentos entraría yo en ese caso?
Edpero su respuesta.
Muchas graciass
No se puede despedir bajo ciertas causas, pero sí que se puede despedir. Revisa en el informe de vida laboral sí te han dado de baja, si lo han hecho, te han despedido. A lo mejor te llega la carta por burofax.
Gracias por su respuesta y por la rapidez.
De valer como despido desde que fecha contabiliza? Desde el día del ingreso o desde que me lo notifiquen?
Son cuestiones diferentes, la fecha de efectos de la medida es la que establece la empresa, sin perjuicio de que si la comunicación es posterior puede ser considerado como un despido improcedente por el hecho de extinguir la relación laboral del trabajador sin haberselo comunicado al trabajador de manera simultánea al trabajador.
Hola!!! Agradeceria mucho que pudieras resolverme, la duda que tengo, con respecto a mi despido.
Llevo en esta empresa de hostelería casi cuatro años, con contrato indefinido. Me informan por teléfono que desde el 14 de marzo estoy despedido, al igual que todos mis compañeros. Pido la notificación de este despidobpor escrito y me dicen que todo está en la Oficina del Sepe.
No es ERTE.Es despido.
En el Sepe me informan del periodo que me pertenece cobrar el desempleo.
Mi pregunta es: puedo pedir al Sepe una copia del Despido? En caso de no poder ser, donde la puedo solicitar.
Muchas gracias.
José.
Si no te han notificado la causa del despido, mejor para tí, será improcedente. Impugna el despido y no te preocupes si no existe carta de despido, es peor para la empresa.
Mi empresa me ha notificado que me van a hacer un ERTE, ya que la productividad ha bajado mucho debido a la crisis del coronavirus. Sin embargo, al parecer esperan que continúe teletrabajando durante el periodo de duración de la crisis. En caso de aceptar, ¿habría alguna consecuencia para mí personalmente si tal situación llegase a conocimiento de las autoridades? Gracias
Si cobras un sueldo por parte de la empresa y otro por parte del SEPE, sería un fraude a la seguridad social.
Hola buenos días.
Llevo 2 años y 1 mes trabajando en una empresa sin que me corten contrato. Estoy por obra y servicio. Ahora quieren finalizar el servicio para no hacerme fija.
Eso se puede hacer? Sería fin de servicio o ya nos metemos en un despido?
Y cuanto me tienen que pagar si tengo todo prorrateado?
Muchas gracias
Habría que ver la causa del contrato para saber si se puede indicar un fin de contrato. Si lo extinguen y no se puede hacer un fin de contrato, sería un despido. Si tienen causa para el despido, podría ser objetivo con 20 días por año trabajado, si no existe causa sería improcedente con 33 días por año trabajado.
La causa por la que finalizarán mi contrato es fin del servicio por el Covid.
Muchas gracias por su rápida respuesta
Pero para saber si esa causa es válida, habría que ver la causa del contrato temporal.
Buenas tardes,
Agradecería una orientación.
En mi trabajo tenía 1 mes cumplido y justo el 13 de Marzo antes del decreto de cierre por Coronavirus me despidieron con la carta que no superé el periodo de prueba.
La relación con el trabajo y cumplimiento era optima, no tenía quejas ni motivos para el despido, entiendo que se venía venir el paro economico y ayudó a cerrar mi contrato.
Hay alguna posibilidad de pedir algún tipo de paro relacionado a la situación del coronavirus?
Realmente no me interesa recibir pago sin trabajar, quiero es trabajar y cumplir pero debido a la situación, consulto.
Gracias!
Daniel
Si no tienes una cotización previa, con lo que me indicas, no tendrás derecho a paro ni a subsidio.
Hola llevo 2 meses por contrato de obra .. me lesioné por hacer mala fuerza, fui al cap me dieron 7 días a partir de este viernes pasado. El tema que me llamó el jefe y me dijo que me daba de baja por fin de obra lo cual es pura mentira ya que lo hace para bajar personal por la crisis de coronavirus . La pregunta es me puede dar de baja estando con parte de enfermo? Me planteo de ir la empresa para negociar con el gestor cosa que lo veo muy mal y no puedo moverme obviamente ..no me va hacer un erte tampoco en este caso o cobro paro y no se que hacer . Que debo hacer en ese caso si me pueden ayudar gracias
Tendrás que impugnar la extinción de la relación laboral para reclamar la improcedencia/nulidad del despido.
Mi enpresa quiere hacerme un erte por el coronavirus y soy fija. Mi pregunta es somos 3 a 22 horas pero en de dejar la más nueva, me deja ami. Puede hacer eso.
La empresa puede decidir quien entra dentro del ERTE. Tienen preferencia los representantes legales de los trabajadores.
Hola, a ver si por favor me pueden orientar. Tengo contrato de trabajo Temporal por Obra o Servicio Determinado. Empecé a trabajar en Diciembre 2019 y mi período de prueba era sólo 1 mes. El día de hoy la ETT me han dicho que me despiden por “aplicación del real decreto 463/2020 del 14 de marzo derivado a la alarma sanitaria por el coronavirus, como consecuencia de ello queda rescindido su contrato de trabajo por fin de obra. Una vez superada esta situación de excepcionalidad nos volveremos a poner en contacto con Ud”. Por lo que veo no están aplicando ERTE ni ERE. Esto está bien que lo hagan así? Entiendo entonces que no tengo derecho a paro ni ningún tipo de indemnizacion? Muchas gracias.
Entiendo que están finalizando el contrato de obra y servicio y en consecuencia tienes derecho a una indemnización de 12 días por año trabajado. Si no estás conforme tienes un plazo de 20 días hábiles para impugnar el despido, pero es la empresa la que decide si opta por despido o ERTE en función de la causa que tenga. Habría que ver el contrato para opinar si el fin de obra es correcto o no.
Hola Alejandro, mi jefe planea echarme mañana, pude ver una info sobre esto q pide mi despido. Soy indefinido, con 5 meses trabajando Que puedo hacer?
Si no estás conforme, la única opción es impugnar el despido en un plazo de 20 días hábiles desde la fecha de extinción.
hola buenas tardes quiero hacerles un comentario llevo mas de año y medio con contrato indefinido debido a la situacion que tenemos ahora llevamos una semana casi parados pero temo que me hagan volver al puesto de trabajo antes de que pase esto podria negarme a ir al puesto de trabajo si pienso que compromete mi seguridad?
Si compromete tu seguridad debes comunicarlo a la empresa y a los representantes legales de los trabajadores o delegado de prevención. Si la empresa no hace nada, el artículo 21 de la Ley de prevención de riesgos laborales permite ausentarse del puesto de trabajo, pero este comportamiento decidido de manera unilateral del trabajador tiene un riesgo, ya que puede ser sancionado, y un juez puede considerar que no existe tal riesgo y que por lo tanto el comportamiento del trabajador no ha sido el adecuado.
Pero si no hay causa para bajarme ni despedirme? Solo por el echo de haber estado de baja por accidente laboral, se puede reclamar algo si me despiden sin motivos?
Si te despide sin motivos, tienes derecho a una indemnización del despido improcedente. Esto es 33 días por año trabajado. Habría que ver si se puede solicitar la nulidad en función del caso.
Hola, si soy una trabajadora de residencia y estoy de baja por accidente laboral y llevo 4 años en la empresa con un contrato de 80% , 32h semanales y fija hace 2 años me pueden echar cuando me incorpore? O bajarme de horas?
Es una pregunta muy amplia, siempre se puede despedir a un trabajador si existe causa para ello, y también te pueden bajar las horas si existe causa para ello siguiendo el procedimiento de modificación sustancial.
Tengo un contrato temporal por producción. Tengo un contrato de 9 meses pero llevo 4 meses y me acaban de despedir verbalmente ayer y que me pase por la oficina a cobrar en 3 días. Que me pertenece cobrar si mi sueldo es de 1026e. mes?he trabajado 23 días y que indemnización me pertenece. No hice nada malo incluso mi producción era más alta y demostrable. Lo que pasó es que esta empresa cerró un servicio en el que tenían a un fijo indefinido y lo pusieron en mi puesto. Que tipo de despido deberían hacerme?
El despido puede ser objetivo o en otro caso improcedente. En este caso, puede que le sea más barato a la empresa incluso hacer un improcedente ya que no requiere preaviso. El objetivo son 20 días por año trabajado con un preaviso de 15 días, y el improcedente son 33 días por año trabajado sin preaviso.
Hola Alejandro,
Cómo se podría despedir a un trabajador con año y medio de antigüedad en la empresa con un contrato de fin de obra si lleva más de una semana sin venir a trabajar sin ningún tipo de justificación?
Saludos y gracias!
Habría que saber más del caso, pero en principio, podría ser un despido disciplinario por ausencias injustificadas en la relación laboral.
Hola soy una empresa de la que tengo una trabajadora que se dio 3 meses antes de dar a luz de baja por lo que lleva juntando baja, maternidad, lactancia, vacaciones y otra baja por depresion 11 meses, quisiera saber si la puedo despedir aun teniendo un niño de 4 años y otro de 9 meses y estando aun de baja, pues me han comentado que con la reduccion de jornada no se la puede despedir, aunque no la ha pedido todavia…
Sólo si existe una causa para ello. Es decir, no se le puede despedir, sin causa que lo justifique. Con los datos que me indicas, no existe causa que lo justifique.
hola buenas yo trabajo en cocina y mi contrato es de 5 hora y trabajo 12 y me paga 1100 y no paga las horas extras aparte ya vienen mis vacaciones y el contrato se me acaba antes de darmelas que pasaria ? nme tiene q dar algun tipo de finiquito ?
En el finiquito te debería de pagar las vacaciones generadas y no disfrutadas, así como la parte proporcional de las pagas extras así como las horas extraordinarias realizadas y una indemnización en función del tipo de contrato o causa de extinción de la relación laboral.
Hola mi nombre es David,llevo trabajando desde diciembre de 2017 en una empresa, empecé con un contrato para campaña de Navidad y el 31 de enero de 2018 me despidió y me hizo un nuevo contrato a fecha de 1 de febrero por obra y servicio mientras estén dos empresas dando suministro,las 2 empresas siguen en activo y cada vez traen más trabajo,mi pregunta es la siguiente,me puede despedir porque mi jefe quiera porque sí,y contratar a gente nueva porque sale más barato?hay alguna forma de anticiparme a eso?
Muchas gracias.
Podrías demandar la condición de indefinido si el primer contrato fue un contrato eventual. Para protegerte de un despido, puedes cogerte una reducción de jornada por cuidado de un menor de doce años.
Hola, tengo un contrato indefinido firmado hace 1 año, con discapacidad 40%, mi contrato indica que estoy sólo 84 horas al mes pero en realidad estoy 110, cobro lo que indica la nómina, y acabo de solicitar a la empresa que quiero que se me reconozcan mis horas y cobrar lo que me pertenece, pueden despedirme por esto? Gracias de antemano.
No debería despedirte por una reclamación a la empresa, ya que se tiene el derecho a la garantía de indemnidad.
Buenas tardes.
Llevo trabajando para una administración local (ayuntamiento) tres años y tres meses ininterrumpidos en el mismo puesto, los contratos son temporales del 1 de enero al 31 de Diciembre. Este año aún no me han comunicado nada, pero la plaza que ocupo la han convocado, también para contratos temporales. Imagino que me comunicarán la terminación de mi contrato el próximo 15 de Diciembre. Mi pregunta es ¿tengo algún derecho como trabajador para continuar en en mi puesto? ¿Debo denunciar antes, o esperar que me lo comuniquen?
Muchas gracias
Habría que ver el contrato y el convenio.
Buenas tardes,
necesito información acerca de un problema en la Empresa en la que llevo 5 años con contrato indefinido a media jornada.
Te pongo en situacion, tengo una categoria de mozo de almacen, pero mi funcion es de Ayudante de jefe de trafico, por lo que por ello me estan dando fuera de nomina 100€ y 700€ en nomina.
Antes de irme de las vacacciones empezaron a surgir problemas en la empresa por cambio de jefes y a mi vuelta me entero de que tengo que seguir haciendo mi funcion de Ayudante de jefe de Trafico pero no me remuneran ni en nomina ni en B como hacian antes, por lo que me niego y como en mi contrato mi categoria es mozo de almacen me rigo hacer la funcion que hacia antes.
esto conllevo a una tension entre mi encargado y yo ya que eramos los dos que organizamos todo y ahora solo esta el.
Hasta que un dia llego a mi puesto de mozo de almacen y mi encargado ya se dirigio hacia mi con tono amenazante por lo que yo reaccione tambien gritando, nos enfrentandonos con palabras y me dijo que me fuera.
Asi fue y me fui a mi medico de cabecera ya llevo un tiempo con problemas por lo que me da un baja por ansiedad.
Hoy presento el segundo papel de prorroga de la baja de 15 dias y mi encargado me ve y se disculpa, me comenta que la empresa me ha enviado un burofax, el cual no sabemos el contenido pero pensamos que fue por el problema entre nosotros. Me dice que no me preocupe que en caso de juicio declara a mi favor , que entiende la situacion por la que estoy pasando y que en 5 años con el nunca paso nada.
Ahora mi pregunta es, ¿ que tipo de notificacion me pueden mandar?
en caso de que sea una carta de despido , que puedo hacer? porque realmente me interesa que me despidan pero no de esta manera, y acabar con esta empresa ya.
Gracias
un saludo
Desconozco que es lo que te ha enviado, así que en función de lo que te haya indicado, se podrá barajar las opciones de defensa.
Buenas tardes Alejandro mira te explico haber si tengo derecho a algo,firme un contrato de 1 año y e trabajado 27 días y me an dado de baja sin previo aviso sólo quieren que pase por oficina y firme la documentación y me e negado la baja fuel el jueves ahh se me olvidaba supuestamente yo por tener incapacidad total permanente es otra clase de contrato y deberíamos desarrollar unas tareas acordes a nuestra incapacidad en fin sólo saber si tengo derecho a algo?Gracias espero respuesta
Aunque no lo firmes, la extinción de la relación laboral es efectiva. Sobre si tienes derecho a algo, habría que mirar la causa que alega la empresa para extinguir la relación laboral.
Alega que yo no atendia el movil o falta al trabajo 1 dia por no encntrarme bien con la garganta y mande guasat para informarlos yo tengo en justicante medico,que me aconsejas me siento desprotegido como si los empresarios tuvieran todos los derechos yo puedo demostrar con fotos trabajos que no debía de aser y realizarlos con dolor dame un consejo por favor gracias
No se si te han indicado un periodo de prueba no superado, o un despido. Puedes demandar en un plazo de 20 días hábiles, de todos modos, la indemnización es muy pequeña (salvo que se pueda reclamar nulidad)
Muchísimas gracias eres un gran profesional mil gracias por todo,buenas noches
Hola necesito que me ayude, tengo contrato indefinido y llevo 13 años trabajando en la misma empresa. Tengo reducción de jornada porque tengo un niño menor de 3 años. Desde que volví de mi maternidad ya no hago horas extra porque no me las pagan y a parte porque tengo que ir a recoger a la niña porque no me la pueden tener más tiempo. Ahora me caso y la fecha que me ha dado el juzgado coincide con un mes de mucho trabajo en la empresa. Cuando lo he comunicado verbalmente a mi jefe no le ha gustado y me ha sugerido que o la cambio o habrán consecuencias. Mi pregunta es; puedo casarme cuando quiera o si afecto a la empresa puede despedirme sin derecho a nada gracias
El trabajador es el que decide cuando se casa, y ese hecho no puede ser motivo de despido.
buenas me acaban de dar la carta de despido llevo 6 meses con contrato obra y servicio que finaliza el 31 de este mes y quiero informan pues la oficinista nos ha comunicado que el gerente de la empresa nos despidiera a las cuatro que nos hizo el contrato de obra y servicio sin motivos alguno.
¿Es despido o fin de contrato? La indemnización varia en cada caso. Si es fin de contrato, la indemnización son 12 días por año trabajado, si llevas seis meses, sería la mitad 6 días. En caso de despido, depende del tipo de despido.
En principio mi contrato era de finalización de obra, temporal, al pasar 4 años pasé a ser indefinido, en mi contrato pone claramente mi trabajo y dónde tengo que efectuarlo, domicilio de una señora, soy auxiliar de ayuda a domicilio, cuando muera mi usuaria me tendrán que despedir pues como he dicho en el contrato pone el lugar en el cual tengo que trabajar…qué tipo de despido sería? O al ser indefinido me pueden mandar a otro domicilio para no despedirme?
Es un contrato temporal que se ha convertido en indefinido.
Gracias si me contestan.
Te pueden mandar a otro domicilio.
Hola buenos días yo tengo un contrato indefinido trabajo especialista en resclage estaba de baja 6 meses tenía ansiedad cuando el médico me ha dado de alta me despidieron de trabajo me han mandado una carta dice que no me kieren en ningún centro de trabajo esto una pena yo formal y responsable yo quiero volver a trabajar porque no lo acepto como escusa echarme de trabajo con esa manera si alguien sabe algo me escribe
Si no estás conforme, tendrás que demandar por despido en un plazo de 20 días hábiles desde la fecha de efectos del despido.
Hola.tengo un salon de belleza.my peluquera después verse con su contrato indefinido a empezado a ponerse enferma.pues bajas por enfermedad comun.otros dias por depresión.su vida y sus problemas personales no son mi problema.ella trabaja solo 4 horas cada dia.de martes a sabado.lo de las cervicales las tenia antes de empezar en mi salon.quiero que sepas que ella en 4 horas se pedia del bar comida.cafe,se iba afura a fumat cada dos por tres .e intentado ser amiga con ella .pero ahora veo que solo quiere aprovechar.
El salon no va bien.no me sale dinero .solo para pagar a ella y facturas.nada mas.
Que puedo hacer yo ahora
Me acaba de llamar su hija para decirme que su mama a cojido la baja que esta mal con los cervicales y me deja tirada con las clientas.aparte con unas citas para sabado que son para una boda.no se que hacer.he querido ser buena persona la he echo fija.ha echo lo que ha querido en el trabajo y ahora se esta aprovechando de mi.que puedo hacer??
Es complicado darte una respuesta. Habría que ver más datos para saber si es posible el despido o no.
Buenas tardes alejandro necesito tu ayuda porfavor urgente, te cuento llevo un año y medio indefinida con la mala suerte que mi embarazo fue de alto riesgo adi que me reconocieron la baja el tribu al medico despues de tener el bebe me reincorpore a la empresa y llevo tres meses y ahora me quieren despedir alegando que la empresa va mal y eso no es asi porque el trabjo sigue siendo el mismo me han dado un papel pra firmarlo como que estoy de acuerdo y el preaviso de los 15 dias los cuales cumpmen el dia 7 de febrero que seria mi ultimo dia en la empresa mi pregunta es me pueden despedir adi sin mas mi bebe ya tiene 10 meses en diciembre me dijeron que firmara la baja voluntaria y les dije que no que yo queria seguir trabajando asi q no les quedo mas remedio que dejarme porque mi bebe aun no tenia 9 meses ahora ya los tiene me pueden echar?? Tengo derecho a pedir la reducción de jornada aun habiendome comunicado que me echan ? Pprfavor ayudame que debo hacer tengo tres hijos 38 añod y ahora no me puedo quedar sin trabjo gracias te dejo mi correo XXXXX si tengo que pagarte algo no me importa pagarte la co sulta pero porfavor dime que opciones tengo mil gracias
Aunque solicites ahora la reducción de jornada, no tendría efecto a la hora de conseguir la nulidad del despido por ese hecho. No se cuando nació tu hija, pero si no han pasado doce meses, se podría conseguir la nulidad por ese hecho. En cualquier caso, lo fundamental es lo que venga en la carta de despido, que por lo que comentas, te han hecho un despido objetivo. Por eso, con la carta de despido acude a un abogado de tu localidad. Tienes un plazo de 20 días hábiles para impugnar el plazo desde la fecha efectiva del despido.
Hola buenas, en principio me contrataron por obra y servicio ( 401) y en el contrato específica el lugar exacto de mi trabajo, soy auxiliar de ayuda a domicilio, es decir mi lugar de trabajo es la casa de una señora, han pasado 6 años desde que lo firmè:
–Soy indefinida?
–Al morir la señora, como se específica que es en su casa mi lugar de trabajo, la empresa me tendrá que despedir?
–Que tipo de despido me corresponde?
Gracias de antemano si me contesta.
Si, eres indefinida. Si finaliza el servicio, puede ser motivo de un despido objetivo con derecho a una indemnización de 20 días por año trabajado.
Hola buenas tardes yo me hice daño en la empresa siempre acudía a mi mutua la mutua me enviaba a mi médico de cabecera FUY unas 4 o 5 veces a la mutua y siempre lo mismo me dio lumbago aparte del daño que tenía y mi médico me dio una baja de 49 días ya que no mejoraba tenía contrato indefinido llevaba 2años y 7 meses y me an echado no e firmando nada me an echo un ingreso de finiquito pedi los papeles por burofax pero aún no me llega quería saber si puedo recuperar mi puesto de trabajo y hacer las horas que me corresponde ya que en la empresa obligan a los trabajadores hacer horas extras y al que no las quiere hacer los echan y eso aún nose el motivo que an puesto ellos de despido pero por lo que se no soy el primero que despiden por estar de baja que puedo hacer
Si la empresa no te ha entregado la carta de despido, mejor para ti, ya que tienes más posibilidades de ganar si demandas. Comprueba con tu informe de vida laboral que te han dado de baja la empresa, y en ese caso, tienes un plazo de 20 días hábiles para impugnar el despido desde la fecha de efectos de la baja. Demanda por despido solicitando la nulidad.
La carta a mi me.la an enviado por burofax el día 8 de julio le pase mi última baja y el día 11 me echaron y en todo caso que denuncie y vuelva a mi puesto de trabajo estoy obligado hacer horas extra me pueden volver a despedir por no hacer horas extras
En principio, las horas extras son de carácter voluntaria, salvo que se hayan pactado o sean por causa de fuerza mayor y no deberían de ser motivos de despido el hecho de no hacerlas.
Hola, me puede consultar, por favor, yo tengo un restaurante, y no hace mucho he despedido con un empleado, con el contrato indefinido, por razón despedido disciplinario, y ahora no estoy contento con otra persona que tiene contrato indefinido y quiero despedirle, la pregunta es si estos despidos me pueden afectar en alguna manera, gracias
No se a los efectos de que lo preguntas, pero no, no te afectan los despido, pero no se si los han impugnado o no los despidos.
Llevo con contrato indefinido desde febrero de 2018 , he estado de baja por embarazo y actualmente estoy de baja por maternidad , tengo q volver a mi trabajo en julio , y quiero pedir reducción de jornada. Pueden echarme por pedirla? Que derechos tengo? En el caso de q me echaran q puedo hacer?
No, no pueden despedirte por pedirla, y si lo hacen demanda por despido nulo.
Buenas llevo 12 años de contrato indefinido y por despido objetivo me han echado a la calle! Hay mucha gente que ha entrado más tarde que yo e incluso con contratos eventuales, no tendrían que ir ellas antes que yo?? Agradecería su respuesta muchas gracias
No, no existe un derecho a permanecer por antigüedad en la empresa.
Tengo un contrato indefinido, mi jefe me ha DICHO que no sigue contando conmigo, que no hace falta que siga yendo a la oficina y que prepararán mis papeles para el finiquito y mis vacaciones…
Me pone como opción un cambio (desfavorable) de contrato en el cual si quiero, puedo trabajar desde casa…
Me corresponde 10 días de vacaciones creo… Mi duda es si seguir yendo a trabajar o no, ya que no tengo confirmación oficial y lo mismo se escusa diciendo que no estoy yendo porque estoy de vacaciones, pero yo quiero cobrarlas en metálico.
Cómo puedo actuar?
Sigue acudiendo a tu puesto de trabajo hasta que notifiquen lo contrario. Si te dicen que no vuelvas, demanda por despido.
Hola me acaban de despedir. Me dieron contrato indefinido. Tenía 4 meses trabajando. Trabajo en una pasteleria. Me despidieron porq no guarde en el frigorífico una mercancia sino en la nevera. Aclaro q no fue intencional. Tengo un hijo de 3 años. Me despidió por whatssap. Trabajaba unas 27h a la semana aunq mi contrato era por 12h a la semana. Justamente habia pedido trabajar simplemente las horas establecidas en mi contrato porq tenía q cuidar a mi hijo.
Demanda por despido improcedente, y si has reclamado antes tus derecho, solicita la nulidad.
A que ente debo dirigirme?
Muchas gracias por la pronta respuesta. De mucha ayuda su blog
Aquí tienes una guía bastante completa. Si no acude a un abogado o sindicato, yo estoy en A Coruña.
buenas tardes
mi hijo esta trabajando en una discoteca de sabadell Barcelona, la ultima semana de marzo le dicen que no puede entrar en las oficinas ni a recoger sus cosas, su lugar habitual de trabajo ,donde prepara todos los actos del fin de semana, el jefe de sala le dice que esta de vacaciones y que el mes de abril tambien, le pagan entero el mes de marzo del 19, y a principios de abril recibe una notificacion de la seguridad social como que lo han dado de baja en la empresa, nos ponemos en contacto con la empresa y nos dicen que sigue de vacaciones y que tendremos una reunion para aclarar la situacion, el dia 2 de mayo nos personamos en la empresa y nadie nos da la cara ,ni nos reciben, con excusas de que ahora no os puedo atender tengo mucho trabajo,
Podemos entender que se trata de un despido? o no, nadie nos a comunicado nada ni hemos firmado nada,
Mi hijo tiene un contrato indefinido desde Septiembre del 16 encaso de despido tenemos derecho indemnizacion y finiquito, hay algun plazo de tiempo para denunciar en magistratura esta situacion. muchas gracias
Si le han dado de baja en la seguridad social, se trata de un despido. Existe un plazo de 20 días hábiles para demandar para solicitar una indemnización por despido improcedente.
Hola,buenas tardes,mi pregunta es la siguiente:
Tengo contrato de tres meses que expiraria el próximo 6 de mayo,ayer 22 de abril la jefa me comentó que me daría de baja sin carta de despido y alegando que se va de viaje y volverá el proximo 2 de mayo,pero que el día 1 festivo fuese a trabajar ya que habrá mucho trabajo y que cuando volviese me volvería a contratar,que puedo hacer ya que desconfío de su forma de actuar y no entiendo la situación, gracias
Puedes demandar por despido si finaliza el contrato temporal antes de lo indicado en el contrato, pero la indemnización que puedes solicitar es muy pequeña por el tiempo que llevas trabajando.
E trabajado un mes y medio con contrato indefinido y me han de
Pspedido sin preaviso puede acerlo
Habría que ver que tipo de despido te han hecho, para saber si es correcto o no.
Hola,
Tengo una trabajadora a contrato temporal, apenas puedo pagarle el sueldo porque el negocio no va bien. Tengo más pérdidas que beneficios y demostrarbles. En estos momentos ella está de vacaciones, pero no quiero que vuelva a plantilla a pesar de lo económico, no estoy contenta con su trabajo. ¿Que despido puedo hacer sin preaviso? ¿Puedo reconocer el improcedente?
Si no existe causa de nulidad, puedes reconocer la improcedencia. Aunque no directamente, se suele hacer un despido disciplinario y se reconoce la improcedencia en el SMAC. Si existen causas para el despido como comentas, podría ser un despido objetivo con preaviso de 15 días.
Hola buenas tardes llevo casi 3 años en una tienda de dependienta empezaron con contrato de formación y hace casi 1 años me hicieron el contrato indefinida y ahora me dice una compañera que Lan dicho que tengo 3 opciones o despedirme o escojer mi paro durante 3 meses y otra vez vuelvo a la empresa o me dejan para 3 meses dicen que ya me llamarían para informarme todo esto una compañera ni siquiera an tenido la decencia de decírmelo el no entiendo mucho de esto pero eso es ilegal No? Y quien me promete a mi que después de los 3 meses me van a volver a contratar si me quieren despedir que me despidan y me indemnice No?? No entiendo nada ayudas!!
Efectivamente, si quieren extinguir la relación laboral que te despidan, y en función de la causa que tengan y de la indemnización que te ofrezcan habrá que ver las opciones para demandar.
Buenas y si dentro del contrato indefinido me ponen cláusulas específicas de la Convención de contrato temporal en contrato indefinido marcado con una x que significa??
Nada relevante, simplemente que cuando se hace el contrato indefinido, se proviene de uno temporal.
Hola, me hicieron un contrato indefinido de apoyo a lis emprendedores, ahora me va a cumplir el periodo de prueba, podria despedirme x no superarlo estando de baja laboral? Muchas gracias
En principio sí que se podría. Pero si la empresa lo hiciera, demandaría por improcedente o nulidad.
Hola, expongo mi caso para tener una segunda opinión.
Trabajadora a jornada reducida por cuidado de una menor trabajando desde hace 18 años en la misma empresa y hace unos días vinieron a despedirnos (a todos) un despido colectivo objetivo indemnización 20 días por año…. Estamos todos en la calle…
En mi situación hay 5 mamas más…. No hay reubicación posible según ellos, causas organizativas.
Puedo ir a por el improcedente?? O si lo hago ellos me dirán de volver?? A la tienda más cercana abierta?? Estoy obligada?? Es algo que ya no querría… Estamos pasando unos días de pena hasta cerrar el establecimiento… Muchas gracias
Si el despido esta mal efectuado -que por los datos que me indicas no se puede saber-, no sería improcedente sino nulo y tendrías que volver obligatoriamente, salvo que alcanzaras un acuerdo con la empresa.
El despido es por causas económicas y organizativas, y si es verdad la tienda tiene pérdidas….. Peto es una cadena grande… Tipo caprabo y no nos han dado posibilidad de reubicación… Incluso al referi.. ni para las de reducción de jornada?? Ya sabemos que la tienda más cercana está lejos… Pero alegan que esa tienda ya tiene su personal…
Entiendo que hubo un periodo de negociación, pero si no tiene posibilidad de reubicar, pueden proceder al despido.
Hola queria hacer una consulta
Buenos dias,
Queria consultar…tengo un trabajador con contrato indefinido , y no estoy contenta con el porque trata muy mal a la clientela , es muy brusco y tiene muy malas maneras.
Hizo en agosto 3 años que esta en la empresa , este mes de diciembre esta disfrutando las vacaciones del año 2018 y tiene que incorporarse el dia 1 enero 2019 , pero yo no quiero que se reincorpore ya al trabajo.
Mi pregunta es , tengo que avisarlo con antelacion ???
Agradecida me pudieran responder
Depende del despido que vaya a realizar. En cualquier caso, si realizas un despido objetivo que obliga a preaviso y no quieres cumplirlo, siempre puedes compensarlo económicamente.
Buenas, mi madre tiene un contrato laboral de 6 meses, la empresa le ofreció hacer unas horas extra, (por la mañana en otro sitio y su contrato es de 15:30 a 19:30) sin contrato ni seguro fuera del horario que pone en su contrato, tampoco se las pagaban como horas extra, querían meterlas en las nóminas como dietas, hizo un mes pero el siguiente tuvo problemas con la encargada y decidió no hacerlas previo aviso y solo hacer lo que pone en su contrato. Ya que ninguna trabajadora más quería hacerlas, la empresa junto a la encargada le mando una carta de despido por desobedecer a la empresa. Solo quieren pagarle lo que le deben y la despidieron de un día a otro sin aviso. El abogado de mi madre dice que no puede hacer nada ya que son muy pocas horas en el contrato, pero a mi punto de vista me parece un despido injusto por no hacer lo que la empresa quiere que haga ilegalmente. Se puede proteger al trabajador en este caso con alguna indepnizacion u obligando a la empresa a readmitir a mi madre el mes y medio que le queda de contrato? Muchas gracias por la ayuda prestada.
Se podría intentar el despido nulo por la garantía de indemnidad del trabajador, pero sería complicado. DE todos modos, si le han despedido sin indicar ninguna causa, si que tiene derecho a la indemnización por despido improcedente.
Buenas despues de 4 años en una empresa me despiden hoy sin previo aviso de los 15 dias ( abonandomelos)por falta de produccion y sobra de personal confirmando en la carta que de 11 trabajadores por turno solo pueden asumir 6 por turno.
Me ofrecen 20 dias por año trabajado y me pagan los 15 de preaviso.
Es un despido objetivo pero claro porque a mi y o a otro habiendo gente de contrato???
Gracias
La empresa tiene cierta discrecionalidad para despedir a la persona que considere oportuna. Si no estás conforme tienes un plazo de 20 días hábiles para demandar, y en ese demanda indicar que no existe una amortización del puesto de trabajo.
Hola buenos días, trabajo en una empresa desde el 25 de abril de 2017 con contrato indefinido, pero desee el principio han habido irregularidades,, no pagan el sueldo del 1 al 5 de cada mes, empiezan a partir del 10 o el 15 y te lo van dando en pequeñas cantidades llegando a veces a juntarnos con débitos de nóminas anteriores nunca nos lo ingresa en nuestra cuenta bancaria nos hace firmar papeles redactados donde pone entrego 200 eur a cuenta del mes de noviembre ( ejemplo.)
De repente no pagan a proveedores, nos cortan el agua, el tlf etc y algunos compañeros ya hemos acudido a impeccion de trabajo para denunciar la situación,me da que pretenden hacer un ere o algo así, tienen varias denuncias por parte de trabajadores a los que no han pagado lo que les corresponde y parece les de igual. Entonces mi pregunta es :
En caso de que cierren la empresa y nos echen a todos, yo que aún no llego al año me pertenece alguna indemnización por ser indefinida??? O si me decide despedirme tengo derecho a finiquito? Tengo pagas prorrateadas y ya he disfrutado mis vacaciones
Si existe un despido, deberán de indemnizarte en función de la causa del despido. Por lo que comentas será objetivo o colectivo, en función del número de trabajadores afectados, por lo que te corresponde 20 días por año trabajado como mínimo, además del finiquito, que si ya has disfrutado de todas las vacaciones y tienes las pagas extras prorrateadas a lo mejor es cero.
Hola puedo hacer una consulta?
Buenas tardes quiero hacer una pregunta.Estoy trabajando en una empresa de seguridad casi un año con contrato indefinido y me han ofrecido un puesto fijo en Valencia(En esta epoca he vivido en Gandia)…me fui en Valencia por este trabajo he cambiado mi ubicacion solo por esto puesto y despues de 2-3 meses la empresa empezo no pagar a tiempo.Me he quedado por estas cosas por que asi no se puede vivir en una cuidad con un alquiler de 600€ y ya empezaros los problemas!Los finales de noviembre me han quitado 5 dias de mi cuadran y han mandaron otra persona empeze dudur que me kieren hechar y no me equivoque….!Para mes de diciembre no me han mandaron cuadrante con mis turnos y en dia 4/12 directamente me llego una carta de despido y que desde esta fecha estoy de baja!!!
Esto legal?Se puede despidir un vigilante de seguridad con contrato indefinido y poner otro a su puesto???
Es que por ley si estas trabajando los ulptimos 7 meses a un puesto es tu puesto fijo o no?La empresa es de Madrid y casi no saben ni que pasa por aqui…no hay ninguna queja pormi mi trabajo del cliente para q estamos trabajando y ninguna otra cláusula pero me despiden sin previo aviso y directamente darme de baja por conducta de mi trabajo como lo ponen en la carta de despido???
Me puedes decir si esto es legal y que hace falta hacer y donde tengo que denunciar los?
Gracias
Tendrás que demandar por despido improcedente, pero si no existen causas de nulidad del despido, sí que pueden despedirte abonando la indemnización correspondiente.
Pero se puede sin aviso de 15 dias?
Pueden despidirte por la mañana y avisarte por la tarde???
si, te pueden despedir sin. preaviso.
Buenas noches, hace 15 días en el bar donde trabajo instalaron cámaras de vigilancia que grababan audios, pues hace una semana nos reunieron para informarnos de la instalación de las cámaras y para firmar la ley de protección de datos, yo me negué y el resto de compañeros también por qué no pueden grabarnos la voz…pues hoy me han citado a las once y me han despedido…sin preaviso…tengo contrato temporal, llevaba desde el 24 de mayo…que puedo hacer??
Impugnar el despido efectuado en un plazo de 20 días hábiles para conseguir el despido nulo o improcedente. Habría que ver la carta de despido.
Hola una consulta mi marido tiene contrato indefinido ya paso el periodo de prueba pero lo pi3nsan votar por no cumplir los objetivos. Lleva 4 meses en la empresa. Como seria su despido?
Depende del tipo de despido que le haga la empresa, o 20 días por año trabajado, (con preaviso de 15 días) o puede que opten directamente por 33 días, pero sin necesidad de preaviso.
Buenos días. Estoy con un contrato indefinido en prueba de 12 meses y ayer me dijeron que a partir del 31 iban a prescindir de mí. Las causas del despido son objetivas (no llegar a los objetivos marcados). Tengo una jornada de 25 horas, pagas y vacaciones prorrateadas. Mi pregunta es la siguiente ¿tengo derecho a recicbir una indemnización? En ese caso ¿a cuánto ascendería la retribución? Mi sueldo es de 664 euros y llevo dada de alta en la empresa desde finales de febrero.
Muchas gracias
Si indican un periodo de prueba no superado, no tendrías derecho a indemnización. Si es un despido objetivo, serían 20 días por año trabajado, por los meses que comentas, casi 15 días de salario (la mitad de un sueldo mensual)
Muchas gracias, Alejandro. Ya he visto que con la clase de contrato no tengo derecho a nada.
Gracias por responder tan rápido a mi duda =)
Buenas tardes…mi marido tuvo un accidente laboral el 17 de abril del 2017 estuvo de baja medica 14 meses por una rotura de humero y presentando una calcificacion el cual le imposibilita trabajar en su oficio habitual(electricista en alta y baja tension-oficial de 1era) el 14 de junio del 2018 fue dado de alta por el INSS aduciendo que el estaba APTO para ejercer su oficio,ya que se solicito la Incapacidad Permanente tanto por su traumatologo de la mutua y por nuestra parte siendo denegada 3 veces.La empresa lo recibio y lo ubico en el almacen no siendo esa su area ya que le practicarian un examen medico por parte de ellos y el cual casi un mes despues dio como resultado NO APTO para su oficio habitual,la empresa valiendose de esto lo despidio por causas objetivas el 16 de Agosto de este año.
Mis preguntas:
-La Empresa estaba en su derecho de despedirlo?apesar de que el INSS dictamino estar apto.
-Al ser despedido recibio el pago por los 7 años trabajados y con contrato indefinido.¿no tenia derecho a una indemnizacion extra por las secuelas que le quedaron y que nunca sanaran?
-Tenemos derecho a reclamar?aunque no para ejercer en su mismo oficio pero si en otro puesto de trabajo deacuerdo a sus limitacion.
En principio la empresa puede despedirlo, habría que ver la carta de despido para saber si existen o no posibilidades de conseguir más indemnización. Puede que tenga derecho a una indemnización por las lesiones sufridas y padecidas por el accidente laboral, pero la empresa no los abonará de manera voluntaria, tendréis que demandar para ello.
Hola tengo contrato indefinido
Pero tengo un problema con un trabajador que es amigo personal del banco dueño de la empresa el biene tomado todos los datos que días y como es su amigo se cree el jefe por favor que prosedimiento debo seguir sin tener problemas con la empresa GRACIAS
No se a que te refieres con el procedimiento a seguir…
Empiezo a trabajar en una empresa con contrato por servicio y obra luego me pasan a contrato indefinido asi casi 9 meses y un dia me llega un burofax a casa que prescinde de mi servicio,vamos qye estoy en la calle y encima me ponen con un despido disciplinario sin haber cometido ninguna falta ni a ver sido amonestada ninguna vez. La proxima semana vamos al acto de conciliacion. Ud cree que me darán el despido nulo?Gracias
Despido nulo no (por lo menos con los datos que me comentas), pero seguramente si improcedente.
buenas tardes. soy autónomo y tengo un trabajador indefinido. la verdad no me va muy bien y casi no puedo pagar su sueldo. he oído si doy de baja mi empresa , si no tengo para indemnizarle irían contra mis propiedades, eso podría ser así??. otra cosa ,,no quiero ir a juicio, cuanto tendría que pagarle para no hacerlo??, y que tipo de despido sería legal hacer para que no tuviera opción de ir a Juicio??. si demuestro que no tengo beneficios podría ser despido objetivo legal??’. gracias.
Al ser autónomo podría ir contra tus bienes. Hagas el despido que hagas siempre podrá acudir a los tribunales, cuestión diferente es que tengas posibilidades o no de conseguir algo más de lo que le has dado. Habría que ver el caso, pero si vas a cerrar, seguramente tengas opción de hacer un despido objetivo por causas económicas y le tengas que abonar una indemnización de 20 días por año trabajado.
hola firme un contrato de trabajo de 6 meses con inicio 13 -02-2018 hasta 12 -08-2018 mi jefe me dijo por telefono que solo trabajo hasta 31-07 2018 puede hacer eso y que tengo yo directo a cobrar muchas gracias
Si finaliza el contrato antes de tiempo se considera un despido. Tendrás que demandar para conseguir una indemnización, salvo que te encuentre dentro del periodo de prueba.
buenas noches quiero preguntar llevo 55 meses en una empresa restaurante llevo todo este tiempo como ayudante de cocina en la cocina principal y ahora la empresa me dice que debo asumir otro puesto en la cocina secundaria lo cual yo no acepto y me dicen que el 1 de agosto debo asumir ese nuevo puesto o me vaya sin mas que ellos no me van a despedir porque no me quieren pagar ningún finiquito que me vaya yo que puedo hacer gracias.
Si esos cambios no implican cambios de horario ni de funciones, no puedes negarte y si lo haces puede ser ser motivo de despido disciplinario. Pero si tu no te quieres ir, nunca firmes baja voluntaria.
Hola tengo un contrato indefinido y estoy de baja por incapacidad temporal a la espera de hacerme una operación.
Puede despedirme mi jefe por estar de baja?
Y cuando me incorpore puede despedirme diciendo que no tiene trabajo para mi?
Sí, puede despedirte en caso de que exista causa para ello, ya sea ahora o después de que te reincorpores. Pero nunca la causa podrá ser que estás de baja por incapacidad temporal.
Hola!! Soy indefinidad porque se jubilo una persona en la empresa…..desde abril 2018 ..pero desde febrero me acosa la mujer de mi jefe .. y estoy con ataques de anciedad… y me han dado la baja …Me pueden despedir ..???? Gracias
Si existen causas para ello sí, pueden despedirte. Ahora bien, no se puede despedir indicando como causa que está de baja por incapacidad temporal.
Hola me gustaría ver si me pueden ayudar gracias a mi marido hace más de 20 años que esta trabajando en la misma enpresa ahora la enpresa Sera vendida y el nuevo dueño esta echando a los trabajadores para poder poner. A otros trabajadores pagándole mucho menos. Ya que mi marido por su antigüedad cobra bastante bien. Y si no lo despide tendría que bajarse el sueldo y hacer turnos rotatorios. Se podría negar a hacer turnos rotatorios? y a que Le bajen el sueldo. Y si lo echase a la calle Le tendrian que indemnizar? Muchas gracias
Si la empresa modifica su jornada o salario, debería demandar por modificación sustancial de las condiciones de trabajo. La empresa puede hacerlo, pero siempre que tenga una causa para ello. Por otro lado, si le despiden, tendrán que indemnizarle, salvo que se trate de un despido disciplinario, esto es, por culpa del trabajador.
HOLA BUENAS TARDES.
SOY RESPONSABLE DE UN GRUPO DE TRABAJADORES,
EN CONCRETO HAY UNA EMPLEADA QUE ES UN POCO PROBLEMATICA, AUNQUE NO ES PROCEDENTE UN DESPIDO,MI PREGUNTA ES ¿ SE PUEDE DESPEDIR DE MANERA IMPROCEDENTE,ASUMIENDO LA INDENMINIZACIÓN YA QUE NO TENGO PRUEBAS SUFIENTES PARA UN DESPIDO PROCEDENTE?
GRACIAS.
Si no existe causa de nulidad del despido sí que podrás hacerlo.
Hola soy Manuela en el 2018 entre en una empresa oara tres meses de ayudante de cocina y me hicieron otro contrato de 9,todo bien I me cumplia hoy 28de mayo pero me dijo la encargada que no me renovan sin previo aviso y el 24 cuatro dias antes de finalizar sin mas y me faltabam disfrutar de una semana de vacaciones que me deben aun ,estoy esperando a que me llamen para darme mis papeles y a ver que pasa pues este despido lo veo improcedente es asin?
No es automático que sea un despido improcedente. Al ser un contrato inferior a un año no es necesario preavisar con 15 días de antelación. Para que sea desp improcedente el contrato tiene que estar en fraude de ley.
Hola,
soy profesora de formación no reglada y la academia me despidió por un «control de calidad» diciendo que los padres no están satisfechos conmigo, que los niños no avanzan y no están motivados. Y que cojo el móvil en clase.
Todo esto por mail y sin previo aviso ni supervisión mía por parte de la academia en los meses anteriores. No he visto estos cuestionarios, ni se me ha ofrecido verlos.
El contrato indefinido es de «aproximamente 9 meses», llevo 8meses ahí trabajando. No sé si es despido disciplinario o despido objetivo (sospecho que no les sale rentable mantener mis horas, ya que tengo muy pocos alumnos y encima en sábado por la mañana). Quiero que me readmiten.
Gracias,
Tania
La posibilidad de readmisión sólo es posible en caso de despido nulo, y por lo que comentas no existe causa. Lo que tendrás que hacer es demandar por despido improcedente, y en dicho caso la empresa puede optar entre abonarte una indemnización o readmitirte, pero depende de la empresa y suelen escoger la improcedencia.
Hola, muchas gracias por este blog que es de mucha ayuda quisiera hacer una pregunta, hace unos días sucedió entre mi jefa y yo una disputa por una diferencia de opiniones respecto a un tema, nada grave, simplemente pensamos diferente sobre un tema, al día siguiente la pedí disculpas por lo ocurrido y ella las acepto pero me dijo que había hecho muy mal diciendo la siguiente frase: lo vamos hacer por qué lo dices tú, yo le dije que no había dicho tal cosa que la frase en verdad fue a partir de ahora lo haremos como tú digas, y ya está ahí finalizó el tema, pero me quedo con la mosca detrás de la oreja de que por ese caso me puedan despedir, cuando yo dije aquello había testigos y he hablado con uno de ellos y como me ha dicho, que si yo hubiera dicho eso, habría sido ella misma la que me hubiera dicho que me había pasado cien pueblos, pero es que la frase no es como dice mi jefa, y ahora estoy desconfiada de que me puedan despedir por ello como despido disciplinario, tengo contrato indefinido ¿podrían hacerlo? ¿en caso de que me despidieran que puedo hacer?
No consideraría eso justificativo de despido disciplinario. Si así fuera, no tendrías derecho a indemnización, pero podrías demandar para conseguir la indemnización por despido improcedente.
Muchas gracias por responder tan pronto, espero que finalmente el tema muera y podamos seguir colaborando laboralmente, gracias por la respuesta y por la labor informativa que hacéis con este blog, un saludo.
Hola, me han despedido por causas técnicas y objetivas,, hasta hay es todo legal con el despido con indemnización, finiquito y pago de los 15 días.Mi pregunta es si abiendo trabajadores por la temporal y.de contrato, tienen que despedir antes a ellos que a mi,yo llevo indefinido en la empresa casi 19 años,me han pagado 20 días por año trabajado, judicialmente tengo derecho ha un despido por despido improcedente?? un saludo..
Habría que ver que es lo que indica la carta de despido, y la causa de dichos contratos temporales.
el informe esta todo bien redactado,lo que no especifica que hay dos trabajadores por la temporal,y el depido ha sido, por puntuacion
No es necesario que indique la existencia de temporales, ese extremo es lo que tendrías que acreditar tu en un juicio.
Como debo acreditarlo, de que forma !!, pues la empresa no creo que quiera facilitar esa informacion, y que esos trabajadores se quedan, para hacer horas extras po la noche, Porque sino se quedan, paran la produccion, por falta de personal, con el que han justificado que sobraba personal, esta informacion me la han facilitado excompañeros de trabajo!!
Interrogatorio de compañeros de trabajo, solicitar judicialmente que la empresa indique la causa temporal de dichos contratos.
Coji mobil tirado en la taza del váter y no lo entrege en la empresa y lo tire a la basura y me despidieron despues de 14 años
Demanda por despido improcedente o nulo. Tienes un plazo de 20 días hábiles desde la fecha del despido.
Buenas tardes. Mi hermano tiene una empresa con trabajadores de más de 20 años de antigüedad de automoción. Uno de ellos tuvo un accidente fuera de jornada laboral reparando el coche de un familiar en su domicilio, sufriendo lesiones algunas de ellas de cierta gravedad. Han pasado once meses y por desgracia su baja se está alargando mucho y mi hermano no puede seguir soportando dicha situación pese a lo lamentable de la situación. Seria procedente el despido?Que indemnización le correspondería al trabajador?Gracias
Si tiene causas económicas, podrías ser un despido objetivo, con derecho a indemnización de 20 días por año trabajado.
he trabajado siete meses a media jornada de vigilante de seguridad haciendo un total de horas entre 250 t 370 horas mes,en el primer contrato con duracion de siete meses estaba asignado a un servicio en concreto., mi pregunta es la siguiente.- respecto a lo primero que puedo hacer una vez despedido. respecto a lo siguiente .- si el servicio continua ,me podria considerar considerar asignado a tal servicio .
Habría que mirar si el contrato está en fraude de ley, para saber si puedes reclamar ser indefinido.
Hola nesecito AYUDA URGENTE
-Me contrataton el dia 27 de febrero, me pagaron 27 y 28, bien.
-Ayer 5 de marzo me llaman a la oficina y me dice mi jefe que no le conviene mi trabajo, no alega causas, le pido explicaciones y no las tiene y que hoy recojo el finiquito.
-me envia un whatapp hoy me dice que a las 8pm pase a recojer mi liquidacion.
Estoy seguro 100% ante despido improcedente, esta mas que claro, pero lo que necesito saber es si me toca finiquito, liquidacion o que y de cuanto seria con sueldo fijo de 894 euros
agradezco noticia rapido, se acerca las 8pm, gracias
Si estás dentro del periodo de prueba no es necesario ninguna causa. Por otro lado, lo que tiene que pagarte son los días trabajados, más las vacaciones generadas y no disfrutadas, que será un día de vacaciones, más la parte proporcional de las pagas extraordinarias si es que no las tienes prorrateadas. Por otro lado, en caso de que sea despido improcedente, la indemnización es de 2.75 días.Para calcular el salario día coges el salario anual y lo divides entre 365.
Hola e avierto uña bar con my amiga ( ) el 18.11.2017 me e dado de alta , contracto indefinido .. hoy me a llegado un Mesaje que estoy de baja … 21.12.2017 que puedo hacer En este caso ? Gracias
Si es tu amiga, deberías de preguntarle, por si fuera un error. Y si lo que te dice, no consideras que es una causa que te valga, demanda. Recuerda que tienes 20 días.
Buenas tardes.Mi pregunta es si puede un empresario despedir a una persona con contrato indefinido teniendo a otros trabajadores con inferior antigüedad e incluso algunos con contrato temporal alegando que despide al indefinido por no tener dinero en la empresa.Gracias.Un saludo
El empresario siempre puede despedir, salvo que la causa sea vulnerar un derecho fundamental. La diferencia esta en si el importe que tiene que pagar en concepto de indemnización es:
– nada, en caso de despidos disciplinarios
– 20 días por año trabajado, en caso de despidos objetivos
– 45 ó 33 días por año trabajado, si el despido es declarado improcedente
Hola buen dia, primero quiero felicitarlos por este blog, ya ayuda y muchisimo.
Me gustaria me puedan orientar con los pasos que debo realizar. Estaba trabajando por contrato (este era mi cuarto contrato continuo) en un Restaurant desde el 16-12-16 hasta el dia 29 de septiembre que sin avisar ni notificar me informa el propietario que me tengo que ir de vacaciones, le pido explicaciones y me informa que por tener problemas con mis compañeras y es obligado que debo irme y rectificar mi conducta. Por mi parte esa conducta no existe, sensillamente exigi que se me respete a la chica en cuestion. En vista de esta situación acudí a la Inspección General de Trabajo y el inspector que cogio mi caso procedió a multar a la empresa por el hecho de sacarme de vacaciones de esa forma, obligo a la empresa a darme contrato indefinido, pagarme las vacaciones y disfrutar en vez de 15 días como me habia dicho él 44 dias que es segun la ley por ser empresa de hosteleria. Resulta que cuando me reincorporo de vacaciones el propietario empieza a vigilarme y revisar cada plato y toda mi actividad en el horario de trabajo, pues al pasar 1 semana de reincorporarme me hace una amonestacion por escrito donde alega las faltas que consideró eran culpa mia. Yo procedi a responder la carta con mis alegaciones por los hechos que el me imputaba, se la lei y se la di a firma y se nego a firmarla, sin embargo yo se la lleve a la asesoria que le lleva el negocio y entregar una copia a la inspeccion de trabajo nuevamente. el dia de ayer 01 de diciembre, procede a despedirme alegando causas disciplinaria bajo el articulo 54 c y d del E.T. y nuevamente menciona diferentes hechos. Quisiera que me orientaran pues me entrego el pago del mes de noviembre pero no me entrego el finiquito o indennizacion con el preaviso que pienso me correspondría. A parte me gustaria saber si esto es acoso al trabajador, por el hecho de yo haberlo denunciado y que indennizacion me corresponde. Que debo exigirle a la empresa, tengo que contratar un abogado? Muchas gracias
Por ser un despido disciplinario no corresponde preaviso ni indemnización. Ahora bien, puedes demandar para conseguir una indemnización por despido improcedente, si lo que indica la carta no es cierta o los hechos no son justificativos del despido. Además, en tu caso, podrás demandar por despido nulo, indicando que el despido es un hecho vengativo por la reclamación de tus derechos y la denuncia ante la inspección. Pidas lo que pidas, tienes un plazo de 20 días hábiles para demandar, aunque primero deberás de presentar una papeleta de conciliación laboral.
Hola: Que faltas habria que cometer para una despido disciplinario???
Este despido tiene cobertura de paro?
Gracias.
Sí, tiene derecho a paro. Depende del convenio colectivo, pero normalmente la ausencia injustificada de varios días o llegar tarde suele ser justificativo para el despido disciplinario. Otra cosa es que la empresa lo haga.
Buenas tardes:
Llevo más de 7 años en una empresa española con contrato indefinido y dos destinos, Túnez y actualmente Estocolmo desde octubre 2016. En Suecia tengo que pagar allí los impuestos y para ello obtener un permiso de residencia. El problema que arrastro desde octubre es que al ir a solicitar el permiso de residencia las autoridades suecas me solicitan el contrato de trabajo, que entregué, y una residencia. Para poder tener una residencia a mi nombre tengo que tener el permiso de residencia. Llevo 10 meses viviendo en una habitación alquilada en negro sin poder legalizarme porque las dos casas en las que he estado no me dejan utilizar la dirección, me dicen que si, que entienden mi problema pero que me vaya a otra casa… la empresa, que no me había informado de nada, ahora me amenaza con un despido disciplinario. Acudí a la embajada y me dijeron que no pueden hacer nada porque es una cuestión de la ley sueca… comuniqué a la empresa desde octubre este problema y dicen que lo tengo que arreglar yo, pero no puedo, estoy casada y mi marido permanece en mi anterior destino porque no consigo legalizarme, además me encuentro mal desde hace tiempo, y no tengo cobertura de seguridad social en Suecia (la empresa me paga la seguridad social española). ¿Si me aplican el despido disciplinario por una cuestión que yo no puedo resolver, ni siquiera la embajada, qué posibilidades tengo de que se declare improcedente en un juicio?. Gracias por resolver mis dudas.
Para un despido disciplinario, el comportamiento del trabajador ha de ser grave y CULPABLE. De todos modos, hasta que no se produzca el despido no se puede saber las posibilidades de la impugnación.
Gracias. La cuestión es que me acusan de ser yo la que actúa de mala fe no queriendo regularizarme, y por mucho que les diga que es así la ley sueca, haber solicitado un pasaporte de servicios, la ayuda de mi director y del cónsul, siguen considerándome culpable y presionando.