InicioNormativaLey sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social

Artículo 20 del Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social

Concepto

Capítulo III. Infracciones en materia de Seguridad Social

Redacción vigente desde el 1 de enero de 2001

Artículo 20. Concepto

1. Son infracciones en materia de Seguridad Social las acciones y omisiones de los distintos sujetos responsables a que se refiere el artículo 2.2 de la presente Ley, contrarias a las disposiciones legales y reglamentarias que regulan el sistema de la Seguridad Social, tipificadas y sancionadas como tales en la presente Ley.

2. A los efectos de la presente Ley se asimilan a las infracciones y sanciones en materia de Seguridad Social las producidas respecto de otras cotizaciones que recaude el sistema de Seguridad Social.

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