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Artículo 298 del Ley Reguladora de la Jurisdicción Social

Petición de ejecución provisional por parte del trabajador

Libro CUARTO. De la ejecución de sentencias › Título II. De la ejecución provisional › Capítulo III. De las sentencias de despido

Redacción vigente desde el 11 de diciembre de 2011

Artículo 298. Petición de ejecución provisional por parte del trabajador

Si en virtud de lo dispuesto en el artículo anterior se presentase petición del trabajador, por escrito o por comparecencia, con el fin de exigir del empresario el cumplimiento de aquella obligación o solicitud de éste para que aquél reanude la prestación de servicios, el juez o Sala, oídas las partes, resolverá lo que proceda.

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