InicioMedidas de control empresarial
Los recordatorios de firma durante la baja no rompen la desconexión
- Tribunal
- Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha · Sala de lo Social
- Fecha
- 25 de febrero de 2026
- Recurso
- Recurso de suplicación
- Texto oficial
- Leer la sentencia
Los recordatorios automáticos diarios de una plataforma de notificaciones durante la baja médica, relativos a la firma de alegaciones en un expediente disciplinario, no vulneran el derecho a la desconexión digital ni la intimidad.
La cuestión que se planteaba
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha de 25 de febrero de 2026 (rec. 47/2026) . Los recordatorios automáticos diarios de una plataforma de notificaciones durante la baja médica, relativos a la firma de alegaciones en un expediente disciplinario, no vulneran el derecho a la desconexión digital ni la intimidad.
Qué pasó
Un operario de logística con antigüedad desde 2015 mantuvo a finales de junio de 2024 una conversación con la directora de Recursos Humanos en la que solicitaba una salida indemnizada por estrés, que la empresa rechazó.
El 4 de julio de 2024, estando ya de vacaciones, se le notificó por correo certificado a través de una plataforma de firma electrónica la apertura de un expediente disciplinario por hechos del 11 de junio. El 8 de julio inició una incapacidad temporal por síntomas que afectaban al estado emocional.
El delegado sindical de UGT presentó alegaciones de descargo sin la firma del trabajador, por lo que la empresa se las remitió por la misma plataforma para que las firmase. Al no abrir el documento, la plataforma envió de forma automática un recordatorio diario de «comunicación pendiente» durante meses, al menos hasta mayo de 2025.
El trabajador demandó por vulneración de sus derechos a la intimidad, la desconexión digital, la salud y la integridad, y reclamaba 30.000 euros. El Juzgado de lo Social desestimó la demanda.
Qué dice el tribunal
La Sala confirma la desestimación y empieza por un reproche formal: el recurrente se limita a discrepar de la valoración probatoria sin argumentar en qué consistió concretamente la infracción de las normas que invoca.
Sobre el fondo, delimita el alcance del derecho a la desconexión digital: el artículo 88 de la Ley Orgánica de Protección de Datos protege frente al envío de encargos o comunicaciones de trabajo fuera del horario laboral, y en este caso no consta que se remitiera al trabajador ningún documento relativo a su trabajo ni encomienda de tarea alguna.
Lo que la empresa remitió fue el documento de alegaciones que el propio trabajador debía firmar, en el seno de un expediente disciplinario cuya apertura conocía desde antes de la baja, y lo hizo en cumplimiento estricto de la obligación empresarial de dar audiencia.
Añade que los recordatorios eran automáticos y derivaban de la propia pasividad del trabajador, que se negó a atender el devenir del expediente, conducta que la Sala califica de contraria a la buena fe contractual y de falta de diligencia mínima.
No se aprecia, por tanto, injerencia relevante en la vida privada ni vulneración de derecho fundamental alguno.
Recorrido del proceso judicial
- InstanciaJuzgado de lo Social: desestima la demanda
- SuplicaciónTribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha · 25 de febrero de 2026: desestima el recurso del trabajador
El fallo
Desestima el recurso y confirma la sentencia, sin costas.
Comentarios
Las guías donde se explica la regla general.
- ArtículoDerecho a la desconexión digital en el trabajoPosibilidad de negarse a recibir correos electrónicos o WhatsApp fuera de la jornada ordinaria de trabajo.La guía la cita: No aprecia vulneración de la desconexión digital por los recordatorios que la empresa envió durante una baja médica.
- ArtículoTeletrabajo y prevención de riesgos: evaluación del puesto en casa y desconexiónLa empresa debe evaluar los riesgos del puesto en casa, con atención a la ergonomía, los riesgos psicosociales, la jornada y la desconexión, pero solo en la zona donde se trabaja. No puede entrar en el domicilio sin permiso: necesita un informe escrito y, si no se da permiso, evalúa con la información que aporte la persona. Un accidente en casa durante la jornada se presume laboral.La guía la cita: Los recordatorios automáticos diarios de una plataforma de notificaciones, enviados durante la baja médica para que el trabajador firmara alegaciones en un…
Normas y preceptos aplicados. Despliega cada uno para leer su texto.
Artículo 88Ley Orgánica de Protección de Datosel derecho protege frente a encargos de trabajo fuera de horario, no frente a los recordatorios de un expediente disciplinario ya abierto
Texto del artículoTexto consolidado vigenteArtículo 88. Derecho a la desconexión digital en el ámbito laboral.
1. Los trabajadores y los empleados públicos tendrán derecho a la desconexión digital a fin de garantizar, fuera del tiempo de trabajo legal o convencionalmente establecido, el respeto de su tiempo de descanso, permisos y vacaciones, así como de su intimidad personal y familiar.
2. Las modalidades de ejercicio de este derecho atenderán a la naturaleza y objeto de la relación laboral, potenciarán el derecho a la conciliación de la actividad laboral y la vida personal y familiar y se sujetarán a lo establecido en la negociación colectiva o, en su defecto, a lo acordado entre la empresa y los representantes de los trabajadores.
3. El empleador, previa audiencia de los representantes de los trabajadores, elaborará una política interna dirigida a trabajadores, incluidos los que ocupen puestos directivos, en la que definirán las modalidades de ejercicio del derecho a la desconexión y las acciones de formación y de sensibilización del personal sobre un uso razonable de las herramientas tecnológicas que evite el riesgo de fatiga informática. En particular, se preservará el derecho a la desconexión digital en los supuestos de realización total o parcial del trabajo a distancia así como en el domicilio del empleado vinculado al uso con fines laborales de herramientas tecnológicas.
- También se citan
Artículo 18Constitución Españolaintimidad personal
Texto del artículoTexto consolidado vigenteArtículo 18
1. Se garantiza el derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen.
2. El domicilio es inviolable. Ninguna entrada o registro podrá hacerse en él sin consentimiento del titular o resolución judicial, salvo en caso de flagrante delito.
3. Se garantiza el secreto de las comunicaciones y, en especial, de las postales, telegráficas y telefónicas, salvo resolución judicial.
4. La ley limitará el uso de la informática para garantizar el honor y la intimidad personal y familiar de los ciudadanos y el pleno ejercicio de sus derechos.
Artículo 20.2Estatuto de los Trabajadoresdeber de buena fe en el cumplimiento de las obligaciones
Texto del artículoTexto consolidado vigenteArtículo 20. Dirección y control de la actividad laboral.
1. El trabajador estará obligado a realizar el trabajo convenido bajo la dirección del empresario o persona en quien este delegue.
2. En el cumplimiento de la obligación de trabajar asumida en el contrato, el trabajador debe al empresario la diligencia y la colaboración en el trabajo que marquen las disposiciones legales, los convenios colectivos y las órdenes o instrucciones adoptadas por aquel en el ejercicio regular de sus facultades de dirección y, en su defecto, por los usos y costumbres. En cualquier caso, el trabajador y el empresario se someterán en sus prestaciones recíprocas a las exigencias de la buena fe.
3. El empresario podrá adoptar las medidas que estime más oportunas de vigilancia y control para verificar el cumplimiento por el trabajador de sus obligaciones y deberes laborales, guardando en su adopción y aplicación la consideración debida a su dignidad y teniendo en cuenta, en su caso, la capacidad real de los trabajadores con discapacidad.
4. El empresario podrá verificar el estado de salud del trabajador que sea alegado por este para justificar sus faltas de asistencia al trabajo, mediante reconocimiento a cargo de personal médico. La negativa del trabajador a dichos reconocimientos podrá determinar la suspensión de los derechos económicos que pudieran existir a cargo del empresario por dichas situaciones.
Artículo 15Constitución Españolaintegridad moral
Texto del artículoTexto consolidado vigenteArtículo 15
Todos tienen derecho a la vida y a la integridad física y moral, sin que, en ningún caso, puedan ser sometidos a tortura ni a penas o tratos inhumanos o degradantes. Queda abolida la pena de muerte, salvo lo que puedan disponer las leyes penales militares para tiempos de guerra.
Artículo 193 c)Ley Reguladora de la Jurisdicción Socialmotivo de suplicación por infracción de normas sustantivas
Texto del artículoTexto consolidado vigenteArtículo 193. Objeto del recurso de suplicación.
El recurso de suplicación tendrá por objeto:
a) Reponer los autos al estado en el que se encontraban en el momento de cometerse una infracción de normas o garantías del procedimiento que haya producido indefensión.
b) Revisar los hechos declarados probados, a la vista de las pruebas documentales y periciales practicadas.
c) Examinar las infracciones de normas sustantivas o de la jurisprudencia.
Textos legales basados en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado. Se trata de un texto consolidado de carácter meramente informativo, sin valor oficial. Para el texto auténtico hay que acudir al BOE.