InicioMaternidad y paternidad
Denegado el subsidio, gastar permisos y vacaciones no retrasa sus efectos
- Tribunal
- Tribunal Supremo · Sala de lo Social
- Fecha
- 27 de febrero de 2025
- Recurso
- Recurso de casación para la unificación de doctrina
- Texto oficial
- Leer la sentencia
Si se deniega el certificado de riesgo y después se acredita que el riesgo existía, no puede exigirse a la trabajadora que renunciara al salario mientras esperaba la decisión judicial. Está justificado que se protegiera con permisos o vacaciones, y esos periodos no impiden retrotraer los efectos del subsidio.
La cuestión que se planteaba
Determinar la fecha de efectos del subsidio económico en la situación de riesgo durante la lactancia natural cuando la trabajadora, a quien se le denegó el derecho prestacional, tras concluir el periodo de maternidad estuvo de permisos, vacaciones mientras reclamaba judicialmente frente a esa denegación.
Qué pasó
Una veterinaria de saneamiento ganadero dio a luz en 2020; su permiso por nacimiento terminó el 28 de mayo de 2020.
El 21 de abril había solicitado a la mutua el certificado médico de existencia de riesgo durante la lactancia natural, que le fue denegado el 12 de mayo por no apreciarse riesgo. Su reclamación previa fue desestimada.
Disfrutó de forma continuada permisos por asuntos propios, permiso por horas acumuladas de lactancia y vacaciones hasta el 28 de agosto de 2020.
Después pasó a excedencia por cuidado de hija menor de tres años, desde el 31 de agosto de 2021 hasta el 7 de noviembre de 2021, cuando la menor cumplió nueve meses.
Qué dice el tribunal
Las resoluciones anteriores razonaron que durante el periodo discutido la trabajadora disfrutó de permisos de distinta finalidad y de vacaciones, percibiendo salario; y que si el subsidio no puede percibirse estando en incapacidad temporal hasta que esa situación cesa, con mayor razón no cabe retrotraer sus efectos a momentos de permisos o situaciones incompatibles que no suspenden la relación laboral.
El Tribunal Supremo reconoce que el subsidio sustituye el salario que se deja de percibir por la suspensión de la relación laboral.
Pero añade el dato decisivo: ante la denegación y la negación de un riesgo que después quedó acreditado, no podía exigirse a la trabajadora que renunciara al salario cuando se le negaba el subsidio que lo sustituye.
Estaba justificado, por tanto, que se protegiera acudiendo a medidas como los permisos o las vacaciones, que la apartaban —hasta obtener una decisión judicial— de una actividad que entendía generadora de riesgo para la lactancia natural de su hijo.
Recorrido del proceso judicial
- InstanciaJuzgado de lo Social: estima en parte y reconoce el subsidio desde el 31 de agosto de 2020
- SuplicaciónTribunal Superior de Justicia: confirma la fecha de efectos
- CasaciónTribunal Supremo · 27 de febrero de 2025: estima el recurso de la trabajadora
El fallo
Estima el recurso de la trabajadora y adelanta la fecha de efectos del subsidio por riesgo durante la lactancia natural.
Comentarios
Las guías donde se explica la regla general.
Normas y preceptos aplicados. Despliega cada uno para leer su texto.
Artículo 188Ley General de la Seguridad Socialel disfrute de permisos o vacaciones mientras se litiga contra la denegación del certificado no impide retrotraer los efectos del subsidio
Texto del artículoTexto consolidado vigenteArtículo 188. Situación protegida.
A los efectos de la prestación económica por riesgo durante la lactancia natural, se considera situación protegida el período de suspensión del contrato de trabajo en los supuestos en que, debiendo la mujer trabajadora cambiar de puesto de trabajo por otro compatible con su situación, en los términos previstos en el artículo 26.4 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, dicho cambio de puesto no resulte técnica u objetivamente posible, o no pueda razonablemente exigirse por motivos justificados.
Textos legales basados en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado. Se trata de un texto consolidado de carácter meramente informativo, sin valor oficial. Para el texto auténtico hay que acudir al BOE.