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Artículo 65 del Ley General de la Seguridad Social
Contenido de las ayudas asistenciales
Título I. Normas generales del sistema de la Seguridad Social › Capítulo IV. Acción protectora › Sección 6.ª Asistencia social
Artículo 65. Contenido de las ayudas asistenciales
Las ayudas asistenciales comprenderán, entre otras, las que se dispensen por tratamientos o intervenciones especiales, en casos de carácter excepcional, por un determinado facultativo o en determinada institución; por pérdida de ingresos como consecuencia de la rotura fortuita de aparatos de prótesis, y cualesquiera otras análogas cuya percepción no esté regulada en esta ley ni en las normas específicas aplicables a los regímenes especiales.
Textos legales basados en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado. Se trata de un texto consolidado de carácter meramente informativo, sin valor oficial. Para el texto auténtico hay que acudir al BOE.