Actualidad laboral
Todo lo que se publica, por orden de fecha: guías, noticias y sentencias.
- [fecha]GuíaVacaciones no disfrutadas al terminar el contrato: cuándo y cuánto se cobranLas vacaciones solo se cambian por dinero cuando el contrato termina: entonces la empresa tiene que pagar en el finiquito los días generados y no disfrutados, sea cual sea la causa del cese. Se pagan con el salario normal, complementos habituales incluidos, cotizan y tributan como salario, y se reclaman en el plazo de un año desde el fin del contrato.
- [fecha]GuíaVenta de la empresa en concurso de acreedores: qué pasa con la plantilla y con las deudasCuando en un concurso se vende una unidad productiva, la ley la trata como una sucesión de empresa: la compradora se queda con los contratos de quienes trabajan en ella, con su antigüedad y condiciones. De las deudas laborales y de Seguridad Social anteriores responde en principio solo respecto de esas personas, y desde la reforma de 2022 es el juez del concurso quien decide si hay sucesión y qué deudas pasan; en las ventas anteriores, el Tribunal Supremo ha extendido la responsabilidad también a quienes ya habían dejado la empresa.
- [fecha]Guía¿Puedo viajar o irme de vacaciones estando de baja? Riesgos y cómo hacerlo bienNinguna ley prohíbe viajar estando de baja. Lo que cuenta es que el viaje sea compatible con la dolencia y no retrase la curación, y que no te impida acudir a las citas de control: si falla lo primero te pueden despedir, y si falla lo segundo puedes perder la prestación.
- [fecha]GuíaVolver a la jornada anterior tras una reducción o adaptación: cuándo y cómoAl terminar el periodo pactado o cuando desaparece la causa (por ejemplo, el hijo o hija cumple 12 años), la persona trabajadora tiene derecho a volver a su jornada y horario anteriores. Antes de esa fecha, la vuelta de una adaptación solo puede negarse con razones objetivas motivadas, y la renuncia anticipada a una reducción se ha admitido por los tribunales, aunque no siempre. Si la empresa se niega, se reclama en el juzgado en 20 días.