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Si el convenio solo descuenta el plus en vacaciones, no cabe añadir más casos
- Tribunal
- Tribunal Supremo · Sala de lo Social
- Fecha
- 9 de mayo de 2025
- Recurso
- Recurso de casación
- Texto oficial
- Leer la sentencia
Cuando el convenio configura el plus de transporte como concepto extrasalarial e indemnizatorio, de cuantía fija y once mensualidades, y solo permite minorarlo durante las vacaciones, la empresa no puede descontarlo unilateralmente por ausencias justificadas que el convenio no contempla.
La cuestión que se planteaba
STS 2287/2025, Tribunal Supremo, 9 de mayo de 2025 , la empresa debe abonar el plus de transporte íntegro salvo en vacaciones o suspensión de contrato, aunque haya ausencias justificadas.
Qué pasó
El artículo 18 C) del convenio colectivo de Siemens Rail Automation, S.A.U. regula el plus de transporte.
CCOO y UGT-FICA plantearon conflicto colectivo para que se abonara de forma íntegra, salvo en vacaciones y suspensiones del contrato, incluso cuando hubiera ausencias justificadas.
La empresa sostenía que debía pagarse solo en proporción a los días efectivamente trabajados.
Qué dice el tribunal
La Audiencia Nacional había razonado que el plus tiene naturaleza indemnizatoria, porque compensa gastos de desplazamiento, y que el convenio pacta su devengo para once mensualidades con cuantía fija.
El Tribunal Supremo confirma esa lectura. El artículo del convenio establece con claridad que el plus tiene carácter extrasalarial e indemnizatorio, se abona en cantidad fija y solo permite su minoración durante las vacaciones, según lo pactado.
Añade que el convenio no dice que deba descontarse en caso de ausencias justificadas, y que la empresa no puede aplicar por su cuenta un criterio restrictivo que el texto no recoge.
Recorrido del proceso judicial
- InstanciaAudiencia Nacional: estima en parte: el plus se paga íntegro salvo en vacaciones o suspensiones del contrato
- CasaciónTribunal Supremo · 9 de mayo de 2025: desestima el recurso de la empresa
El fallo
Desestima el recurso de la empresa y confirma que el plus de transporte se abona íntegro salvo en vacaciones y suspensiones del contrato.
Comentarios
Las guías donde se explica la regla general.
Normas y preceptos aplicados. Despliega cada uno para leer su texto.
Artículo 18 C)Convenio Colectivo de Siemens Rail Automationel plus de transporte es extrasalarial y de cuantía fija: solo se minora en vacaciones, y no por ausencias justificadas
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- También se citan
Artículo 1281 a 1285Código Civilreglas de interpretación de los contratos, aplicadas al convenio
Texto del artículoTexto consolidado vigenteArtículo 1281.
Si los términos de un contrato son claros y no dejan duda sobre la intención de los contratantes, se estará al sentido literal de sus cláusulas.
Si las palabras parecieren contrarias a la intención evidente de los contratantes, prevalecerá ésta sobre aquéllas.
Textos legales basados en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado. Se trata de un texto consolidado de carácter meramente informativo, sin valor oficial. Para el texto auténtico hay que acudir al BOE.
Resoluciones que cita esta sentencia.
- Tribunal SupremoSentencias del Tribunal Supremo 855/2022, 569/2021 y 389/2017Delimitan cuándo un plus tiene carácter salarial o extrasalarial y sus efectos retributivos