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Obtener plaza transforma el contrato, no lo extingue
- Tribunal
- Tribunal Supremo · Sala de lo Social
- Fecha
- 14 de julio de 2026
- Recurso
- Recurso de casación para la unificación de doctrina
- Texto oficial
- Leer la sentencia
La conversión del contrato de interinidad en fijo al obtener plaza en el proceso selectivo es novación modificativa y no extintiva, de modo que no genera la indemnización de veinte días, aunque conlleve cambio de centro de trabajo.
La cuestión que se planteaba
Sentencia del Tribunal Supremo de 14 de julio de 2026 (rcud 1861/2024) . La conversión del contrato de interinidad en fijo al obtener plaza en el proceso selectivo es una novación modificativa, no extintiva, y no genera la indemnización de 20 días.
Qué pasó
La trabajadora social de una diputación provincial era interina por vacante desde 2008.
Obtuvo plaza de su misma categoría en el proceso selectivo y su contrato se transformó en fijo, con un cambio de centro de trabajo.
Reclamó la indemnización de veinte días por año, por entender que antes de la conversión había existido una extinción.
Qué dice el tribunal
La Sala aprecia que hubo abuso: la interinidad duró casi quince años, muy por encima de lo admisible.
Pero eso no convierte la conversión en una extinción. La relación pasó de temporal a fija conservando sus condiciones esenciales, y eso es una novación modificativa, no extintiva.
El argumento del cambio de centro, que era el más serio, tampoco prospera: la Sala lo considera una mera incidencia derivada de que la propia trabajadora participó voluntariamente en el proceso selectivo. Quien concurre a un proceso acepta que la plaza que obtenga puede estar en otro sitio.
Sin extinción no hay indemnización por extinción. Lo que queda vivo es la indemnización por el abuso, que deberá reclamarse por su propio cauce.
Recorrido del proceso judicial
- SuplicaciónTribunal Superior de Justicia de Castilla y León: le reconoce 33.841,24 euros por entender que existió extinción previa
- CasaciónTribunal Supremo · 14 de julio de 2026: estima el recurso de la diputación y confirma la desestimación de la demanda
El fallo
Estima el recurso de la diputación, casa la sentencia del Tribunal Superior de Justicia y confirma la desestimación de la demanda, sin perjuicio del derecho a reclamar por trámite autónomo la indemnización por abuso.
Comentarios
Las guías donde se explica la regla general.
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