InicioModelos de escrito › Representación colectiva y libertad sindical
Escrito de no aceptación del canon de negociación del convenio: que no te lo descuenten de la nómina
Para dejar constancia por escrito de que no aceptas pagar el canon de negociación que fija tu convenio colectivo y de que la empresa no debe descontártelo, en la forma y el plazo que marque el propio convenio.
Antes de usarlo
- Quién lo presenta: la persona trabajadora.
- A quién: la empresa (o quien diga el convenio: la comisión paritaria o los sindicatos firmantes).
- Cuándo: en el plazo que fije el convenio, contado normalmente desde su publicación o desde tu alta en la empresa.
- El canon de negociación es una cantidad que un convenio puede pedir a toda la plantilla para costear a los sindicatos que lo negociaron. No es la cuota sindical. La ley exige respetar tu voluntad, expresada por escrito, en la forma y plazos que fije el convenio (artículo 11.1 de la Ley Orgánica de Libertad Sindical).
- Lee la cláusula de tu convenio. Si dice que solo se descuenta a quien lo acepte por escrito, no tienes que hacer nada: si no firmas la aceptación, no pagas. Este escrito es útil cuando la cláusula dice que se cobra a todos salvo a quien se oponga, o cuando no está claro.
- Respeta la forma y el plazo que marque el convenio (a quién se dirige, si hay un impreso, cuántos días tienes). Si el plazo ya ha pasado, preséntalo igualmente para que conste tu negativa desde ahora.
- No pagar el canon no puede tener ninguna consecuencia en tu trabajo. No tienes que explicar por qué no lo aceptas ni decir si estás afiliado/a o no.
El modelo
Lo que va [entre corchetes] lo tienes que rellenar tú. Descárgalo para editarlo o cópialo en tu procesador de textos.
A la atención de [nombre de la empresa]
[Departamento de personal o destinatario que fije el convenio]
[Dirección]
En [localidad], a [fecha]
Asunto: no aceptación del canon de negociación del convenio colectivo
Yo, [nombre y apellidos], con DNI o NIE [número], trabajo en esta empresa en el centro de [centro de trabajo], con la categoría o grupo profesional de [categoría o grupo profesional].
El convenio colectivo [nombre del convenio], publicado en [boletín y fecha de publicación], establece en su artículo [número del artículo] un canon de negociación a cargo de las personas trabajadoras incluidas en su ámbito.
Conforme al artículo 11.1 de la Ley Orgánica de Libertad Sindical y a lo que dispone ese artículo del convenio, manifiesto por escrito que **no acepto** el canon de negociación y que no autorizo que se descuente de mi salario ninguna cantidad por ese concepto.
Solo si ya te lo han descontado en alguna nómina. Si no, bórralo.En las nóminas de [meses] me han descontado [importe] euros por este concepto sin que yo lo haya aceptado. Pido que me devuelvan esa cantidad en la próxima nómina.
Solo si el convenio dice que la negativa se comunica también a la comisión paritaria o a los sindicatos. Si no, bórralo.Envío copia de este escrito a [comisión paritaria o sindicatos firmantes], como establece el convenio.
Les ruego que firmen la copia de este escrito como recibida y que no apliquen ningún descuento por este concepto en mis nóminas.
Firmado: [firma]
[nombre y apellidos]
Recibido por la empresa el [fecha de entrega]
Firma y sello:
Cómo rellenarlo
- [número del artículo]
- El artículo del convenio que regula el canon. Suele estar al final, entre las disposiciones adicionales, con el nombre de «canon de negociación» o «canon de gestión».
- [Departamento de personal o destinatario que fije el convenio]
- Mira en la cláusula a quién hay que dirigir la negativa. Si no dice nada, dirígela a la empresa, que es quien hace el descuento.
- [importe]
- La suma de lo descontado por el canon, tal como aparece en las nóminas. Guárdalas.
Cómo entregarlo
- En mano, con dos copias: entrega una y pide que te firmen y sellen la otra con la fecha. Esa copia es tu prueba de que lo presentaste en plazo.
- Si no quieren firmarla, envíala por burofax con certificación de texto y acuse de recibo.
- Si el convenio fija un impreso o un medio concreto (correo electrónico, portal del empleado), úsalo y guarda el justificante del envío.
Qué puede pasar después
- No aparece ningún descuento en la nómina
- Guarda la copia sellada y la primera nómina sin descuento.
- La empresa te descuenta el canon igualmente
- Reclama por escrito que pare y te devuelva lo descontado. Si no lo hace, puedes reclamarlo ante el juzgado de lo social.
- Te dicen que la negativa está fuera de plazo
- Pide que te indiquen por escrito qué dice el convenio y desde cuándo cuenta el plazo, y guarda tu escrito: deja constancia de tu negativa desde esa fecha.
Los escritos que vienen después
Comentarios
Las guías donde se explica todo lo que hay que saber antes de usar este escrito.
- ArtículoLa cuota sindical en la nómina: cuándo la descuenta la empresa y cómo darse de bajaLa empresa descuenta la cuota sindical de la nómina y la ingresa al sindicato cuando el sindicato se lo pide y la persona afiliada da su conformidad; nunca puede hacerlo por su cuenta ni sin ese permiso, y la conformidad se puede retirar. El dato de afiliación es especialmente protegido: la empresa solo puede usarlo para ese descuento. El canon de negociación que fije un convenio es siempre voluntario y exige aceptarlo por escrito.
- ArtículoLibertad sindical: afiliarse a un sindicato sin sufrir represaliasAfiliarse a un sindicato, no afiliarse, darse de baja y hacer actividad sindical son derechos fundamentales: la empresa no puede despedir, sancionar ni tratar peor a nadie por ello, y si lo hace la medida es nula y hay que indemnizar el daño moral. Quien denuncia la represalia tiene que aportar indicios serios; entonces es la empresa la que debe demostrar que su decisión no tuvo nada que ver con el sindicato.
- Artículo¿Cómo saber cuál es mi convenio colectivo?El contrato debe indicar el convenio aplicable, pero lo que diga la empresa no es definitivo: el convenio lo determina la actividad real y preponderante de la empresa en tu centro y el ámbito del propio convenio. No se puede elegir ni pactar otro, salvo que no exista ninguno aplicable, y si te aplican uno equivocado puedes reclamar las diferencias del último año.
- ArtículoQué es un convenio colectivo, para qué sirve y qué puede regularEl convenio colectivo es el acuerdo entre sindicatos o comités y empresas o patronales que fija el salario, la jornada y el resto de condiciones de un sector o de una empresa. Si se negocia y publica como manda el Estatuto de los Trabajadores, obliga a todas las empresas y personas trabajadoras de su ámbito. La ley está por encima y el contrato solo puede mejorarlo.
- ArtículoImpugnar un convenio colectivo: quién puede, por qué motivos y cómoUn convenio puede impugnarse ante los tribunales por ilegalidad o por lesionar gravemente a terceros. La impugnación directa está reservada a la autoridad laboral, sindicatos y representación con implantación, asociaciones empresariales interesadas, Ministerio Fiscal y Administraciones; la persona trabajadora puede atacar la cláusula en su propio pleito, con efectos solo para su caso.
La norma en que se apoya el escrito. Despliégala para leer su texto.
Artículo 11Ley Orgánica de Libertad Sindical
Texto del artículoTexto consolidado vigente desde el 9 de agosto de 1985Artículo once.
1. En los convenios colectivos podrán establecerse cláusulas por las que los trabajadores incluidos en su ámbito de aplicación atiendan económicamente la gestión de los sindicatos representados en la comisión negociadora, fijando un canon económico y regulando las modalidades de su abono. En todo caso, se respetará la voluntad individual del trabajador, que deberá expresarse por escrito en la forma y plazos que se determinen en la negociación colectiva.
2. El empresario procederá al descuento de la cuota sindical sobre los salarios y a la correspondiente transferencia a solicitud del sindicato del trabajador afiliado y previa conformidad, siempre, de éste.
Artículo 2Ley Orgánica de Libertad Sindical
Texto del artículoTexto consolidado vigente desde el 9 de agosto de 1985Artículo segundo.
1. La libertad sindical comprende:
a) El derecho a fundar sindicatos sin autorización previa, así como el derecho a suspenderlos o a extinguirlos, por procedimientos democráticos.
b) El derecho del trabajador a afiliarse al sindicato de su elección con la sola condición de observar los estatutos del mismo o a separarse del que estuviese afiliado, no pudiendo nadie ser obligado a afiliarse a un sindicato.
c) El derecho de los afiliados a elegir libremente a sus representantes dentro de cada sindicato.
d) El derecho a la actividad sindical.
2. Las organizaciones sindicales en el ejercicio de la libertad sindical, tienen derecho a:
a) Redactar sus estatutos y reglamento, organizar su administración interna y sus actividades y formular su programa de acción.
b) Constituir federaciones, confederaciones y organizaciones internacionales, así como afiliarse a ellas y retirarse de las mismas.
c) No ser suspendidas ni disueltas sino mediante resolución firme de la Autoridad Judicial, fundada en incumplimiento grave de las Leyes.
d) El ejercicio de la actividad sindical en la empresa o fuera de ella, que comprenderá, en todo caso, el derecho a la negociación colectiva, al ejercicio del derecho de huelga, al planteamiento de conflictos individuales y colectivos y a la presentación de candidaturas para la elección de Comités de Empresa y Delegados de Personal, y de los correspondientes órganos de las Administraciones Públicas, en los términos previstos en las normas correspondientes.
Textos legales basados en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado. Se trata de un texto consolidado de carácter meramente informativo, sin valor oficial. Para el texto auténtico hay que acudir al BOE.