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Autorización a la empresa para descontar la cuota sindical en la nómina

Para dar por escrito tu conformidad a que la empresa descuente de tu nómina la cuota de tu sindicato y se la ingrese, como exige la ley, y dejar claro que solo puede usar ese dato para hacer el descuento.

Documento · Alejandro Aradas García

Antes de usarlo

  • Quién lo presenta: la persona trabajadora.
  • A quién: la empresa.
  • Cuándo: al afiliarte o cuando quieras pasar a pagar la cuota por nómina. No hay plazo.
  • Pagar por nómina es voluntario. Puedes pagar la cuota directamente al sindicato, por el banco, y entonces la empresa no interviene ni sabe nada de tu afiliación.
  • Para que la empresa tenga que descontar hacen falta dos cosas: que el sindicato se lo pida y que tú des tu conformidad (artículo 11.2 de la Ley Orgánica de Libertad Sindical). Este escrito es tu conformidad. Muchas veces el propio sindicato te da su impreso y lo presenta él, a veces a través de su sección sindical en la empresa: pregúntale antes para no hacerlo dos veces.
  • Con el descuento, la empresa sabrá a qué sindicato estás afiliado/a. Es un dato especialmente protegido: solo puede usarlo para descontar la cuota, nunca para otra cosa, y no puede tratarte peor por ello.
  • Que la empresa lo sepa también te sirve: es una forma sencilla de probar que conocía tu afiliación si un día hay que demostrarlo (por ejemplo, para que tenga que oír a los delegados/as sindicales de tu sindicato antes de despedirte o sancionarte, cuando los haya).
  • Puedes retirar la conformidad cuando quieras, por escrito a la empresa. Mira también tu convenio: puede regular cómo y cuándo se tramita el descuento.

El modelo

Lo que va [entre corchetes] lo tienes que rellenar tú. Descárgalo para editarlo o cópialo en tu procesador de textos.

Descargar en Word

A la atención de [nombre de la empresa]
[Departamento de personal o persona responsable]
[Dirección de la empresa]

En [localidad], a [fecha]

Asunto: conformidad para el descuento de la cuota sindical en la nómina

Yo, [nombre y apellidos], con DNI o NIE [número], trabajo en esta empresa en el centro de trabajo de [centro de trabajo], con la categoría o grupo profesional de [categoría o grupo profesional].

Estoy afiliado/a al sindicato [nombre del sindicato]. Por medio de este escrito doy mi conformidad, conforme al artículo 11.2 de la Ley Orgánica de Libertad Sindical, para que la empresa descuente de mi salario la cuota sindical y la transfiera a ese sindicato, a solicitud de este, a partir de la nómina de [mes y año].

La cuota es de [importe de la cuota] euros [periodicidad de la cuota], o la que en cada momento comunique el sindicato a la empresa.

Solo si el sindicato te ha dado su solicitud de descuento para que la entregues tú. Si no, bórralo.Adjunto la solicitud del sindicato con los datos para hacer la transferencia.

Les recuerdo que mi afiliación es un dato especialmente protegido: solo pueden usarlo para hacer este descuento y no pueden comunicarlo a terceros ni utilizarlo para ningún otro fin.

Les ruego que firmen la copia de este escrito como recibida y que me confirmen desde qué nómina se aplica el descuento.

Firmado: [firma]
[nombre y apellidos]

Recibido por la empresa el [fecha de entrega]
Firma y sello:

Cómo rellenarlo

[nombre del sindicato]
El nombre completo y, si lo tiene, el de la federación o sección a la que perteneces. Tiene que quedar claro a qué sindicato va el dinero.
[mes y año]
La primera nómina en que quieres el descuento. Entrega el escrito antes de que la empresa cierre esa nómina; si no, se aplicará en la siguiente.
[importe de la cuota]
La que te haya dicho el sindicato. Si no la sabes, borra la cifra y deja solo «la que comunique el sindicato a la empresa».
[periodicidad de la cuota]
«al mes», «al trimestre» o la que tenga tu sindicato.

Cómo entregarlo

  • En mano, con dos copias: entrega una y pide que te firmen y sellen la otra con la fecha. Esa copia es tu prueba.
  • Si lo tramita el sindicato o su sección sindical, dales el escrito firmado y pídeles copia del que entreguen a la empresa.
  • Si en tu empresa estas comunicaciones se hacen por correo electrónico o por el portal del empleado, vale, pero guarda el envío y la respuesta.

Qué puede pasar después

La empresa empieza a descontar
Comprueba en la nómina que el concepto identifica a tu sindicato y que el importe es el correcto. Guarda esas nóminas: son la prueba de que la empresa conoce tu afiliación.
La empresa no descuenta pese a tener tu conformidad y la petición del sindicato
Avisa al sindicato: el cobro de la cuota es un derecho suyo y es él quien reclama a la empresa. Mientras tanto, paga la cuota directamente para no quedarte sin cubrir.
Notas que la empresa usa tu afiliación para otra cosa o te trata peor por ella
Guarda las pruebas y las fechas y cuéntaselo a tu sindicato. Una decisión de la empresa que discrimine por la afiliación es nula, y el uso indebido del dato puede denunciarse ante la Agencia Española de Protección de Datos.

Los escritos que vienen después

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Las guías donde se explica todo lo que hay que saber antes de usar este escrito.

La norma en que se apoya el escrito. Despliégala para leer su texto.

  • Artículo 11Ley Orgánica de Libertad Sindical
    Texto del artículoTexto consolidado vigente desde el 9 de agosto de 1985

    Artículo once.

    1. En los convenios colectivos podrán establecerse cláusulas por las que los trabajadores incluidos en su ámbito de aplicación atiendan económicamente la gestión de los sindicatos representados en la comisión negociadora, fijando un canon económico y regulando las modalidades de su abono. En todo caso, se respetará la voluntad individual del trabajador, que deberá expresarse por escrito en la forma y plazos que se determinen en la negociación colectiva.

    2. El empresario procederá al descuento de la cuota sindical sobre los salarios y a la correspondiente transferencia a solicitud del sindicato del trabajador afiliado y previa conformidad, siempre, de éste.

    Ver el artículo 11

  • Artículo 2Ley Orgánica de Libertad Sindical
    Texto del artículoTexto consolidado vigente desde el 9 de agosto de 1985

    Artículo segundo.

    1. La libertad sindical comprende:

    a) El derecho a fundar sindicatos sin autorización previa, así como el derecho a suspenderlos o a extinguirlos, por procedimientos democráticos.

    b) El derecho del trabajador a afiliarse al sindicato de su elección con la sola condición de observar los estatutos del mismo o a separarse del que estuviese afiliado, no pudiendo nadie ser obligado a afiliarse a un sindicato.

    c) El derecho de los afiliados a elegir libremente a sus representantes dentro de cada sindicato.

    d) El derecho a la actividad sindical.

    2. Las organizaciones sindicales en el ejercicio de la libertad sindical, tienen derecho a:

    a) Redactar sus estatutos y reglamento, organizar su administración interna y sus actividades y formular su programa de acción.

    b) Constituir federaciones, confederaciones y organizaciones internacionales, así como afiliarse a ellas y retirarse de las mismas.

    c) No ser suspendidas ni disueltas sino mediante resolución firme de la Autoridad Judicial, fundada en incumplimiento grave de las Leyes.

    d) El ejercicio de la actividad sindical en la empresa o fuera de ella, que comprenderá, en todo caso, el derecho a la negociación colectiva, al ejercicio del derecho de huelga, al planteamiento de conflictos individuales y colectivos y a la presentación de candidaturas para la elección de Comités de Empresa y Delegados de Personal, y de los correspondientes órganos de las Administraciones Públicas, en los términos previstos en las normas correspondientes.

    Ver el artículo 2

  • Artículo 12Ley Orgánica de Libertad Sindical
    Texto del artículoTexto consolidado vigente desde el 9 de agosto de 1985

    Artículo doce.

    Serán nulos y sin efecto los preceptos reglamentarios, las cláusulas de los convenios colectivos, los pactos individuales y las decisiones unilaterales del empresario que contengan o supongan cualquier tipo de discriminación en el empleo o en las condiciones de trabajo, sean favorables o adversas, por razón de la adhesión o no a un sindicato, a sus acuerdos o al ejercicio en general de actividades sindicales.

    Ver el artículo 12

Textos legales basados en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado. Se trata de un texto consolidado de carácter meramente informativo, sin valor oficial. Para el texto auténtico hay que acudir al BOE.