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Artículo 365 del Ley General de la Seguridad Social
Efectos económicos de las pensiones
Título VI. Prestaciones no contributivas › Capítulo II. Pensiones no contributivas › Sección 1.ª Incapacidad no contributiva
Artículo 365. Efectos económicos de las pensiones
Los efectos económicos del reconocimiento del derecho a las pensiones de incapacidad no contributiva se producirán a partir del día primero del mes siguiente a aquel en que se presente la solicitud.
Redacciones anteriores
Lo que decía el artículo antes de su última reforma. Sirve para los hechos ocurridos mientras estuvo vigente.
Del 2 de enero de 2016 al 1 de mayo de 2025
Artículo 365. Efectos económicos de las pensiones.
Los efectos económicos del reconocimiento del derecho a las pensiones de invalidez no contributiva se producirán a partir del día primero del mes siguiente a aquel en que se presente la solicitud.
Textos legales basados en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado. Se trata de un texto consolidado de carácter meramente informativo, sin valor oficial. Para el texto auténtico hay que acudir al BOE.