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Artículo 212 del Ley Reguladora de la Jurisdicción Social
Remisión de los autos
Libro TERCERO. De los medios de impugnación › Título III. Del recurso de casación y demás procesos atribuidos al conocimiento del Tribunal Supremo
Artículo 212. Remisión de los autos
Transcurrido el plazo de impugnación y, en su caso, el de alegaciones del apartado 3 del artículo anterior, háyanse presentado o no escritos en tal sentido, y previo traslado de las alegaciones si se hubieran presentado, se elevarán los autos a la Sala de lo Social del Tribunal Supremo dentro de los cinco días siguientes.
Textos legales basados en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado. Se trata de un texto consolidado de carácter meramente informativo, sin valor oficial. Para el texto auténtico hay que acudir al BOE.