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Artículo 161 del Ley Reguladora de la Jurisdicción Social
Inimpugnabilidad de las resoluciones de tramitación
Libro SEGUNDO. Del proceso ordinario y de las modalidades procesales › Título II. De las modalidades procesales › Capítulo VIII. Del proceso de conflictos colectivos
Artículo 161. Inimpugnabilidad de las resoluciones de tramitación
Contra las resoluciones que se dicten en su tramitación no cabrá recurso, salvo el de declaración inicial de incompetencia.
Textos legales basados en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado. Se trata de un texto consolidado de carácter meramente informativo, sin valor oficial. Para el texto auténtico hay que acudir al BOE.