El derecho a vacaciones en un contrato a tiempo parcial

Todas las personas trabajadores, independientemente del tipo de jornada que tengan, bien sea a tiempo completo o parcial, tendrán derecho como mínimo a 30 días naturales de vacaciones.

Es cierto que, en la práctica, esos 30 días naturales de vacaciones pueden ser más o menos días días laborables en función de los días a la semana trabajados.

El artículo 38 del Estatuto de los Trabajadores establece que el periodo de vacaciones anuales será el pactado en convenio colectivo o contrato individual y que, en ningún caso, la duración será inferior a treinta días naturales anuales, lo que establece unos 2,5 días naturales por cada mes trabajado.

La normativa laboral no hace mención ni distingue entre trabajadores a jornada completa o a jornada parcial indicando que, en cualquier caso, se tendrá derecho a 30 días de vacaciones.

Como vemos, a la hora de establecer el periodo legal de vacaciones al que tiene derecho una persona trabajadora, en ningún momento se hace mención al tipo de contrato de trabajo o la jornada realizada.

Además. no debemos olvidar que el artículo 12 del Estatuto de los Trabajadores establece que las personas trabajadoras a tiempo parcial tendrán los mismos derechos que los trabajadores a tiempo completo.

Ahora bien, en la práctica, y en cuanto a los días hábiles de vacaciones sí que existe diferencia entre los trabajadores a tiempo parcial que trabajan menos días a la semana que un trabajador a jornada completa.

Es decir, hay diferencia de una persona que trabaja cinco o seis días a la semana, de aquellos trabajadores a tiempo parcial que trabajan menos días, por ejemplo, sólo los fines de semana.

Al final, ambos deberían disfrutar de 30 días de vacaciones naturales en el año, pero está claro que eso no se traduce en los mismos días laborales que pueden ausentarse del puesto de trabajo por estar de vacaciones.

Vacaciones trabajando a tiempo parcial cinco o seis días de la semana.

Cuando una persona trabajadora tiene un contrato a jornada parcial en el que presta servicios todos los días de la semana, esto es de lunes a viernes, se tendrá derecho a las mismas vacaciones que tengan sus compañeros con un contrato a jornada completa, sin ningún tipo de diferencia.

Es decir, 30 días de vacaciones naturales que se equipararán a los mismos días de vacaciones laborales, que serán aproximadamente unos 22 o 23 días laborables en función del calendario laboral.

Por ejemplo, tenemos el caso de una persona trabajadora que trabaja de lunes a viernes todas las mañanas 4 horas al día, lo que hacen un total de 20 horas semanales, a la hora de calcular sus vacaciones serán igualmente 30 días naturales, salvo mejora que establezca el Convenio colectivo de aplicación. No hay ninguna diferencia respecto a un trabajador que trabaje 8 horas al día de lunes a viernes.

Vacaciones trabajando a tiempo parcial solamente algunos días a la semana.

En el caso de que una persona trabajadora solamente trabaje por ejemplo los fines de semana, no tendrá derecho a disfrutar los mismo días laborables que una persona que trabaje todos los días.

En el fondo, se parten de los 30 días naturales de vacaciones que tiene cualquier trabajador, pero se transforman en menos días laborales en función de los días trabajados en una semana.

Por lo tanto, ¿Cuántos días corresponden de vacaciones? La forma de calcularlo más sencilla es suponer que la persona trabajadora disfruta de los 30 días naturales de manera consecutiva.

Por ello, si trabaja dos días a la semana, y disfruta de los 30 días (un mes) de vacaciones, supondría unos 8 o 10 días laborales de vacaciones en función del mes.

Por lo tanto, un trabajador de fin de semana al año le corresponden entre 8 y 10 días laborales de vacaciones, en comparación con los 22 días laborales que le corresponde a una persona que trabaja todos los días, disfrutando ambos de 30 días naturales de vacaciones.

Si esto no fuera así, y por llevar un ejemplo al extremo para que se vea más claro, una persona que sólo trabaje un día a la semana, lo que implicaría 52 días laborables al año sin tener en cuenta vacaciones ni festivos, si el número de vacaciones fuera de 30 días, le correspondería en la práctica unas vacaciones de seis meses.

¿Qué salario cobraré en el periodo de vacaciones?

Al ser las vacaciones retribuidas, como norma general, el salario debe ser el mismo que se percibiría como si estuviéramos trabajando.

Es cierto que en ocasiones existen complementos como el de transporte o asistencia que no se abonan durante las vacaciones, y ello dependerá de lo que establezca el convenio colectivo

En realidad, las vacaciones se han de abonar con el mismo salario de cuando se generan. Por ello, si trabajo seis meses a jornada completa y seis meses a jornada parcial, se deberían de abonar 15 días con el salario jornada completa y 15 con el salario a jornada parcial, con independencia de cuando se disfruten.

Esto puede ser importante para aquellas personas trabajadores que varían las horas trabajadas a lo largo del año, ya que suele implicar que no todos los meses tienen el mismo salario.

En este caso, como ha establecido el Tribunal Supremo en la sentencia de fecha 22 de mayo de 2020, los trabajadores a tiempo parcial que durante el año hayan tenido ampliaciones de jornada tienen derecho a que la retribución del periodo de vacaciones tenga en cuenta dichas ampliaciones.

Añade el Tribunal que de lo contrario, no se respetaría el principio que prohíbe la discriminación de los trabajadores a tiempo parcial.

Por último, debemos recordar que la fijación de las vacaciones se ha de realizar de común acuerdo  entre el empresario y la persona trabajadora, siempre de conformidad con lo establecido, en su caso, en los convenios colectivos de aplicación en cada caso.

En caso de desacuerdo, los juzgados de lo social serán los encargados de fijar la fecha para el disfrute del periodo de vacaciones en un procedimiento sumario y preferente, en el que la sentencia dictada será irrecurrible.