Concepto

En primer lugar debemos de conocer el significado de estas iniciales que tantas veces hemos escuchado, y que no es otro que, SMI = salario mínimo interprofesional, e IPREM = indicador público de renta de efectos múltiples.

  • El IPREM se actualiza a principios de cada año en la LEY de presupuestos y con carácter general podemos indicar que es el índice de referencia para las ayudas y subsidios en función de los ingresos, restringiendo de este modo el SMI al ámbito laboral.
  • El salario mínimo es la remuneración mínima establecida legalmente, para cada periodo laboral (hora, día o mes), que los empleadores deben pagar a sus trabajadores por sus labores. Se publica anualmente en el BOE, para establecerlo se tiene en cuenta:
    • índice de precios al consumo (IPC).
    • Productividad media nacional.
    • El incremento de la participación del trabajo en la renta nacional.
    • Situación económica general.

En el momento de su creación, en el año 2004, las dos cuantías eran idénticas, pero conforme ha ido evolucionando ambos indicadores, el SMI ha ido aumentando bastante más que el IPREM.

Cuantía del IPREM y SMI en el año 2024

La cuantía del IPREM para el año 2023 establecida por la disposición adicional nonagésima de la Ley de Presupuestos Generales del estado para el año 2023que se mantiene en el año 2024 – es de :

  • El IPREM diario, 20 euros.
  • El IPREM mensual, 600 euros.
  • El IPREM anual, 7.200 euros.

Además, en los supuestos en que la referencia al salario mínimo interprofesional ha sido sustituida por la referencia al IPREM en aplicación de lo establecido en el Real Decreto-ley 3/2004, de 25 de junio, la cuantía anual del IPREM será de 8.400 euros cuando las correspondientes normas se refieran al salario mínimo interprofesional en cómputo anual, salvo que expresamente excluyeran las pagas extraordinarias; en este caso, la cuantía será de 7.200 euros.

Por otro lado, el SMI en el año 2024 es de:

  • SMI diario, 37,8 euros.
  • SMI mensual, 1.134 euros. (1.323 euros en 12 pagas)
  • SMI anual, 15.876 euros.

Creación del IPREM

La principal causa de la creación del IPREM, en el RDL 3/2004, de 25 de junio, fue el aumento de la repercusión económica que éste estaba teniendo en la economía el SMI y las dificultades para controlarlo por parte de la administración, pues si bien en un primer momento tenía repercusión a nivel únicamente laboral, su utilización se generalizó de tal manera que afectaba a aspectos relacionados con el gasto público.

Por lo tanto, el IPREM se creó para limitar el aumento del gasto público, afectando negativamente a las cuantías de las ayudas y subsidios que están relacionadas el IPREM y no con el SMI.

Por ejemplo, el subsidio de desempleo se abona a razón del 80% del IPREM.

Aplicación del SMI y el IPREM

Los supuestos ligados al SMI son:

  1. Art. 2 ET: Relaciones laborales de carácter especial
  2. Art. 11.2 ET: Contrato para la formación y el aprendizaje.
  3. Art. 32 ET: Garantías del salario.
  4. Art. 33 ET: Fondo de Garantía salarial.
  5. Art. 231.3 LGSS: Obligación de los trabajadores y de los solicitantes y beneficiarios de prestaciones por desempleo del salario correspondiente a la colocación por los servicios públicos de empleo.
  6. Art. 212 b) y c) LGSS: Casos de suspensión del derecho a la percepción de la prestación por desempleo.
  7. Art. 206.1.2 a) LGSS: Acción protectora del subsidio por desempleo.
  8. Art. 16 LGSS: Bases y tipos de cotización a la Seguridad Social.
  9. Art. 188 LGSS: cuantía de la prestación económica por parto o adopción múltiples.
  10. Art. 3 LETT: Garantía financiera en las empresas de Trabajo temporal
  11. Art. 13.4: admisión de nuevos socios y 97.5:imputación de perdidas Ley 27/1999, de Cooperativas

Los supuestos ligados al IPREM son:

  1. Cuantías máximas y mínimas de la prestación por desempleo de nivel contributivo
  2. Cuantía de la renta activa de inserción (Disposición final quinta. 4 LGSS)
  3. Cuantía de la renta agraria
  4. Cuantía de la prestación económica en el supuesto especial de maternidad (cuando no se reúne el período de carencia para acceder a la prestación ordinaria).

Evolución del Salario Mínimo Interprofesional y del Indicador Público de Rentas de Efectos Múltiples

A continuación podemos observar como han evolucionado los importes de ambos.


En primer lugar el SMI,

AñoSMI DíaSMI Mes 14 pagasSMI 12 pagas
202437,8 €1.134 €1.323 €
202336 €1.080 €1.260 €
202233,33 €1.000 €1.166,67 €
1 septiembre 202132,16 €965,00 €1.125,83 €
202131,66 €950,00 €1.108,33 €
202031,66 €950,00 €1.108,33 €
201930,00 €900,00 €1.050,00 €
201824,53 €735,90 €858,55 €
201723,59 €707,60 €825,53 €
201621,84 €655,20 €764,40 €
201521,62 €648,60 €756,70 €
201421,51 €645,30 €752,85 €
201321,51 €645,30 €752,85 €
201221,38 €641,40 €748,30 €
201121,38 €641,40 €748,30 €
201021,11 €633,30 €738,85 €
200920,80 €624,00 €728,00 €
200820,00 €600,00 €700,00 €
200719,02 €570,60 €665,70 €
200618,03 €540,90 €631,05 €
200517,10 €513,00 €598,50 €
200415,35 €460,50 €537,25 €
200315,04 €451,20 €526,40 €
200214,74 €442,20 €515,90 €

En segundo lugar la evolución del IPREM.

AñoIPREMIPREM AnualIPREM Anual
2023600 €7.200 €8.400 €
2023600 €7.200 €8.400 €
2022564,90 €6.778,80 €7.908,60 €
2021564,90 €6.778,80 €7.908,60 €
2020537,84 €6.454,03 €7.519,59 €
2019537,84 €6.454,03 €7.519,59 €
2018537,84 €6.454,03 €7.519,59 €
2017537,84 €6.454,03 €7.519,59 €
2016532,51 €6.390,13 €7.455,14 €
2015532,51 €6.390,13 €7.455,14 €
2014532,51 €6.390,13 €7.455,14 €
2013532,51 €6.390,13 €7.455,14 €
2012532,51 €6.390,13 €7.455,14 €
2011532,51 €6.390,13 €7.455,14 €
2010532,51 €6.390,13 €7.455,14 €
2009527,24 €6.326,86 €7.381,33 €
2008516,90 €6.202,80 €7.236,60 €
2007499,20 €5.990,40 €6.986,80 €
2006479,10 €5.749,20 €6.707,40 €
2005469,80 €5.637,60 €6.577,20 €
2004460,50 €5.526,00 €6.447,00 €

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