InicioPrestación por desempleo
Un extranjero casado con española puede capitalizar el paro para volver a su país
- Tribunal
- Tribunal Supremo · Sala de lo Social
- Fecha
- 17 de mayo de 2022
- Recurso
- Recurso de casación para la unificación de doctrina
- Texto oficial
- Leer la sentencia
La exclusión de la capitalización del desempleo para el retorno alcanza solo a nacionales de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo y de Suiza. Es una excepción restrictiva que no se extiende por analogía al familiar de una ciudadana comunitaria.
La cuestión que se planteaba
Derecho a capitalizar el paro y regresar a su país de origen.
Qué pasó
Un trabajador de nacionalidad ecuatoriana, casado con una ciudadana española, obtuvo la prestación contributiva por desempleo en su modalidad de pago acumulado y anticipado para retornar a su país: se le abonó el 40 % y el resto se le pagaría a los treinta días de estar allí.
Después, el Servicio Público de Empleo Estatal detectó que estaba casado con una española y era titular de una tarjeta de residencia de familiar de ciudadano comunitario. Revocó la concesión y declaró indebido lo ya abonado, por entender que no se le aplicaba el Real Decreto-ley 4/2008.
Qué dice el tribunal
El Tribunal Superior de Justicia desestimó la demanda porque, al tener derecho a entrar libremente en España, el trabajador no podía asumir el compromiso de no regresar en tres años.
El Tribunal Supremo estima y reconoce el derecho a la capitalización: no hay una prohibición normativa de regresar a España, sino una renuncia voluntaria y temporal a ejercer un derecho.
Según el apartado tres del artículo único del Real Decreto-ley 4/2008, quedan excluidos «los trabajadores nacionales de países que formen parte de la Unión Europea o del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo y de Suiza». Como es una excepción que restringe el derecho, no cabe aplicarla por analogía. Incluir nuevos colectivos excluidos corresponde al legislador, no al intérprete.
Recorrido del proceso judicial
- SuplicaciónTribunal Superior de Justicia: desestima la demanda
- CasaciónTribunal Supremo · 17 de mayo de 2022: reconoce el derecho a la capitalización
El fallo
Reconoce el derecho a capitalizar la prestación por desempleo para el retorno.
Comentarios
Las guías donde se explica la regla general.
Normas y preceptos aplicados. Despliega cada uno para leer su texto.
Artículo artículo único, apartado tresReal Decreto-ley 4/2008la exclusión de la capitalización para el retorno no alcanza al familiar extranjero de una ciudadana comunitaria
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