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Acuerdos individuales en masa no pueden cambiar la jornada y el calendario del convenio
- Tribunal
- Tribunal Supremo · Sala de lo Social
- Fecha
- 29 de noviembre de 2022
- Texto oficial
- Leer la sentencia
La voluntad individual de las personas trabajadoras, manifestada al aceptar una oferta de la empresa, no puede modificar lo pactado en el convenio colectivo. Si prevaleciera sobre la autonomía colectiva quebraría el sistema de negociación colectiva, basado en la fuerza vinculante de los convenios del artículo 37.1 de la Constitución.
La cuestión que se planteaba
Validez de los acuerdos en masa sobre cómputo de jornadas de trabajo y calendario laboral en contra de lo indicado en el convenio.
Qué pasó
La empresa ofreció a su plantilla acuerdos individuales sobre el cómputo de las jornadas de trabajo y el calendario laboral que se apartaban de lo establecido en el convenio colectivo, y las personas trabajadoras los aceptaron de forma masiva.
Qué dice el tribunal
El Tribunal Supremo entiende que no es posible modificar el contenido de lo pactado en el convenio colectivo mediante la voluntad individual de las personas trabajadoras, manifestada con la aceptación voluntaria de una oferta formulada por la empresa.
Si prevaleciera la autonomía de la voluntad individual sobre la autonomía colectiva plasmada en un convenio legalmente pactado entre los sindicatos y la representación empresarial, quebraría el sistema de negociación colectiva, cuya virtualidad depende de la fuerza vinculante de los convenios prevista en el artículo 37.1 de la Constitución, como viene afirmando el Tribunal Constitucional.
Por ello, siguiendo la sentencia de la Sala del Tribunal Superior de Justicia, desestima el recurso de la empresa y considera vulnerado el derecho a la libertad sindical y a la negociación colectiva.
Recorrido del proceso judicial
- CasaciónTribunal Supremo · 29 de noviembre de 2022: desestima el recurso de la empresa
El fallo
Desestima el recurso de la empresa y considera vulnerada la libertad sindical en su vertiente de negociación colectiva.
Comentarios
Las guías donde se explica la regla general.
Normas y preceptos aplicados. Despliega cada uno para leer su texto.
Artículo 37.1Constitución Españolala aceptación individual de una oferta de la empresa no puede modificar lo pactado en convenio
Texto del artículoTexto consolidado vigenteArtículo 37
1. La ley garantizará el derecho a la negociación colectiva laboral entre los representantes de los trabajadores y empresarios, así como la fuerza vinculante de los convenios.
2. Se reconoce el derecho de los trabajadores y empresarios a adoptar medidas de conflicto colectivo. La ley que regule el ejercicio de este derecho, sin perjuicio de las limitaciones que puedan establecer, incluirá las garantías precisas para asegurar el funcionamiento de los servicios esenciales de la comunidad.
- También se citan
Artículo 28.1Constitución Españolalibertad sindical en su vertiente de negociación colectiva
Texto del artículoTexto consolidado vigenteArtículo 28
1. Todos tienen derecho a sindicarse libremente. La ley podrá limitar o exceptuar el ejercicio de este derecho a las Fuerzas o Institutos armados o a los demás Cuerpos sometidos a disciplina militar y regulará las peculiaridades de su ejercicio para los funcionarios públicos. La libertad sindical comprende el derecho a fundar sindicatos y a afiliarse al de su elección, así como el derecho de los sindicatos a formar confederaciones y a fundar organizaciones sindicales internacionales o a afiliarse a las mismas. Nadie podrá ser obligado a afiliarse a un sindicato.
2. Se reconoce el derecho a la huelga de los trabajadores para la defensa de sus intereses. La ley que regule el ejercicio de este derecho establecerá las garantías precisas para asegurar el mantenimiento de los servicios esenciales de la comunidad.
Textos legales basados en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado. Se trata de un texto consolidado de carácter meramente informativo, sin valor oficial. Para el texto auténtico hay que acudir al BOE.
Otras sentencias analizadas que la citan.