InicioAccidente de trabajo y enfermedad profesional
El seguro de accidentes del convenio no cubre la muerte por infarto
- Tribunal
- Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León · Sala de lo Social
- Fecha
- 31 de marzo de 2025
- Recurso
- Recurso de suplicación
- Texto oficial
- Leer la sentencia
La cobertura del seguro de accidentes previsto en convenio se limita a los fallecimientos por accidente. El infarto no se considera accidente salvo contratación específica, y sin acreditar que ocurriera en el trabajo no genera derecho a la indemnización.
La cuestión que se planteaba
TSJ Castilla y León, 31/03/2025 , El fallecimiento por infarto no da derecho a la indemnización del seguro de accidentes.
Qué pasó
Un trabajador del Ayuntamiento de Santa Marta de Tormes falleció por un infarto.
Sus hijas reclamaron la indemnización de 30.078 euros prevista en el seguro de accidentes del convenio colectivo.
No quedó acreditado que el infarto se produjera en el trabajo, ni existía una cobertura específica contratada para esa contingencia.
Qué dice el tribunal
El tribunal interpreta la cobertura del seguro de forma literal y sistemática.
Esa cobertura se limita a los fallecimientos por accidente, y el infarto no se considera accidente salvo que se haya contratado una cobertura específica para él.
Como tampoco quedó acreditado que el infarto ocurriera en el trabajo, no se trata de un accidente cubierto y no nace el derecho a la indemnización.
Recorrido del proceso judicial
- InstanciaJuzgado de lo Social: concede la indemnización de 30.078 euros
- SuplicaciónTribunal Superior de Justicia de Castilla y León · 31 de marzo de 2025: estima el recurso del Ayuntamiento y revoca la sentencia
El fallo
Estima el recurso del Ayuntamiento y revoca la sentencia que había concedido la indemnización de 30.078 euros.
Comentarios
Las guías donde se explica la regla general.
- ArtículoSeguro de accidentes del convenio: qué cubre, a quién reclamar y plazoMuchos convenios obligan a la empresa a contratar un seguro que paga un capital por muerte o incapacidad permanente. Se reclama a la empresa y a la aseguradora ante el juzgado de lo social, y si la póliza no cubre lo que exige el convenio, paga la empresa. El Tribunal Supremo aplica a las mejoras voluntarias un plazo de cinco años, aunque conviene reclamar cuanto antes.La guía la cita: El acuerdo regulador obligaba a un seguro de accidentes; aunque la póliza hablaba de muerte por cualquier causa, la Sala entiende que solo cubre la muerte por…
- ArtículoTodas las indemnizaciones por accidente laboralIndemnizaciones y prestaciones que puede reclamar una persona trabajadora en caso de sufrir un accidente laboral o enfermedad profesionalLa guía la cita: El seguro de accidentes pactado cubre la muerte por accidente, no cualquier fallecimiento: el infarto no está cubierto salvo pacto expreso.
- ArtículoFallecimiento de la persona trabajadora: qué se le debe a la familiaLa muerte de la persona trabajadora extingue el contrato, pero no lo que la empresa le debía: salarios del mes, parte de las pagas extra y las vacaciones no disfrutadas pasan a los herederos/as. A eso se suman, si la muerte es natural, quince días de salario que prevé un decreto de 1944; la indemnización o el seguro por fallecimiento si el convenio lo prevé, y las prestaciones de la Seguridad Social por muerte y supervivencia.La guía la cita: El convenio obligaba a un seguro de accidentes. El trabajador murió de un infarto que no se acreditó ocurrido en el trabajo, y el tribunal entiende que un…
Normas y preceptos aplicados. Despliega cada uno para leer su texto.
Artículo 63 y 67Convenio colectivo del Ayuntamiento de Santa Marta de Tormesel seguro cubre la muerte por accidente y no el infarto, salvo cobertura específica contratada
[texto del artículo pendiente de cargar]
Resoluciones que cita esta sentencia.
- Tribunal SupremoSentencias del Tribunal Supremo de 12 de marzo de 2025 y de 28 de enero de 2025Reafirman los criterios de interpretación literal y sistemática de las cláusulas contractuales y convencionales