InicioNormativaEstatuto de los Trabajadores
Artículo 20 bis del Estatuto de los Trabajadores
Derechos de los trabajadores a la intimidad en relación con el entorno digital y a la desconexión
Título I. De la relación individual de trabajo › Capítulo II. Contenido del contrato de trabajo › Sección 2.ª Derechos y deberes derivados del contrato
Artículo 20 bis. Derechos de los trabajadores a la intimidad en relación con el entorno digital y a la desconexión
Los trabajadores tienen derecho a la intimidad en el uso de los dispositivos digitales puestos a su disposición por el empleador, a la desconexión digital y a la intimidad frente al uso de dispositivos de videovigilancia y geolocalización en los términos establecidos en la legislación vigente en materia de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales.
Guías sobre este artículo
Textos legales basados en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado. Se trata de un texto consolidado de carácter meramente informativo, sin valor oficial. Para el texto auténtico hay que acudir al BOE.