InicioGuía laboralReclamaciones frente a la empresa
Nulidad del juicio laboral porque el juzgado denegó o no practicó una prueba
Si el juzgado deniega una prueba o la admite y no llega a practicarse, se puede pedir que se anule el juicio y se repita, pero solo si se protestó en el momento y si esa prueba era decisiva para el resultado. Se pide en el recurso de suplicación o de casación; el incidente de nulidad es una vía excepcional para cuando ya no cabe recurso.
Si el juzgado te deniega una prueba en un juicio laboral, o la admite y luego no llega a practicarse, puedes pedir que se anule el juicio y se repita con esa prueba.
Pero es una salida excepcional: hace falta haber protestado en el momento y demostrar que la prueba era decisiva, es decir, que con ella la sentencia podía haber sido distinta.
Normalmente se pide en el recurso contra la sentencia; cuando ya no cabe recurso, queda el incidente de nulidad de actuaciones.
Qué es la nulidad de actuaciones por un problema de prueba
Las partes tienen derecho a utilizar las pruebas pertinentes para defenderse: lo dice el artículo 24.2 de la Constitución.
Cuando un juzgado lo impide sin motivo y eso deja a una parte sin defensa real (lo que los tribunales llaman indefensión material), lo que se hizo desde ese momento puede anularse.
El juicio vuelve atrás, se practica la prueba y se dicta una sentencia nueva.
El Tribunal Constitucional lo reconoció, por ejemplo, a una trabajadora a la que el Juzgado de lo Social no permitió que se viera un vídeo que había aportado ni que su abogado le hiciera preguntas: anuló la sentencia del juzgado y la del Tribunal Superior y ordenó repetir (Constitucional, diciembre de 2013).
Puede pasar de dos formas:
- El juez deniega la prueba: no admite un testigo, una pericial, un documento o una pregunta.
- La prueba se admite pero no se practica: el perito no llega a declarar, el informe no se pide, el testigo no se cita.
La nulidad también protege a la empresa. El Tribunal Supremo anuló un juicio de despido celebrado por videoconferencia porque el juzgado no enseñó a la empresa los documentos que había aportado el trabajador (Supremo, mayo de 2024).
Primer requisito: protestar en el juicio
Si el juez deniega una prueba o una pregunta durante el juicio, hay que hacer constar la protesta en el acto.
El artículo 87.2 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social dice que en el acta debe quedar la prueba o la pregunta que se pidió, la decisión de denegarla, su motivo y la protesta, para poder recurrir después.
En la práctica, basta con decir que se formula protesta a efectos de recurso y pedir que conste en el acta qué se quería probar.
Sin esa protesta, el recurso casi siempre fracasa: los Tribunales Superiores la consideran imprescindible, salvo que fuera materialmente imposible protestar (Superior de Cataluña, abril de 2023).
En un caso en que se había denegado la pericial pedida en la demanda, el trabajador no protestó en el juicio y el tribunal no anuló nada (Superior de Castilla-La Mancha, enero de 2022).
Si la prueba se deniega antes del juicio (por ejemplo, al pedir que la empresa aporte documentos), conviene recurrirla en reposición ante el propio juzgado, en el plazo de tres días (artículo 187.1 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social), y volver a pedirla y protestar en el juicio: aunque contra lo que resuelva la reposición no quepa otro recurso, la cuestión puede plantearse de nuevo en el acto del juicio (artículo 187.5).
Segundo requisito: que la prueba fuera decisiva
No basta con que se deniegue una prueba. Quien pide la nulidad tiene que explicar qué habría cambiado con ella.
El Tribunal Supremo exige que la falta de práctica sea imputable al juzgado y que cause una indefensión material decisiva; no la hubo, por ejemplo, cuando la prueba se refería a una sola de las conductas imputadas y el despido ya se había declarado improcedente (Supremo, diciembre de 2025).
Algunos ejemplos de los dos lados:
| Caso | Resultado |
|---|---|
| No se practica la pericial del médico forense pedida por una persona con pocos recursos y la prueba era clave | Se anula y se repite el juicio (Superior de Galicia, octubre de 2025) |
| Se deniega un testigo relevante sin justificar que fuera inútil | Se anula y se repite el juicio (Superior de Extremadura, marzo de 2024) |
| Se deniega una prueba en un despido, pero no se explica por qué era decisiva | No se anula (Superior de Galicia, marzo de 2025) |
| Se deniega una pericial y no se protesta en el juicio | No se anula (Superior de Castilla-La Mancha, enero de 2022) |
Si el pleito puede resolverse igual con las demás pruebas, lo normal es que el recurso se desestime.
Si la empresa no aporta los documentos que se le pidieron
Es frecuente pedir que la empresa traiga al juicio registros de jornada, nóminas o correos.
Si no los aporta sin causa justificada, la consecuencia prevista en el artículo 94.2 de la Ley Reguladora no es la nulidad: el juzgado puede dar por probados los hechos que se querían acreditar con esos documentos.
Es una facultad, no una obligación: un Tribunal Superior rechazó dar por probadas automáticamente unas horas extraordinarias solo porque la empresa no aportó los documentos (Superior de Andalucía, junio de 2021).
Pero el juzgado tiene que valorarlo: otro Tribunal Superior anuló una sentencia de despido porque la jueza no dijo nada sobre la falta de aportación y le devolvió el asunto para que lo valorase (Superior del País Vasco, noviembre de 2022).
Por eso conviene recordar en el juicio el artículo 94.2 y pedir expresamente que se apliquen sus efectos.
Cómo se pide: el recurso contra la sentencia
La vía normal es el recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia.
El artículo 193 a) de la Ley Reguladora permite pedir que se repongan los autos al momento en que se cometió la infracción procesal que causó indefensión.
En el recurso de casación ordinario ante el Supremo, el motivo equivalente está en el artículo 207 c).
Un detalle importante: aunque tu pleito no tenga recurso de suplicación por la materia o por la cuantía, sí se puede recurrir para denunciar una falta esencial del procedimiento que haya causado indefensión, siempre que se protestara en tiempo y forma.
En ese caso el Tribunal Superior resuelve solo sobre ese defecto, no sobre el fondo (Supremo, septiembre de 2022).
El incidente de nulidad de actuaciones
Si la sentencia ya es firme y no cabe ningún recurso, queda el incidente del artículo 241 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Es una vía excepcional:
- Solo sirve para denunciar la vulneración de un derecho fundamental, como el derecho a la prueba, que no se haya podido denunciar antes.
- Se presenta ante el mismo juzgado o tribunal que dictó la resolución firme, en 20 días desde la notificación o desde que se conoció el defecto, y nunca pasados cinco años.
- No sirve para volver a discutir el fondo ni la valoración de las pruebas: si se usa así, se inadmite (Supremo, diciembre de 2024).
- Contra lo que se resuelva no hay recurso. Si se desestima, se imponen las costas del incidente y, si el tribunal aprecia temeridad, una multa de 90 a 600 euros.
Aunque tenga pocas posibilidades, a veces hay que intentarlo: el Tribunal Supremo exige haber promovido antes el incidente de nulidad para poder pedir después la declaración de error judicial (Supremo, enero de 2023).
Y es también el paso previo para acudir en amparo al Tribunal Constitucional, que tiene un plazo de 30 días desde la notificación de la resolución que cierra la vía judicial (artículo 44.2 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional).
En resumen
- Si el juez deniega una prueba o una pregunta, protesta en el acto y pide que conste en el acta.
- Si la empresa no aporta los documentos pedidos, pide que se apliquen los efectos del artículo 94.2.
- En el recurso, explica por qué esa prueba era decisiva y qué habría cambiado.
- Si ya no hay recurso, valora el incidente de nulidad en 20 días, sabiendo que solo prospera por vulneración de un derecho fundamental.
Las guías sobre qué pruebas valen en un juicio laboral y sobre cómo presentar el recurso de suplicación completan este artículo.
Preguntas frecuentes
El juez no me dejó presentar un testigo. ¿Se repite el juicio?
Solo si protestaste en el acto, si recurres la sentencia y si el tribunal entiende que ese testigo podía cambiar el resultado. Si el pleito se resuelve igual con las demás pruebas, no se anula.
¿Qué es protestar en el juicio?
Decir en voz alta, cuando el juez deniega la prueba o la pregunta, que se protesta a efectos de recurso, y pedir que conste en el acta qué se pidió y por qué se denegó.
¿Puedo recurrir aunque mi pleito no tenga recurso de suplicación?
Sí para denunciar una falta esencial del procedimiento que te haya causado indefensión, siempre que protestaras en tiempo y forma; en ese caso el tribunal solo resuelve sobre ese defecto, no sobre el fondo.
Si la empresa no trae los documentos que le pedí, ¿se anula el juicio?
Normalmente no. La ley permite al juzgado dar por ciertos los hechos que intentabas probar con esos documentos. No está obligado a hacerlo, pero tiene que valorarlo.
¿Cuánto tiempo tengo para el incidente de nulidad?
20 días desde que te notifican la resolución firme o desde que conoces el defecto, y nunca más de cinco años desde la notificación.
Cuestiones Laborales es una web informativa: lo que explica es general y cada caso tiene sus matices. Para el tuyo, consulta siempre con un abogado o abogada laboralista o con un graduado o graduada social.
Más guías: Recurso de suplicación
- Recurso de suplicación laboral: cuándo cabe, plazos, costes y cómo se presenta
- ¿Puedo recurrir una sentencia laboral que me es favorable?
- Afectación general: recurrir una sentencia laboral aunque no se llegue a 3.000 euros
- ¿Es causa de nulidad de actuaciones la ausencia de grabación del juicio?
- Modificar o añadir los hechos probados de una sentencia laboral
- Documentos nuevos en el recurso de suplicación o casación: cuándo se admiten
Comentarios
Otros artículos sobre este tema.
- Artículo¿Qué pruebas son válidas para ganar en un juicio laboral?En un juicio laboral vale casi cualquier medio de prueba: documentos, mensajes, grabaciones, testigos, peritos o el interrogatorio de la otra parte. Solo se excluyen las pruebas obtenidas vulnerando derechos fundamentales. Desde el 3 de abril de 2025 la prueba documental y pericial hay que aportarla diez días antes del juicio.
- ArtículoRecurso de suplicación laboral: cuándo cabe, plazos, costes y cómo se presentaLa sentencia del juzgado de lo social se recurre en suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia. Se anuncia en cinco días hábiles desde la notificación y se presenta por escrito en los diez siguientes, siempre con abogado/a o graduado/a social. No es un segundo juicio: solo se revisan errores de procedimiento, hechos probados con documentos o pericias, y errores al aplicar la ley.
- Artículo¿Es causa de nulidad de actuaciones la ausencia de grabación del juicio?No. Que el juicio no quedara grabado, o que la grabación no se oiga, no anula por sí solo el pleito: hay que demostrar en el recurso qué indefensión concreta ha causado. Los tribunales han repetido el juicio cuando la grabación faltaba o era inservible y eso impedía revisar lo esencial del caso.
- ArtículoCómo contar los 10 días para aportar la prueba: la Audiencia Nacional y el día de graciaLos documentos y los informes periciales se presentan con diez días hábiles de antelación al juicio, contados hacia atrás sin incluir el día del juicio. La Audiencia Nacional admite el día de gracia, pero en este plazo juega al revés: permite presentar hasta las tres de la tarde del primero de esos diez días, de modo que el margen real queda en nueve días y medio.
- ArtículoError judicial en una sentencia laboral: requisitos, plazo y cómo reclamarEl error judicial no es un recurso: no anula la sentencia, sino que sirve para que el Tribunal Supremo declare que una resolución firme fue clara y gravemente equivocada y, con esa declaración, pedir al Estado una indemnización. Hay que agotar antes todos los recursos, presentar la demanda en tres meses y que el error sea evidente, no una simple discrepancia.
- ArtículoModificar o añadir los hechos probados de una sentencia laboralEn el recurso de suplicación y en la casación ordinaria se puede pedir que se cambien o se añadan hechos probados, pero solo con documentos o informes periciales que ya estén en el procedimiento y que demuestren un error evidente del juzgado. Hay que decir qué hecho se cambia, con qué documento y qué texto se propone, y que el cambio importe para el fallo. Testigos, grabaciones y, para la mayoría de los tribunales, los WhatsApp no sirven.
Normas y preceptos aplicables. Despliega cada uno para leer su texto.
Artículo 87.2Ley Reguladora de la Jurisdicción SocialEl juez decide qué pruebas admite y la parte puede hacer constar su protesta en el acta contra la inadmisión, a efectos del recurso.
Texto del apartado citadoTexto consolidado vigente desde el 11 de diciembre de 20112. El juez o tribunal resolverá sobre la pertinencia de las pruebas propuestas y determinará la naturaleza y clase de medio de prueba de cada una de ellas según lo previsto en el artículo 299 del la Ley de Enjuiciamiento Civil y en la presente Ley. Asimismo resolverá sobre las posibles diligencias complementarias o de adveración de las pruebas admitidas y sobre las preguntas que puedan formular las partes.
La parte proponente podrá hacer constar su protesta en el acto contra la inadmisión de cualquier medio de prueba, diligencia o pregunta, consignándose en el acta la pregunta o la prueba solicitada, la resolución denegatoria, la fundamentación razonada de la denegación y la protesta, todo a efectos del correspondiente recurso contra la sentencia.
Una vez comenzada la práctica de una prueba admitida, si renunciase a ella la parte que la propuso, podrá el órgano judicial, sin ulterior recurso, acordar que continúe.
Artículo 193 a)Ley Reguladora de la Jurisdicción SocialEl recurso de suplicación puede pedir que se repongan los autos al momento de una infracción procesal que haya causado indefensión.
Texto del apartado citadoTexto consolidado vigente desde el 11 de diciembre de 2011El recurso de suplicación tendrá por objeto:
a) Reponer los autos al estado en el que se encontraban en el momento de cometerse una infracción de normas o garantías del procedimiento que haya producido indefensión.
Artículo 241.1Ley Orgánica del Poder JudicialIncidente excepcional de nulidad contra resoluciones firmes por vulneración de un derecho fundamental: plazo de 20 días y límite de cinco años.
Texto del apartado citadoTexto consolidado vigente desde el 26 de mayo de 20071. No se admitirán con carácter general incidentes de nulidad de actuaciones. Sin embargo, excepcionalmente, quienes sean parte legítima o hubieran debido serlo podrán pedir por escrito que se declare la nulidad de actuaciones fundada en cualquier vulneración de un derecho fundamental de los referidos en el artículo 53.2 de la Constitución, siempre que no haya podido denunciarse antes de recaer resolución que ponga fin al proceso y siempre que dicha resolución no sea susceptible de recurso ordinario ni extraordinario.
Será competente para conocer de este incidente el mismo juzgado o tribunal que dictó la resolución que hubiere adquirido firmeza. El plazo para pedir la nulidad será de 20 días, desde la notificación de la resolución o, en todo caso, desde que se tuvo conocimiento del defecto causante de indefensión, sin que, en este último caso, pueda solicitarse la nulidad de actuaciones después de transcurridos cinco años desde la notificación de la resolución.
El juzgado o tribunal inadmitirá a trámite, mediante providencia sucintamente motivada, cualquier incidente en el que se pretenda suscitar otras cuestiones. Contra la resolución por la que se inadmita a trámite el incidente no cabrá recurso alguno.
Artículo 191.3 d)Ley Reguladora de la Jurisdicción SocialPermite la suplicación para subsanar una falta esencial del procedimiento, con protesta e indefensión, aunque la sentencia no fuera recurrible por el fondo.Cambio reciente: El apartado 3 b) se modificó por el Real Decreto-ley 6/2023 (desde 20-03-2024); el 3 d) no se ha modificado desde 2011.
Texto del apartado citadoTexto consolidado vigente desde el 20 de marzo de 20243. Procederá en todo caso la suplicación:
d) Cuando el recurso tenga por objeto subsanar una falta esencial del procedimiento o la omisión del intento de conciliación o de mediación obligatoria previa, siempre que se haya formulado la protesta en tiempo y forma y hayan producido indefensión. Si el fondo del asunto no estuviera comprendido dentro de los límites de la suplicación, la sentencia resolverá sólo sobre el defecto procesal invocado.
Artículo 207 c)Ley Reguladora de la Jurisdicción SocialEn el recurso de casación ordinario, motivo por quebrantamiento de las formas esenciales del juicio con indefensión.
Texto del apartado citadoTexto consolidado vigente desde el 11 de diciembre de 2011El recurso de casación habrá de fundarse en alguno de los siguientes motivos:
c) Quebrantamiento de las formas esenciales del juicio por infracción de las normas reguladoras de la sentencia o de las que rigen los actos y garantías procesales, siempre que, en este último caso, se haya producido indefensión para la parte.
Artículo 94.2Ley Reguladora de la Jurisdicción SocialSi la parte no aporta los documentos admitidos o requeridos sin causa justificada, pueden darse por probadas las alegaciones de la contraria.
Texto del apartado citadoTexto consolidado vigente desde el 11 de diciembre de 20112. Los documentos y otros medios de obtener certeza sobre hechos relevantes que se encuentren en poder de las partes deberán aportarse al proceso si hubieran sido propuestos como medio de prueba por la parte contraria y admitida ésta por el juez o tribunal o cuando éste haya requerido su aportación. Si no se presentaren sin causa justificada, podrán estimarse probadas las alegaciones hechas por la contraria en relación con la prueba acordada.
Artículo 24.2Constitución EspañolaDerecho fundamental a utilizar los medios de prueba pertinentes para la defensa, base del incidente de nulidad y del amparo.
Texto del apartado citadoTexto consolidado vigente desde el 29 de diciembre de 19782. Asimismo, todos tienen derecho al Juez ordinario predeterminado por la ley, a la defensa y a la asistencia de letrado, a ser informados de la acusación formulada contra ellos, a un proceso público sin dilaciones indebidas y con todas las garantías, a utilizar los medios de prueba pertinentes para su defensa, a no declarar contra sí mismos, a no confesarse culpables y a la presunción de inocencia.
La ley regulará los casos en que, por razón de parentesco o de secreto profesional, no se estará obligado a declarar sobre hechos presuntamente delictivos.
Artículos 187.1 y 187.5Ley Reguladora de la Jurisdicción SocialRecurso de reposición contra providencias y autos: tres días ante un juzgado; contra lo que resuelva no hay más recurso, pero la cuestión puede volver a plantearse en el juicio.
Texto de los apartados citadosTexto consolidado vigente desde el 11 de diciembre de 20111. El recurso de reposición deberá interponerse en el plazo de tres días contra las resoluciones dictadas en procedimientos seguidos ante un órgano unipersonal y de cinco días contra las resoluciones dictadas en procedimientos seguidos ante un órgano colegiado, expresándose la infracción en que la resolución hubiera incurrido a juicio del recurrente.
5. Contra el auto resolutorio del recurso de reposición no se dará nuevo recurso, salvo en los supuestos expresamente establecidos en la presente Ley, sin perjuicio de poder efectuar la alegación correspondiente en el acto de la vista, en su caso, o de la responsabilidad civil que en otro caso proceda.
Artículo 44.2Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal ConstitucionalPlazo de 30 días para el recurso de amparo desde la notificación de la resolución que agota la vía judicial.
Texto del apartado citadoTexto consolidado vigente desde el 26 de mayo de 20072. El plazo para interponer el recurso de amparo será de 30 días, a partir de la notificación de la resolución recaída en el proceso judicial.
Textos legales basados en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado. Se trata de un texto consolidado de carácter meramente informativo, sin valor oficial. Para el texto auténtico hay que acudir al BOE.
Lo que han dicho los tribunales sobre cada una de las cuestiones de este artículo.
Sentencias comentadas en esta web
- 19 ene 2026Audiencia NacionalCómo contar los 10 días para aportar la prueba: la Audiencia Nacional y el día de graciaLos documentos y los informes periciales se presentan con diez días hábiles de antelación al juicio, contados hacia atrás sin incluir el día del juicio. La Audiencia Nacional admite el día de gracia, pero en este plazo juega al revés: permite presentar hasta las tres de la tarde del primero de esos diez días, de modo que el margen real queda en nueve días y medio.Sentencia comentada
- 2 mar 2026Tribunal SupremoUn fallo en la notificación del juzgado no es error judicial, dice el SupremoEl Tribunal Supremo ha rechazado una demanda de error judicial de una empresa condenada sin haber ido al juicio porque, según ella, la citación se envió con un CIF equivocado. Las notificaciones y citaciones son tarea del letrado/a de la Administración de Justicia, no del juez, y sus fallos se reclaman como funcionamiento anormal de la justicia ante el Ministerio de Justicia, no como error judicial.Sentencia comentada
¿Cuándo denegar o no practicar una prueba anula el juicio?
- 17 dic 2025Tribunal SupremoNo toda prueba admitida y no practicada anula el juicio: solo hay lesión del derecho a la prueba si la falta de práctica es imputable al juzgado y causa una indefensión material decisiva. No la hubo porque la prueba se refería a una sola de las conductas y el despido ya se había declarado improcedente.Es la doctrina más reciente del Supremo y resume los requisitos que tiene que cumplir quien pide la nulidad.Doctrina de referencia · ganó la empresa · comentada en la newsletter
- 16 dic 2013Tribunal ConstitucionalOtorga el amparo a una persona trabajadora porque el Juzgado de lo Social de Madrid no resolvió sobre el visionado de un DVD que había pedido como prueba ni le dejó preguntar a su abogado: anula la sentencia del juzgado y la del Tribunal Superior y manda repetir.Muestra que la denegación injustificada de una prueba decisiva vulnera un derecho fundamental y puede llegar hasta el Constitucional.Derechos fundamentales y derecho europeo · ganó la persona trabajadora
- 21 oct 2025TSJ GaliciaAnula la sentencia y repone las actuaciones al señalamiento porque no se practicó la pericial del médico forense que había pedido la demandante, persona con escasos recursos: la prueba era decisiva y su falta era imputable al juzgado.Caso típico en que sí se anula: prueba decisiva que no se practicó por causa del juzgado.Un caso real · ganó la persona trabajadora
- 7 mar 2024TSJ ExtremaduraEstima el recurso de la trabajadora y anula el juicio porque se le denegó una testifical relevante y pertinente sin que se demostrara que era irrelevante; las actuaciones vuelven al momento anterior al juicio.Ejemplo de testigo denegado que sí lleva a repetir el juicio.Un caso real · ganó la persona trabajadora
- 25 mar 2025TSJ GaliciaEn un despido con vulneración de derechos fundamentales, rechaza la nulidad por denegación de prueba porque la trabajadora no demostró que la prueba fuera decisiva ni que le causara una indefensión real; confirma la sentencia.Enseña el límite: no basta con que se deniegue una prueba, hay que explicar qué habría cambiado.Un caso real · ganó la empresa
- 29 may 2024Tribunal SupremoEn un juicio de despido celebrado por videoconferencia, el juzgado no enseñó a la empresa la documental del trabajador: eso causa indefensión por sí mismo y obliga a repetir el juicio desde ese momento.La nulidad por problemas con la prueba protege a las dos partes; también puede pedirla la empresa.Un caso real · ganó la empresa · comentada en la newsletter
¿Hay que protestar en el juicio para poder pedir después la nulidad?
- 20 sep 2022Tribunal SupremoAunque la sentencia no sea recurrible por el fondo, siempre cabe suplicación para denunciar una falta esencial del procedimiento que haya causado indefensión, si se protestó en tiempo y forma; el Tribunal Superior tiene que examinar ese motivo y resolver solo sobre él.Abre la puerta del recurso por denegación de prueba incluso en pleitos que no tendrían recurso por su materia o su cuantía.Cómo se reclama · ganó la empresa · comentada en la newsletter
- 11 abr 2023TSJ CataluñaEn una reclamación de cantidad, no admite la nulidad de actuaciones porque no se formuló protesta, requisito que considera inexcusable salvo que fuera materialmente imposible protestar.Sin protesta en el acta, el motivo de nulidad se pierde.Cómo se reclama · ganó la empresa
- 14 ene 2022TSJ Castilla-La ManchaSe había denegado una pericial pedida en la demanda, pero el trabajador no protestó en el juicio: no hay indefensión suficiente para anular la sentencia y se desestima su recurso.Ejemplo de prueba denegada que no sirve para nada en el recurso por falta de protesta.Un caso real · ganó la empresa
¿Qué pasa si la empresa no aporta los documentos que se le pidieron?
- 8 nov 2022TSJ País VascoEn un despido, la empresa no aportó la documental requerida y la jueza no dijo nada sobre ello: el Tribunal Superior anula la sentencia y devuelve las actuaciones para que valore esa falta de aportación conforme al artículo 94.2.Si la empresa no aporta lo que se le pidió, el juzgado tiene que pronunciarse sobre esa consecuencia; callar puede anular la sentencia.La prueba · ganó la persona trabajadora
- 16 jun 2021TSJ AndalucíaQue la empresa no aporte los documentos requeridos no obliga a dar por probadas las horas extraordinarias que alega el trabajador: el artículo 94.2 es una facultad del juzgado y no genera por sí solo nulidad.Contrapeso de [S9]: la falta de aportación no da la victoria automáticamente ni anula el juicio.La prueba · ganó la empresa
¿Cuándo cabe el incidente de nulidad de actuaciones y qué relación tiene con el error judicial?
- 20 dic 2024Tribunal SupremoAuto que rechaza el incidente de nulidad de un trabajador contra una sentencia del Supremo: no hubo vulneración real de un derecho fundamental con indefensión, y lo que buscaba era volver a discutir lo ya resuelto (la falta de contradicción).El incidente no sirve para volver a discutir el fondo ni la valoración de la prueba.Cómo se reclama · ganó la empresa
- 12 ene 2023Tribunal SupremoDesestima la demanda de error judicial de una trabajadora frente a una sentencia de un Juzgado de lo Social de León en un pleito con el Fondo de Garantía Salarial, porque no había promovido antes el incidente de nulidad de actuaciones.Quien quiera pedir después el error judicial tiene que haber intentado antes el incidente de nulidad.Cómo se reclama · comentada en la newsletter