InicioIncapacidad permanente
Trabajador de la ONCE con ceguera legal previa que empeora poco: sin incapacidad absoluta
- Tribunal
- Tribunal Supremo · Sala de lo Social
- Fecha
- 7 de junio de 2022
- Recurso
- Recurso de casación para la unificación de doctrina
- Texto oficial
- Leer la sentencia
Cuando la persona ya tenía ceguera legal al empezar a trabajar en la ONCE, la agravación se valora frente a su capacidad ya reducida, no frente a la de un trabajador ordinario. Si la agudeza visual inicial ya era casi nula y apenas varía, no procede ningún grado de incapacidad permanente.
La cuestión que se planteaba
Declaración de incapacidad permanente absoluta a un trabajador con una baja agudeza visual antes de cotizar a la seguridad social pero que ve agravada sus dolencias posteriormente
Qué pasó
Un trabajador de la ONCE tenía, antes de incorporarse, una agudeza visual de lejos de 0 en el ojo derecho y de 0,011 en el izquierdo.
Un informe oftalmológico de junio de 2016 recogía glaucoma en ambos ojos, amaurosis en el derecho y un islote visual residual en el izquierdo, con criterios de ceguera legal por reducción del campo visual por debajo de 10 grados. Pidió la incapacidad permanente absoluta.
Qué dice el tribunal
La cuestión era si procede la incapacidad permanente absoluta cuando, teniendo ya ceguera legal al ingresar en la ONCE, la dolencia se agrava pero sigue siendo ceguera legal.
La valoración no puede hacerse comparando con la capacidad laboral normal de un trabajador ordinario, sino con la ya reducida que presentaba el propio trabajador.
Como la agudeza visual inicial ya era casi nula y no hay una variación relevante, el agravamiento no tiene trascendencia suficiente para declarar una incapacidad permanente en ninguno de sus grados.
Recorrido del proceso judicial
- CasaciónTribunal Supremo · 7 de junio de 2022: niega la incapacidad permanente
El fallo
Declara que no procede ningún grado de incapacidad permanente.
La entrega menciona una agudeza visual de 0,6 en el informe de 2016, que parece contradictoria con la ceguera legal: conviene comprobarla.
Comentarios
Las guías donde se explica la regla general.
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