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Limpiadoras temporales de un ayuntamiento: cobran como las fijas pese a la congelación

Tribunal
Tribunal Supremo · Sala de lo Social
Fecha
6 de octubre de 2022
Texto oficial
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Sentencia · Alejandro Aradas García · 1 min de lectura

La doctrina, en una línea

La congelación salarial del sector público de 2012 no impide reclamar las diferencias entre el personal temporal y el fijo que hace el mismo trabajo. No se pide ningún incremento, sino acabar con una diferencia de trato sin justificación, que es discriminatoria.

La cuestión que se planteaba

Determinar si corresponde percibir la diferencia de las cantidades reclamas por aplicación del convenio colectivo de un trabajador de un ayuntamiento o no, toda vez que la subida salarial es contraria a las leyes presupuestarias establecidas.

Qué pasó

Personal temporal de limpieza de un ayuntamiento cobraba un salario inferior al del personal fijo que hacía el mismo trabajo, y reclamó las diferencias retributivas por aplicación del convenio colectivo.

Se discutía si la reclamación chocaba con las leyes presupuestarias que congelaron los salarios del sector público.

Qué dice el tribunal

La reclamación se funda en la discriminación entre el personal temporal y el indefinido, porque el temporal cobra menos.

Por eso, el Tribunal Supremo entiende que no puede oponerse el artículo 2.2 del Real Decreto-ley 20/2011, de 30 de diciembre, de medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financiera para la corrección del déficit público, que bloqueó los incrementos salariales del sector público en 2012.

Aquí no se reclama ningún incremento en 2012, sino las diferencias retributivas entre limpiadores fijos y temporales, sin que existan razones que justifiquen esa diferencia de trato: hay claramente una discriminación.

Recorrido del proceso judicial

  1. CasaciónTribunal Supremo · 6 de octubre de 2022: estima el recurso de casación

El fallo

Estima el recurso de casación.

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Las guías donde se explica la regla general.

Normas y preceptos aplicados. Despliega cada uno para leer su texto.

  • Artículo 2.2Real Decreto-ley 20/2011la congelación salarial de 2012 no ampara la diferencia de retribución entre personal temporal y fijo

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