InicioSalario y nómina

Directores de obra de la agencia ambiental andaluza: sin plus de disponibilidad

Tribunal
Tribunal Supremo · Sala de lo Social
Fecha
8 de septiembre de 2022
Texto oficial
Leer la sentencia

Sentencia · Alejandro Aradas García · 2 min de lectura

La doctrina, en una línea

El plus de disponibilidad y localización del convenio solo se cobra cuando la empresa organiza la guardia localizada conforme al convenio. Que la normativa de la construcción exija a directores de obra y coordinadores de seguridad una disponibilidad amplia no da derecho al plus, sin perjuicio de las horas extraordinarias.

La cuestión que se planteaba

Derecho a recibir un plus de disponibilidad y localización según el convenio colectivo de aplicación.

Qué pasó

El artículo 94.6 del Convenio Colectivo de la Agencia de Medio Ambiente y Agua de Andalucía regula el plus de disponibilidad y localización fuera del tiempo de trabajo efectivo.

Según el convenio, la Agencia determina el sistema de disponibilidad según las necesidades del servicio, primero con carácter voluntario y, si no hay personal suficiente, designando a quienes deben hacer la guardia localizada, de 24 horas o a partir del fin de la jornada, incluidos fines de semana y festivos.

Los sindicatos pidieron que se reconociera el plus a los directores de obra y a los coordinadores de seguridad y salud, porque la normativa del sector de la construcción les exige una disponibilidad total, más allá de su jornada.

Qué dice el tribunal

El Tribunal Superior de Justicia desestimó la demanda, y el Tribunal Supremo hace lo mismo.

El sistema de disponibilidad y localización lo determina la Agencia según los requerimientos del servicio, primero de forma voluntaria y, si faltan voluntarios, designando al personal que deba hacer la guardia localizada.

Aunque el sindicato alegaba que a los directores de obra y coordinadores de seguridad se les exige una disponibilidad total por la normativa de la construcción, el Tribunal Supremo considera que no se cumplen los requisitos del convenio para abonar el plus, sin perjuicio de la posible realización de horas extraordinarias.

Recorrido del proceso judicial

  1. InstanciaTribunal Superior de Justicia de Andalucía: desestima la demanda
  2. CasaciónTribunal Supremo · 8 de septiembre de 2022: desestima

El fallo

Desestima y niega el plus de disponibilidad a directores de obra y coordinadores de seguridad.

Comparte esta sentencia

Comentarios

Deja tu comentario

Los comentarios se publican después de revisarlos. Por favor, no escribas datos que permitan identificarte a ti ni a tu empresa.

Las guías donde se explica la regla general.