InicioNormativaLey sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social
Artículo 33 del Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social
Concepto
Capítulo IV. Infracciones en materia de movimientos migratorios y trabajo de extranjeros › Sección 1.ª Infracciones en materia de movimientos migratorios
Artículo 33. Concepto
Son infracciones en materia de movimientos migratorios laborales las acciones u omisiones de los sujetos a quienes se refiere el artículo 2.4 tipificadas y sancionadas de conformidad con la presente Ley.
Redacciones anteriores
Lo que decía el artículo antes de su última reforma. Sirve para los hechos ocurridos mientras estuvo vigente.
Del 1 de enero de 2001 al 16 de diciembre de 2006
Artículo 33. Concepto.
Son infracciones en materia de emigración y movimientos migratorios laborales las acciones u omisiones de los sujetos a quienes se refiere el artículo 2.4 tipificadas y sancionadas de conformidad con la presente Ley.
Textos legales basados en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado. Se trata de un texto consolidado de carácter meramente informativo, sin valor oficial. Para el texto auténtico hay que acudir al BOE.