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Artículo 203 del Ley General de la Seguridad Social
Incompatibilidad con las prestaciones por incapacidad permanente
Título II. Régimen General de la Seguridad Social › Capítulo XII. Lesiones permanentes no incapacitantes
Artículo 203. Incompatibilidad con las prestaciones por incapacidad permanente
Las indemnizaciones a tanto alzado que procedan por las lesiones, mutilaciones y deformidades que se regulan en este capítulo serán incompatibles con las prestaciones económicas establecidas para la incapacidad permanente, salvo en el caso de que dichas lesiones, mutilaciones y deformidades sean totalmente independientes de las que hayan sido tomadas en consideración para declarar tal incapacidad permanente y el grado de la misma.
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