InicioJubilación, viudedad y orfandad
Sin altas después de abril de 2013 se jubila con la ley antigua
- Tribunal
- Tribunal Supremo · Sala de lo Social
- Fecha
- 12 de junio de 2025
- Recurso
- Recurso de casación para la unificación de doctrina
- Texto oficial
- Leer la sentencia
Si la relación laboral se extinguió antes del 1 de abril de 2013 y no ha habido alta posterior en la Seguridad Social, se aplica la normativa de jubilación anterior a la Ley 27/2011 aunque la pensión se solicite años después. Haber estado en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos no excluye por sí solo esa aplicación.
La cuestión que se planteaba
Sentencia del Tribunal Supremo, 12 de junio de 2025 - El Supremo reconoce el derecho a aplicar la legislación anterior a la reforma de pensiones de 2011 en jubilación solicitada en 2021
Qué pasó
Un trabajador solicitó su pensión de jubilación en marzo de 2021.
Había cesado en su actividad como autónomo en 2012 y no volvió a cotizar después de esa fecha.
El Instituto Nacional de la Seguridad Social le denegó la pensión por no acreditar la edad mínima exigible, al entender que no le era aplicable la normativa anterior a la Ley 27/2011.
Qué dice el tribunal
El Tribunal Supremo aplica la disposición transitoria cuarta de la Ley General de la Seguridad Social tal y como está escrita: si la relación laboral se extinguió antes del 1 de abril de 2013 y no se ha vuelto a estar de alta después de esa fecha, procede aplicar la normativa anterior a la Ley 27/2011, aunque la pensión se solicite más tarde.
El trabajador cumplía las dos condiciones: cesó como autónomo en 2012 y no volvió a cotizar.
El Tribunal Superior de Justicia había denegado el derecho por la mera inclusión en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, pero esa exclusión no está en la norma.
Recorrido del proceso judicial
- SuplicaciónTribunal Superior de Justicia: deniega el derecho por haber estado incluido en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos
- CasaciónTribunal Supremo · 12 de junio de 2025: estima el recurso del trabajador
El fallo
Estima el recurso del trabajador y declara aplicable la normativa de jubilación anterior a la Ley 27/2011.
Comentarios
Las guías donde se explica la regla general.
Normas y preceptos aplicados. Despliega cada uno para leer su texto.
Artículo disposición transitoria cuarta.5 a)LGSSse aplica la normativa anterior a la Ley 27/2011 si no hubo alta tras el 1 de abril de 2013, sin que la inclusión en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos lo impida
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Resoluciones que cita esta sentencia.
- 24 mar 2021Tribunal SupremoSentencia del Tribunal Supremo 345/2021, de 24 de marzoInterpreta literalmente la disposición transitoria cuarta.5 de la Ley General de la Seguridad Social