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Artículo 189 del Ley Reguladora de la Jurisdicción Social

Recurso de queja

Libro TERCERO. De los medios de impugnación › Título I. De los recursos contra providencias, autos, diligencias de ordenación y decretos

Redacción vigente desde el 11 de diciembre de 2011

Artículo 189. Recurso de queja

Los recursos de queja de que conozcan las Salas de lo Social de los Tribunales Superiores de Justicia o la Sala de lo Social del Tribunal Supremo, según los casos, se tramitarán de conformidad con lo dispuesto en la Ley de Enjuiciamiento Civil para recurrir en queja.

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