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Petición del sindicato a la empresa para que descuente la cuota sindical en nómina y la transfiera

Para que el sindicato pida a la empresa, por escrito y con acuse de recibo, que descuente la cuota de sus afiliados/as que han dado su conformidad y se la ingrese en su cuenta, y para comunicar las altas y bajas.

Documento · Alejandro Aradas García

Antes de usarlo

  • Quién lo presenta: el sindicato (quien lo represente o su sección sindical en la empresa).
  • A quién: la empresa.
  • Cuándo: al implantarse el sindicato en la empresa y con cada alta o baja de afiliados/as. No hay plazo legal.
  • La empresa tiene que descontar la cuota y transferirla cuando lo pide el sindicato y la persona afiliada ha dado su conformidad (artículo 11.2 de la Ley Orgánica de Libertad Sindical). Hacen falta las dos cosas: este escrito es la petición del sindicato; la conformidad la firma cada persona.
  • Incluye solo a quien haya firmado su conformidad, y guarda esas conformidades: si la empresa descuenta a alguien sin ella, el problema es también del sindicato. Quien retire su conformidad tiene que salir de la relación en la siguiente comunicación.
  • La afiliación es un dato especialmente protegido. Envía la relación de personas afiliadas solo a quien gestiona las nóminas y recuerda a la empresa que únicamente puede usarla para el descuento.
  • Hazlo por escrito y con acuse de recibo. Si un día hay que reclamar porque la empresa no descuenta o no transfiere, el sindicato tendrá que probar que se lo pidió con claridad.
  • La ley no fija plazos ni formularios. Mira el convenio: muchos regulan cómo y cuándo se comunica el descuento, en qué nómina se aplica y cuándo se transfiere.

El modelo

Lo que va [entre corchetes] lo tienes que rellenar tú. Descárgalo para editarlo o cópialo en tu procesador de textos.

Descargar en Word

A la atención de [nombre de la empresa]
[Departamento de personal o persona responsable de las nóminas]
[Dirección de la empresa]

En [localidad], a [fecha]

Asunto: solicitud de descuento en nómina y transferencia de la cuota sindical

Yo, [nombre y apellidos], con DNI o NIE [número], en calidad de [cargo en el sindicato] del sindicato [nombre del sindicato], con domicilio a efectos de notificaciones en [domicilio del sindicato] y correo electrónico [correo electrónico del sindicato], me dirijo a la empresa en nombre de dicho sindicato.

Solo si lo presenta la sección sindical de la empresa. Si no, bórralo.Presento este escrito a través de la sección sindical de [nombre del sindicato] en la empresa, de la que soy [cargo en la sección sindical].

Conforme al artículo 11.2 de la Ley Orgánica de Libertad Sindical, solicito que la empresa descuente de los salarios de las personas afiliadas a este sindicato que figuran en la relación adjunta la cuota sindical y la transfiera al sindicato, a partir de la nómina de [mes y año].

Cada una de esas personas ha dado su conformidad por escrito, que adjunto.

Solo si tu convenio regula el descuento de la cuota. Si no, bórralo.Lo solicito también conforme al artículo [número del artículo] del convenio colectivo de [nombre del convenio].

La cuota es de [importe de la cuota] euros [periodicidad de la cuota], o la que en cada momento comunique el sindicato por escrito. Les ruego que transfieran el importe total descontado a la cuenta del sindicato con IBAN [IBAN de la cuenta del sindicato], [periodicidad de la transferencia], indicando el mes al que corresponde.

Solo si es una actualización de una petición anterior. Si no, bórralo.Este escrito actualiza la relación comunicada el [fecha de la comunicación anterior]. Altas, desde la nómina de [mes y año]: [altas]. Bajas, que dejan de tener descuento desde la nómina de [mes y año]: [bajas].

Les recuerdo que la afiliación sindical es un dato especialmente protegido: solo pueden usar esta relación para practicar el descuento y no pueden comunicarla a terceros ni utilizarla para ningún otro fin.

Les ruego que firmen la copia de este escrito como recibida y que nos confirmen desde qué nómina se aplica el descuento.

Documentos que adjunto:
1. Relación de personas afiliadas con su nombre, apellidos y DNI o NIE.
2. Conformidad firmada por cada una de ellas.

Firmado: [firma]
[nombre y apellidos]
[cargo en el sindicato]

Recibido por la empresa el [fecha de entrega]
Firma y sello:

Cómo rellenarlo

[cargo en el sindicato]
El de quien firma en nombre del sindicato: secretario/a general, responsable de organización, delegado/a sindical… Si la empresa lo pide, acompaña el documento que acredite que puede firmar por el sindicato.
[mes y año]
La primera nómina con descuento. Entrega el escrito antes de que la empresa cierre esa nómina; si no, se aplicará en la siguiente.
[importe de la cuota]
Si no es igual para todas las personas (por ejemplo, una cuota reducida), indícalo en la relación al lado de cada nombre y escribe aquí «la que figura en la relación adjunta».
[periodicidad de la transferencia]
Por ejemplo, «cada mes, en los [número] días siguientes al pago de la nómina». Si el convenio lo regula, pon lo que diga.
[altas]
Nombre, apellidos y DNI o NIE de cada persona nueva, con su conformidad adjunta. En las bajas basta el nombre y el DNI o NIE.

Cómo entregarlo

  • En mano, con dos copias: entrega una y pide que te firmen y sellen la otra con la fecha. Esa copia es la prueba del sindicato.
  • Si no quieren firmarla, envíala por burofax con certificación de texto y acuse de recibo.
  • Por correo electrónico a la persona responsable de nóminas vale si se acusa recibo; guarda el envío y la respuesta. La relación de afiliados/as, mejor como archivo adjunto protegido que en el cuerpo del mensaje.

Qué puede pasar después

La empresa empieza a descontar y transferir
Comprueba cada mes que el importe recibido coincide con la relación y avisa a las personas afiliadas de que revisen su nómina. Comunica por escrito cada alta y cada baja.
La empresa no descuenta o no transfiere pese a la petición y las conformidades
Reitera la petición por escrito, con plazo para responder. El cobro de la cuota es un derecho del sindicato ligado a la libertad sindical: una negativa sin justificación puede llevarse al juzgado por el procedimiento de tutela de la libertad sindical.
La empresa usa la relación para otra cosa
Reúne las pruebas. Una decisión que discrimine por la afiliación es nula, y el uso indebido del dato puede denunciarse ante la Agencia Española de Protección de Datos.

Los escritos que vienen después

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Las guías donde se explica todo lo que hay que saber antes de usar este escrito.

La norma en que se apoya el escrito. Despliégala para leer su texto.

  • Artículo 11Ley Orgánica de Libertad Sindical
    Texto del artículoTexto consolidado vigente desde el 9 de agosto de 1985

    Artículo once.

    1. En los convenios colectivos podrán establecerse cláusulas por las que los trabajadores incluidos en su ámbito de aplicación atiendan económicamente la gestión de los sindicatos representados en la comisión negociadora, fijando un canon económico y regulando las modalidades de su abono. En todo caso, se respetará la voluntad individual del trabajador, que deberá expresarse por escrito en la forma y plazos que se determinen en la negociación colectiva.

    2. El empresario procederá al descuento de la cuota sindical sobre los salarios y a la correspondiente transferencia a solicitud del sindicato del trabajador afiliado y previa conformidad, siempre, de éste.

    Ver el artículo 11

  • Artículo 2Ley Orgánica de Libertad Sindical
    Texto del artículoTexto consolidado vigente desde el 9 de agosto de 1985

    Artículo segundo.

    1. La libertad sindical comprende:

    a) El derecho a fundar sindicatos sin autorización previa, así como el derecho a suspenderlos o a extinguirlos, por procedimientos democráticos.

    b) El derecho del trabajador a afiliarse al sindicato de su elección con la sola condición de observar los estatutos del mismo o a separarse del que estuviese afiliado, no pudiendo nadie ser obligado a afiliarse a un sindicato.

    c) El derecho de los afiliados a elegir libremente a sus representantes dentro de cada sindicato.

    d) El derecho a la actividad sindical.

    2. Las organizaciones sindicales en el ejercicio de la libertad sindical, tienen derecho a:

    a) Redactar sus estatutos y reglamento, organizar su administración interna y sus actividades y formular su programa de acción.

    b) Constituir federaciones, confederaciones y organizaciones internacionales, así como afiliarse a ellas y retirarse de las mismas.

    c) No ser suspendidas ni disueltas sino mediante resolución firme de la Autoridad Judicial, fundada en incumplimiento grave de las Leyes.

    d) El ejercicio de la actividad sindical en la empresa o fuera de ella, que comprenderá, en todo caso, el derecho a la negociación colectiva, al ejercicio del derecho de huelga, al planteamiento de conflictos individuales y colectivos y a la presentación de candidaturas para la elección de Comités de Empresa y Delegados de Personal, y de los correspondientes órganos de las Administraciones Públicas, en los términos previstos en las normas correspondientes.

    Ver el artículo 2

  • Artículo 12Ley Orgánica de Libertad Sindical
    Texto del artículoTexto consolidado vigente desde el 9 de agosto de 1985

    Artículo doce.

    Serán nulos y sin efecto los preceptos reglamentarios, las cláusulas de los convenios colectivos, los pactos individuales y las decisiones unilaterales del empresario que contengan o supongan cualquier tipo de discriminación en el empleo o en las condiciones de trabajo, sean favorables o adversas, por razón de la adhesión o no a un sindicato, a sus acuerdos o al ejercicio en general de actividades sindicales.

    Ver el artículo 12

  • Artículo 8Ley Orgánica de Libertad Sindical
    Texto del artículoTexto consolidado vigente desde el 9 de agosto de 1985

    Artículo octavo.

    1. Los trabajadores afiliados a un sindicato podrán, en el ámbito de la empresa o centro de trabajo:

    a) Constituir Secciones Sindicales de conformidad con lo establecido en los Estatutos del Sindicato.

    b) Celebrar reuniones, previa notificación al empresario, recaudar cuotas y distribuir información sindical, fuera de las horas de trabajo y sin perturbar la actividad normal de la empresa.

    c) Recibir la información que le remita su sindicato.

    2. Sin perjuicio de lo que se establezca mediante convenio colectivo, las Secciones Sindicales de los sindicatos más representativos y de los que tengan representación en los comités de empresa y en los órganos de representación que se establezcan en las Administraciones públicas o cuenten con delegados de personal, tendrán los siguientes derechos:

    a) Con la finalidad de facilitar la difusión de aquellos avisos que puedan interesar a los afiliados al sindicato y a los trabajadores en general, la empresa pondrá a su disposición un tablón de anuncios que deberá situarse en el centro de trabajo y en lugar donde se garantice un adecuado acceso al mismo de los trabajadores.

    b) A la negociación colectiva, en los términos establecidos en su legislación específica.

    c) A la utilización de un local adecuado en el que puedan desarrollar sus actividades en aquellas empresas o centros de trabajo con más de 250 trabajadores.

    Ver el artículo 8

Textos legales basados en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado. Se trata de un texto consolidado de carácter meramente informativo, sin valor oficial. Para el texto auténtico hay que acudir al BOE.