InicioNormativaLey General de la Seguridad Social

Artículo 360 del Ley General de la Seguridad Social

Cuantía

Título VI. Prestaciones no contributivas › Capítulo I. Prestaciones familiares en su modalidad no contributiva › Sección 4.ª Prestación por parto o adopción múltiples

Redacción vigente desde el 2 de enero de 2016

Artículo 360. Cuantía

La cuantía de la prestación económica por parto o adopción múltiples será la siguiente:

Número de hijos nacidos o adoptados

Número de veces el salario mínimo interprofesional

2

4

3

8

4 y más

12

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