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Las listas de espera no bloquean la valoración de la incapacidad
- Tribunal
- Tribunal Superior de Justicia de Canarias (Las Palmas) · Sala de lo Social
- Fecha
- 31 de julio de 2026
- Número de sentencia
- 1091/2026
- Recurso
- Recurso de suplicación
- Texto oficial
- Leer la sentencia
Las dolencias que agravan otras anteriores, las que ya existían y se manifiestan después y las que no detectaron los servicios médicos no son hechos nuevos ajenos al expediente: las listas de espera de la sanidad pública no pueden bloquear la valoración de la incapacidad.
La cuestión que se planteaba
Sentencia Tribunal Superior de Justicia de Las Palmas, de 31 de julio de 2026, 1091/2026 (rec. 1153/2025) : las listas de espera de la sanidad pública no pueden bloquear la valoración incapacitante.
Qué pasó
Un albañil con discopatía lumbar operada sin éxito, polineuropatía y reacción depresiva fue declarado en incapacidad permanente absoluta en la instancia.
El Instituto Nacional de la Seguridad Social recurrió alegando que no cabía valorar la depresión, por dos motivos: no constaba en el dictamen del equipo de valoración de incapacidades y estaba pendiente de Psiquiatría, con cita programada para abril de 2026.
Qué dice el tribunal
La Sala recuerda la regla sobre qué puede valorarse en vía judicial: no son hechos nuevos ajenos al expediente las dolencias que agravan otras anteriores, las que ya existían y se manifiestan después, ni las que no fueron detectadas por los servicios médicos. Todas ellas entran en el enjuiciamiento.
Añade un argumento procesal decisivo: la entidad gestora solo puede invocar indefensión si la alegó en el acto del juicio con la protesta pertinente, y aquí no lo hizo, pese a haber intervenido activamente en la práctica de la prueba pericial.
En consecuencia, la cita pendiente con Psiquiatría no impide calificar la situación con el cuadro que consta acreditado.
Recorrido del proceso judicial
- InstanciaJuzgado de lo Social: declara la incapacidad permanente absoluta
- SuplicaciónTribunal Superior de Justicia de Canarias (Las Palmas) · 31 de julio de 2026: desestima el recurso de la entidad gestora
El fallo
Desestima el recurso y confirma la incapacidad permanente absoluta.
Comentarios
Las guías donde se explica la regla general.
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