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Artículo 20 bis del Estatuto de los Trabajadores

Derechos de los trabajadores a la intimidad en relación con el entorno digital y a la desconexión

Título I. De la relación individual de trabajo › Capítulo II. Contenido del contrato de trabajo › Sección 2.ª Derechos y deberes derivados del contrato

Redacción vigente desde el 7 de diciembre de 2018 · Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre

Para entenderlo, lee la guíaDerecho a la desconexión digital en el trabajoFuera de tu jornada, en descansos, vacaciones y permisos, no tienes obligación de leer ni contestar correos, llamadas o mensajes de trabajo, y no te pueden sancionar por no hacerlo. El derecho no impide que la empresa envíe un mensaje, ni ampara negarse a trabajo efectivo ordenado fuera del horario habitual.Leer la guía →

Artículo 20 bis. Derechos de los trabajadores a la intimidad en relación con el entorno digital y a la desconexión

Los trabajadores tienen derecho a la intimidad en el uso de los dispositivos digitales puestos a su disposición por el empleador, a la desconexión digital y a la intimidad frente al uso de dispositivos de videovigilancia y geolocalización en los términos establecidos en la legislación vigente en materia de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales.

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