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SMI 2023: cuánto fue al año, al mes, al día y por hora
En 2023 el salario mínimo fue de 15.120 euros al año, 1.080 euros al mes en 14 pagas (1.260 en 12), 36 euros al día y unos 8,28 euros por hora, de forma aproximada.
Estas son las cifras de 2023, que ya no se aplican a los salarios de 2026. Desde el 1 de enero de 2026 el salario mínimo es de 40,70 euros al día, 1.221 euros al mes en 14 pagas (1.424,50 euros en 12), 17.094 euros al año y 9,55 euros la hora para el empleo de hogar por horas. Lo tienes en SMI 2026.
En 2023 el salario mínimo interprofesional (SMI) fue de 15.120 euros al año, 1.080 euros al mes en 14 pagas (1.260 euros en 12), 36 euros al día y unos 8,28 euros por hora, de forma aproximada.
Lo fijó el Real Decreto 99/2023, de 14 de febrero, con efectos del 1 de enero al 31 de diciembre de 2023.
Cuantías del SMI 2023: al año, al mes, al día y por hora
| SMI 2023 a jornada completa | Cuantía bruta |
|---|---|
| Al año | 15.120 € |
| Al mes, en 14 pagas | 1.080 € |
| Al mes, en 12 pagas (extras prorrateadas) | 1.260 € |
| Al día | 36 € |
| Por hora (aproximado) | 8,28 € |
Las empleadas y empleados de hogar que trabajaban por horas en régimen externo tenían un mínimo de 8,45 euros por hora efectivamente trabajada, que incluía todos los conceptos retributivos.
Con contratos eventuales o de temporada de hasta 120 días en una misma empresa, el salario no podía ser inferior a 51,15 euros por jornada legal, porque incluía la parte proporcional de domingos, festivos y pagas extra.
Cuánto subió en 2023
La subida fue del 8 % respecto de las cuantías de 2022. El decreto se publicó en febrero, pero el nuevo salario se debía desde el 1 de enero de 2023.
Hasta entonces seguían prorrogadas las cuantías de 2022 (artículo 100 del Real Decreto-ley 20/2022).
SMI 2023 a tiempo parcial
Si la jornada era inferior a la completa, el salario mínimo se cobraba a prorrata (artículo 1 del real decreto). Esta tabla da el mínimo mensual bruto sobre una jornada completa de 40 horas semanales:
| Horas a la semana | Coeficiente de parcialidad | 12 pagas (euros) | 14 pagas (euros) |
|---|---|---|---|
| 5 | 12,50 % | 157,50 | 135 |
| 10 | 25,00 % | 315,00 | 270 |
| 15 | 37,50 % | 472,50 | 405 |
| 20 | 50,00 % | 630,00 | 540 |
| 25 | 62,50 % | 787,50 | 675 |
| 30 | 75,00 % | 945,00 | 810 |
| 35 | 87,50 % | 1.102,50 | 945 |
| 40 | 100,00 % | 1.260,00 | 1.080 |
Cómo se comprobaba si un salario llegaba al mínimo de 2023
El salario mínimo se compara con todo lo que se cobra en el año y a jornada completa, no solo con el salario base.
Por eso una nómina con un salario base inferior podía cumplirlo si, sumando los complementos, llegaba a la cifra anual. El real decreto dice que en ningún caso puede tomarse una cuantía anual inferior a 15.120 euros (artículo 3).
El salario mínimo se refiere a la retribución en dinero. El salario en especie no puede reducirlo (artículo 1).
Si en 2023 cobraste menos, ten en cuenta el plazo: las cantidades se reclaman en un año desde que se pudieron exigir (artículo 59.2 del Estatuto de los Trabajadores).
Las de 2023 normalmente ya habrán prescrito, salvo que el plazo se haya interrumpido, por ejemplo con una reclamación.
El salario mínimo de cada año
| Año | Al año | Al mes (14 pagas) | Al mes (12 pagas) | Al día | Por hora (aproximado) |
|---|---|---|---|---|---|
| 2026 | 17.094 € | 1.221 € | 1.424,50 € | 40,70 € | 9,36 € |
| 2025 | 16.576 € | 1.184 € | 1.381,33 € | 39,47 € | 9,08 € |
| 2024 | 15.876 € | 1.134 € | 1.323 € | 37,80 € | 8,69 € |
| 2023 | 15.120 € | 1.080 € | 1.260 € | 36 € | 8,28 € |
| 2022 | 14.000 € | 1.000 € | 1.166,67 € | 33,33 € | 7,67 € |
El salario mínimo por hora es siempre aproximado. La norma solo fija una cifra por hora para el empleo de hogar por horas.
Para el resto no hay una jornada anual igual para todo el mundo, porque depende del convenio y del calendario.
La columna de la tabla divide el salario anual entre unas 1.826 horas, una referencia habitual para 40 horas a la semana. Con menos horas al año, la hora sale más cara.
Son cantidades brutas por jornada completa. Las reglas comunes y las sentencias están en la guía del salario mínimo interprofesional.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto era el SMI en 2023?
15.120 euros al año: 1.080 euros al mes en 14 pagas o 1.260 euros en 12, y 36 euros al día.
¿Cuánto era el SMI por hora en 2023?
Unos 8,28 euros, de forma aproximada, porque no hay una jornada anual igual para todo el mundo. La única cifra por hora fijada en la norma es la del empleo de hogar: 8,45 euros.
¿Cuánto subió el SMI en 2023?
Un 8 % sobre el de 2022, con efectos desde el 1 de enero de 2023.
Cuestiones Laborales es una web informativa: lo que explica es general y cada caso tiene sus matices. Para el tuyo, consulta siempre con un abogado o abogada laboralista o con un graduado o graduada social.
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Normas y preceptos aplicables. Despliega cada uno para leer su texto.
Artículo 27Estatuto de los TrabajadoresEl Gobierno fija cada año el salario mínimo interprofesional.
Texto del artículoTexto consolidado vigente desde el 2 de marzo de 2023Artículo 27. Salario mínimo interprofesional.
1. El Gobierno fijará, previa consulta con las organizaciones sindicales y asociaciones empresariales más representativas, anualmente, el salario mínimo interprofesional, teniendo en cuenta:
a) El índice de precios de consumo.
b) La productividad media nacional alcanzada.
c) El incremento de la participación del trabajo en la renta nacional.
d) La coyuntura económica general.
Igualmente se fijará una revisión semestral para el caso de que no se cumplan las previsiones sobre el índice de precios citado.
La revisión del salario mínimo interprofesional no afectará a la estructura ni a la cuantía de los salarios profesionales cuando estos, en su conjunto y cómputo anual, fueran superiores a aquel.
2. El salario mínimo interprofesional, en su cuantía, tanto anual como mensual, es inembargable. A efectos de determinar lo anterior se tendrán en cuenta tanto el periodo de devengo como la forma de cómputo, se incluya o no el prorrateo de las pagas extraordinarias, garantizándose la inembargabilidad de la cuantía que resulte en cada caso. En particular, si junto con el salario mensual se percibiese una gratificación o paga extraordinaria, el límite de inembargabilidad estará constituido por el doble del importe del salario mínimo interprofesional mensual y en el caso de que en el salario mensual percibido estuviera incluida la parte proporcional de las pagas o gratificaciones extraordinarias, el límite de inembargabilidad estará constituido por el importe del salario mínimo interprofesional en cómputo anual prorrateado entre doce meses.
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