InicioNormativaLey sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social
Artículo 34 del Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social
Infracciones leves
Capítulo IV. Infracciones en materia de movimientos migratorios y trabajo de extranjeros › Sección 1.ª Infracciones en materia de movimientos migratorios
Artículo 34. Infracciones leves
Constituye infracción leve la modificación de las condiciones de la oferta de trabajo para desplazarse al exterior, si no causa perjuicio grave para el trabajador.
Redacciones anteriores
Lo que decía el artículo antes de su última reforma. Sirve para los hechos ocurridos mientras estuvo vigente.
Del 1 de enero de 2001 al 16 de diciembre de 2006
Artículo 34. Infracciones leves.
Son infracciones leves:
1. La modificación de las condiciones de la oferta para emigrar, una vez autorizada administrativamente, si no causa perjuicio grave para los emigrantes.
2. No presentar los contratos de trabajo para su visado por la autoridad laboral, o no entregar al trabajador la copia del contrato ya visado.
3. La inaplicación de los descuentos establecidos para el transporte de los emigrantes.
Textos legales basados en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado. Se trata de un texto consolidado de carácter meramente informativo, sin valor oficial. Para el texto auténtico hay que acudir al BOE.