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Artículo 218 del Ley Reguladora de la Jurisdicción Social

Sentencias recurribles

Libro TERCERO. De los medios de impugnación › Título IV. Del recurso de casación para la unificación de doctrina

Redacción vigente desde el 11 de diciembre de 2011

Artículo 218. Sentencias recurribles

Son recurribles en casación para la unificación de doctrina, las sentencias dictadas en suplicación por las Salas de lo Social de los Tribunales Superiores de Justicia.

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