InicioIncapacidad temporal
La baja común no se compara con la maternidad para cobrar las guardias
- Tribunal
- Tribunal Superior de Justicia de Murcia · Sala de lo Social
- Fecha
- 8 de abril de 2025
- Recurso
- Recurso de suplicación
- Texto oficial
- Leer la sentencia
La diferencia de trato entre la baja por enfermedad común y la baja por maternidad en el complemento de la incapacidad temporal está justificada por una finalidad legítima —la protección reforzada del embarazo y la maternidad— y no puede exigirse igualdad en supuestos que no son homogéneos.
La cuestión que se planteaba
TSJ Murcia, 08/04/2025 , No hay discriminación por excluir las guardias médicas del complemento de incapacidad temporal en enfermedad común.
Qué pasó
Una facultativa reclamó el abono completo de las guardias médicas durante su baja por incapacidad temporal derivada de enfermedad común.
Alegaba un trato desigual respecto de las mujeres en baja por maternidad, que sí las perciben.
El Decreto Legislativo 1/2021 de la Región de Murcia regula los complementos durante la incapacidad temporal según el tipo de contingencia.
Qué dice el tribunal
El tribunal considera que el distinto trato está justificado por una finalidad legítima: la protección reforzada en los casos de embarazo y maternidad.
Y recuerda que no puede exigirse igualdad total entre supuestos que no son homogéneos: la baja por enfermedad común y la baja por maternidad no lo son.
Con ese razonamiento avala la interpretación literal de la norma autonómica, que regula los complementos según el tipo de contingencia.
Recorrido del proceso judicial
- SuplicaciónTribunal Superior de Justicia de Murcia · 8 de abril de 2025: desestima el recurso de la facultativa
El fallo
Desestima el recurso y confirma que excluir las guardias del complemento en la baja por enfermedad común no es discriminatorio.
Comentarios
Las guías donde se explica la regla general.
Normas y preceptos aplicados. Despliega cada uno para leer su texto.
NormaDecreto Legislativo 1/2021 (Región de Murcia)la diferencia de complemento según la contingencia está justificada y no vulnera la igualdad
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Resoluciones que cita esta sentencia.
- 24 ene 2017Tribunal SupremoSentencia del Tribunal Supremo de 24 de enero de 2017Apoya el complemento en las bajas por maternidad, pero no lo extiende a las bajas comunes sin base normativa clara