InicioIncapacidad permanente
El grado de discapacidad se mide por las limitaciones, no por el diagnóstico
- Tribunal
- Tribunal Superior de Justicia · Sala de lo Social
- Fecha
- 19 de diciembre de 2024
- Recurso
- Recurso de suplicación
- Texto oficial
- Leer la sentencia
La valoración de la discapacidad atiende a las limitaciones funcionales concretas y no al diagnóstico clínico; el baremo posterior, que incorpora cuestionarios sobre dolor y fatiga, no se aplica retroactivamente.
La cuestión que se planteaba
STSJ Canarias, 19 de diciembre de 2024 – Reconocimiento de grado de discapacidad por fibromialgia, fatiga crónica y sensibilidad química múltiple
Qué pasó
La demandante solicitaba el reconocimiento de un 75 % de discapacidad y, subsidiariamente, de un 65 %.
Se basaba en fibromialgia, síndrome de fatiga crónica y sensibilidad química múltiple, además de otras patologías.
El juzgado le reconoció únicamente un 19 %, en aplicación del baremo entonces vigente, que no contempla esas enfermedades de forma autónoma.
Qué dice el tribunal
La Sala confirma la decisión y desestima el recurso.
Señala que la valoración debe hacerse atendiendo a las limitaciones funcionales concretas y no al diagnóstico.
Y recuerda que el real decreto posterior incorpora baremos más completos, con cuestionarios sobre dolor y fatiga, pero no es aplicable retroactivamente.
Recorrido del proceso judicial
- InstanciaJuzgado de lo Social: reconoce un 19 % de discapacidad
- SuplicaciónTribunal Superior de Justicia de Canarias · 19 de diciembre de 2024: desestima el recurso
El fallo
Desestima el recurso y confirma el 19 % de discapacidad.
La sentencia incluye un voto particular que defiende el reconocimiento de un 77 % de discapacidad, aplicando perspectiva de género y de discapacidad, integrando las lagunas normativas y atendiendo al impacto diferenciado de estas enfermedades feminizadas en la vida diaria. Critica su invisibilidad jurídica y la falta de diligencia debida en su valoración.
Comentarios
Las guías donde se explica la regla general.
Normas y preceptos aplicados. Despliega cada uno para leer su texto.
Artículo 4Real Decreto 1971/1999la valoración se hace por las limitaciones funcionales concretas y no por el diagnóstico
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Artículo disposición transitoria 1Real Decreto 888/2022sus nuevos baremos sobre dolor y fatiga no se aplican retroactivamente
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- También se citan
Artículo 49Constitución Españolaprotección de las personas con discapacidad, invocada en el voto particular
Texto del artículoTexto consolidado vigenteArtículo 49
1. Las personas con discapacidad ejercen los derechos previstos en este Título en condiciones de libertad e igualdad reales y efectivas. Se regulará por ley la protección especial que sea necesaria para dicho ejercicio.
2. Los poderes públicos impulsarán las políticas que garanticen la plena autonomía personal y la inclusión social de las personas con discapacidad, en entornos universalmente accesibles. Asimismo, fomentarán la participación de sus organizaciones, en los términos que la ley establezca. Se atenderán particularmente las necesidades específicas de las mujeres y los menores con discapacidad.
Artículo 14Constitución Españolaigualdad, invocada en el voto particular con perspectiva de género
Texto del artículoTexto consolidado vigenteArtículo 14
Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.
Textos legales basados en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado. Se trata de un texto consolidado de carácter meramente informativo, sin valor oficial. Para el texto auténtico hay que acudir al BOE.
Resoluciones que cita esta sentencia.
- 28 ene 2010Tribunal SupremoSentencias del Tribunal Supremo de 28 de enero de 2010 y de 17 de diciembre de 2004La valoración de la discapacidad debe atender a las limitaciones funcionales y no al diagnóstico clínico
- 18 sep 2015TSJSentencias del Tribunal Superior de Justicia de Galicia de 18 de septiembre de 2015 y de 16 de septiembre de 2021Abordan la cobertura de lagunas normativas en enfermedades feminizadas como la fibromialgia o el lupus